En Madrid,
las claves del coliving o espacios compartidos se incluye en la normativa
gracias al avance en la modificación de las Normas Urbanísticas
del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 (PGOUM), publicado
en el BOCAM el pasado 16 de Agosto.
Desde su publicación
en el BOCAM se inicia ahora un proceso de información pública
de tres meses donde se recogen distintas alegaciones. Respecto al coliving,
la Asociación de espacios inmobiliarios compartidos, Coword, ya
trabaja ya en las sugerencias que van a presentar al Ayuntamiento de Madrid
y que compartieron en Inversión Inmobiliaria con expertos del sector
como: Araceli Martín-Navarro, presidenta de Coword, Juan Velayos,
presidente Montebalito y Socio fundador JV20, Sigfrido Herráez,
Decano del Colegio de Arquitectos, Antonio Ñudi, socio de Andersen
y José Ignacio Tramuns, director de Financiación Real Estate
en Banco Sabadell.
Las actuales
normas urbanísticas (“NNUU”) del PGOU no regulan los modelos residenciales
emergentes como el co-housing o el co-living, por lo que, de acuerdo con
documento que recoge el Avance, su encaje actual en las NNUU solo puede
ser el de “viviendas colectivas con múltiples dormitorios”.
En este sentido,
el Avance (i) suprime la actual clase de “residencia comunitaria” por la
clase “residencia”, y (ii) establece una división de dicha clase
en las dos (2) siguientes categorías incluidas dentro del uso “residencial”:
(i) co-housing:
variante de la vivienda colectiva tradicional, con una mayor relación
entre vida privada y vida común. Está variante concentra
a residentes que les unen vínculos de carácter religioso,
social o similar (conventos, residencias de estudiantes, etc.) y está
formada por viviendas privadas y una importante dotación de servicios
comunes, primando la superficie de servicios comunes sobre las superficies
privativas de las viviendas, de ahí que se incluya en la categoría
de vivienda colectiva.
(ii) co-living:
modalidad habitacional en la que los residentes disponen de unidades de
alojamiento privativas, compartiendo los espacios de estancia, trabajo
y ocio, sin que, necesariamente, a los usuarios o residentes les unan vínculos
de cualquier carácter. Esta modalidad está dirigida, de acuerdo
con el Avance, a un público con perfil profesional o estudiantes,
que o bien no son residentes permanentes en la ciudad o no disponen de
recursos suficientes para acceder a una vivienda tradicional. En ella se
disponen de varias unidades de alojamiento independientes integradas por
dormitorio y baño, que comparten el resto de los espacios de estancia,
cocina y lavandería de la residencia, a los que se pueden añadir
otros de ocio y trabajo, ubicados todos ellos en el interior del local
residencial. Se oferta en régimen de alquiler gestionado por una
entidad promotora.
Para su encaje
en las nuevas NNUU, el Avance establece para la categoría de residencia
compartida (co-living) las siguientes condiciones urbanísticas:
(i)
las unidades de alojamiento privativas estarán integradas por dormitorio
y baño con superficie mínima de 15 m² (dormitorio de
12 m² más baño de 3 m²), y en ningún caso
será inferior a 10 m² por persona.
(ii) los espacios
comunes estarán constituidos, al menos, por: estancia-comedor, cocina
y lavandería (lavado y secado de ropa). Su dimensión mínima
será de 25 m² para una unidad de alojamiento, dimensión
que se incrementará en 5 m² por cada unidad de alojamiento
adicional y todos los espacios interiores, a excepción del de lavandería,
computarían en edificabilidad.
Por el contrario,
respecto a la categoría residencia comunitaria (co-housing), esta
no necesitaría para su encaje la modificación de las NNUU.
Entre las 4
alegaciones presentadas se encuentran:
1.-Compatibilidad
de usos. "Lo que sería interesante es que el uso de coliving siempre
fuera compatible con el uso de hospedaje salvo que la norma lo prohibiera.
ES DECIR QUE MIENTRAS NO LO PROHÍBA QUE EL USO SEA COMPATIBLE CON
EL USO TERCIARIO DOTACIONAL.
2.-Limites
en las superficies. Hay que ver como computa la superficie de zonas comunes
y las zonas privadas.
3.- Abrir más
posibilidades e suelos dotacionales. Ahora la norma habla de vivienda tutelada
y hay que ampliarlo, no es solo vivienda de integración social hay
formulas como residencias de ancianos con coliving donde gente joven cuida
de los mayores o viviendas donde viven la familia que tutea a un estudiante
sin vivir el estudiante en la misma vivienda...)
4.-Legalizar
todo lo que esté funcionando ahora mismo en coliving que ahora no
tienen licencia de coliving y si cumple la normativa y el código
de la edificación que se regule.
Sigfrido Herráez
tiene claro que la clave del coliving está en los suelos donde se
desarrollen estos proyectos y que las modificaciones tienen que ir en liberalización
de suelo. "El coliving tiene un uso que se denomina residencial compartido
y se ha empezado a desarrollar porque hay demanda y hay que ver en qué
suelos se puede hacer porque hay suelos dotacionales de oficinas o de uso
hotelero que si están obsoletos se puede hacer en estos suelos terciarios.
Lo que habría que hacer a nivel técnico adecuar las infraestructuras
a ese nuevo espacio. Hay que liberalizar el suelo y que los bancos tengan
seguridad jurídica, los promotores, arquitectos etc.".
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