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CAMBIOS EN LA LEY DE CONTRATOS
DEL SECTOR PÚBLICO: IMPLICACIONES Y GUÍA PRÁCTICA
PARA LA OBRA PÚBLICA |
6 de junio de 2023 |
¿Qué
guía práctica soluciona este tipo de casos?
Convertir conocimiento
en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas |
¿Qué
debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia? |
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El 10 de mayo
entró en vigor la modificación significativa de la disposición
final séptima de la Ley 11/2023 que afecta la Ley de Contratos del
Sector Público. En esencia, la revisión de precios ha sido
restaurada para todos los contratos públicos, impactando particularmente
los contratos de suministro y servicios que hasta ahora no podían
ser revisados.
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Anteriormente,
solo era posible revisar los precios de ciertos tipos de contratos: contratos
de obras, de suministro de armamento y equipo para las Administraciones
Públicas, de energía y aquellos con un periodo de recuperación
de inversión igual o superior a cinco años. Ahora, la revisión
de precios se amplía para contratos de suministro y servicios, aunque
con limitaciones. Los órganos de contratación pueden incluir
cláusulas de revisión en dichos contratos, pero estas solo
cubren el incremento de precios de ciertos factores: materias primas, bienes
intermedios y energía. Estos deben constituir más del 20%
del presupuesto del contrato, y cada uno debe superar el 1% de dicho presupuesto. |
Esta
reforma es un paso positivo para los proveedores que anteriormente no podían
incrementar el precio de sus contratos. Sin embargo, la ley tiene carencias
y plantea incertidumbres. Introduce elementos comunes a todos los contratos,
reduciendo el límite temporal para iniciar la revisión a
un año en lugar de dos, pero establece diferencias en el alcance
y las reglas procedimentales para cada tipo de contrato.
Además,
la reforma aumenta la complejidad de la revisión, con la nueva regulación
en la Ley de Contratos coexistiendo con la revisión excepcional
del Real Decreto Ley 3/2022, aplicable a los contratos de obras licitados
hasta el 3 de marzo de 2023.
Los contratos
de suministro y servicios licitados a partir del 10 de mayo de 2023 serán
los únicos que se beneficiarán de esta modificación
legal. Los proveedores de servicios con contratos adjudicados antes de
esta fecha no dispondrán de más opciones que solicitar el
reequilibrio en vía judicial para obtener una compensación
por los mayores costes que la inflación implica.
A raíz
de estos cambios y su complejidad, resulta imprescindible una guía
práctica y comprensible. La guía práctica Inmoley.com
de la obra pública ofrece un análisis claro y detallado de
la ley y sus modificaciones. Proporciona una visión detallada y
consejos prácticos para navegar con éxito estos cambios y
maximizar las oportunidades que ofrecen. Esta guía práctica
es esencial para cualquier actor en el sector público que busque
comprender y adaptarse a estas nuevas regulaciones.
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