Supongamos
que una promoción inmobiliaria se desarrolla en un terreno urbanizable
de 10.000 metros cuadrados, en el que actualmente se puede construir un
total de 100 viviendas libres. Según la nueva ley, el 40% de este
terreno debe destinarse a vivienda protegida, lo que implicaría
la construcción de 40 viviendas de protección oficial.
Si la promoción
ya se encuentra en fase de proyecto y se han vendido algunas de las viviendas
libres a un precio medio de 200.000 euros cada una, la incorporación
de las 40 viviendas protegidas podría tener un impacto significativo
en la rentabilidad de la promoción y en el precio de venta de las
viviendas libres restantes.
Una solución
transitoria podría ser establecer un régimen transitorio
que permita a los promotores de proyectos ya en marcha cumplir con las
normas de la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda en la medida de lo
posible, pero sin afectar al desarrollo de los proyectos en curso. Por
ejemplo, se podría permitir a los promotores cumplir con el porcentaje
de reserva de suelo para vivienda protegida en otra ubicación dentro
del municipio o en otro municipio cercano, siempre y cuando se demuestre
que la construcción de esas viviendas cumple con las mismas condiciones
urbanísticas y de calidad que las previstas inicialmente en el proyecto.
Esta solución
transitoria permitiría a los promotores cumplir con la nueva normativa
sin afectar significativamente al desarrollo de la promoción en
curso y sin aumentar el precio de venta de las viviendas libres restantes.
REACCIONES
La Asociación
de Promotores Constructores de España (APCEspaña) considera
que, si se confirman los términos en los que se ha hecho público
el contenido de la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda, va a conseguir
los efectos contrarios a los que pretende: afectará gravemente al
desarrollo de vivienda nueva para alquiler y compra por la inseguridad
jurídica que genera. Para APCEspaña, las medidas limitarán
la producción de vivienda nueva, ya que puede provocar cambios en
las decisiones de los inversores. Además, se verán paralizadas
las labores de rehabilitación y obras de mejora de los inmuebles
destinados al alquiler, poniendo también en peligro la inversión
en este mercado. Respecto al incremento del porcentaje de reserva de suelo
para vivienda protegida del 30 al 40% en terreno urbanizable y del 10 al
20% en suelo urbano no consolidado, APCEspaña alerta de la necesidad
de establecer una transitoriedad para que no sea aplicable en las reservas
urbanísticas ya presentadas, puesto que implicaría una modificación
de la Ley del Suelo y se podría ver aumentado el precio de la vivienda
libre.
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