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NOTICIA
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URBANISMO PAÍS VASCO.
EL GOBIERNO VASCO RECHAZA DEVOLVER EL SUELO URBANIZABLE NO DESARROLLADO
A SU SITUACIÓN ORIGINAL |
29 de marzo de 2023 |
¿Qué
guía práctica soluciona este tipo de casos?
Convertir conocimiento
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prácticas |
¿Qué
debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia? |
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El Consejo
de Gobierno del País Vasco ha expresado su criterio desfavorable
a la proposición de ley presentada por el grupo parlamentario de
EH Bildu para devolver el suelo urbanizable no desarrollado a su situación
original de suelo no urbanizable. El Gobierno Vasco considera que la Ley
del Suelo y Urbanismo 2/2006 ya cuenta con instrumentos suficientes para
garantizar la iniciativa pública en el ejercicio de su capacidad
de planificación, gestión y ejecución del planeamiento
urbano.
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La Ley del
Suelo y Urbanismo establece que el urbanismo es una función pública,
y que corresponde a los poderes públicos el trazado urbano atendiendo
a las exigencias del interés público. Además, los
ayuntamientos disponen de varias alternativas para desarrollar sus planeamientos
urbanos en lo que respecta al suelo urbanizable. El Gobierno Vasco recuerda
que los ayuntamientos tienen la opción de optar por alguno de los
sistemas de actuación de ejecución pública o ejecución
privada mediante concesión administrativa. Así mismo, también
pueden llevar a efecto su venta forzosa o proceder a la ejecución
del planeamiento mediante la adjudicación de un programa de edificación
a un agente promotor, así como al sistema de concertación. |
La Ley establece
que los ayuntamientos han de optar expresamente por alguno de los sistemas
de actuación de ejecución pública (cooperación
o expropiación) o ejecución privada mediante concesión
administrativa (sistema de agente urbanizador o sistema de concertación).
Vista la proposición de ley, el Consejo de Gobierno ha considerado
que los ayuntamientos disponen de varias alternativas para desarrollar
sus planeamientos urbanos en lo que respecta al suelo urbanizable. Además
de la de expropiación de la parcela o el solar -sobre la que incide
la proposición de EH Bildu para justificar la necesidad de una modificación
legal- los poderes públicos pueden llevar a efecto su venta forzosa
o proceder a la ejecución del planeamiento mediante la adjudicación
de un programa de edificación a un agente promotor, así como
al sistema de concertación.
En este último
caso, la propia Ley establece que los propietarios necesarios para constituirse
en junta de concertación deben presentar en el ayuntamiento, en
el plazo máximo de seis meses, la propuesta de convenio de concertación.
El incumplimiento de este plazo supondrá el cambio del sistema de
actuación privado al sistema de concurso para la selección
de agente urbanizador.
En el caso
de que transcurrido el plazo de vigencia del planeamiento haya vencido,
la Ley del Suelo y Urbanismo establece la exigencia de proceder a su revisión,
con un procedimiento que permita adoptar un nuevo modelo territorial, garantizando
la publicidad y la participación.
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