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EL SECTOR INMOBILIARIO TEME EL AUMENTO DEL PRECIO DE LA VIVIENDA DEBIDO A LA NUEVA LEY DE RESERVA DE SUELO PARA VIVIENDA PROTEGIDA

21 de abril de 2023
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • La futura Ley de Vivienda eleva el porcentaje de reserva de suelo para vivienda protegida del 30% al 40% del suelo urbanizable, y del 10% al 20% en el caso de suelo urbano no consolidado.
  • Vemos el efecto de esta medida con un caso práctico en una promoción en fase de construcción.
El incremento del porcentaje de reserva de suelo para vivienda protegida del 30 al 40% en terreno urbanizable y del 10 al 20% en suelo urbano no consolidado puede tener un efecto negativo en el sector inmobiliario. Por ejemplo, si un promotor tiene un terreno urbanizable que antes solo requería reservar el 30% para vivienda protegida, ahora deberá reservar el 40%, lo que reducirá el espacio disponible para construir viviendas libres y, en consecuencia, podría aumentar su precio. Para amortiguar los daños a los promotores e inversores inmobiliarios, es necesario establecer una transitoriedad en la reserva para vivienda protegida en la nueva ley. Esto podría hacerse permitiendo que las reservas urbanísticas ya presentadas se rijan por la normativa anterior y aplicando la nueva normativa solo a las nuevas reservas. De esta manera, se daría tiempo a los promotores e inversores para adaptarse a las nuevas exigencias y no se interrumpiría bruscamente la actividad inmobiliaria. Además, se podría establecer un plazo razonable para que los promotores puedan cumplir con las nuevas obligaciones y, de esta manera, evitar una súbita carga financiera que pudiera afectar negativamente a la actividad económica del sector.

 
VIABILIDAD ECONÓMICA Y FINANCIERA DE INVERSIONES Y PROMOCIONES INMOBILIARIAS

 
Supongamos que una promoción inmobiliaria se desarrolla en un terreno urbanizable de 10.000 metros cuadrados, en el que actualmente se puede construir un total de 100 viviendas libres. Según la nueva ley, el 40% de este terreno debe destinarse a vivienda protegida, lo que implicaría la construcción de 40 viviendas de protección oficial.

Si la promoción ya se encuentra en fase de proyecto y se han vendido algunas de las viviendas libres a un precio medio de 200.000 euros cada una, la incorporación de las 40 viviendas protegidas podría tener un impacto significativo en la rentabilidad de la promoción y en el precio de venta de las viviendas libres restantes.

Una solución transitoria podría ser establecer un régimen transitorio que permita a los promotores de proyectos ya en marcha cumplir con las normas de la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda en la medida de lo posible, pero sin afectar al desarrollo de los proyectos en curso. Por ejemplo, se podría permitir a los promotores cumplir con el porcentaje de reserva de suelo para vivienda protegida en otra ubicación dentro del municipio o en otro municipio cercano, siempre y cuando se demuestre que la construcción de esas viviendas cumple con las mismas condiciones urbanísticas y de calidad que las previstas inicialmente en el proyecto.

Esta solución transitoria permitiría a los promotores cumplir con la nueva normativa sin afectar significativamente al desarrollo de la promoción en curso y sin aumentar el precio de venta de las viviendas libres restantes.

REACCIONES

La Asociación de Promotores Constructores de España (APCEspaña) considera que, si se confirman los términos en los que se ha hecho público el contenido de la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda, va a conseguir los efectos contrarios a los que pretende: afectará gravemente al desarrollo de vivienda nueva para alquiler y compra por la inseguridad jurídica que genera. Para APCEspaña, las medidas limitarán la producción de vivienda nueva, ya que puede provocar cambios en las decisiones de los inversores. Además, se verán paralizadas las labores de rehabilitación y obras de mejora de los inmuebles destinados al alquiler, poniendo también en peligro la inversión en este mercado. Respecto al incremento del porcentaje de reserva de suelo para vivienda protegida del 30 al 40% en terreno urbanizable y del 10 al 20% en suelo urbano no consolidado, APCEspaña alerta de la necesidad de establecer una transitoriedad para que no sea aplicable en las reservas urbanísticas ya presentadas, puesto que implicaría una modificación de la Ley del Suelo y se podría ver aumentado el precio de la vivienda libre. 
 
 


 
 
 
 
 

 

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