Azata ha reclamado
una compensación por lucro cesante, ya que se considera víctima
de un cambio de criterio de las administraciones (tanto el Ayuntamiento
de Carboneras como de la Junta de Andalucía) que inicialmente dieron
luz verde a la construcción del hotel.
A todo esto,
la Junta de Andalucía está dispuesta a hacer frente a los
gastos de demolición y tiene consignado ya en sus presupuestos una
partida de 1,1 millones de euros.
Greenpeace
ha anunciado que recurrirá la decisión del Supremo ante el
Tribunal Constitucional y, si fuera necesario, ante el Tribunal de Estrasburgo,
a la vez que anuncia que mantendrá la presión sobre el Ayuntamiento
de Carboneras "para que haga efectiva la sentencia del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía que le obliga a la anulación de
la licencia de obras".
Greenpeace
anuncia que pedirá a la Fiscalía que investigue si se ha
cometido un presunto delito de desobediencia. La organización anuncia
que no cejará en su lucha "hasta que se haga justicia" y "desaparezca
para siempre la mayor aberración urbanística de nuestra costa".
La promotora
no ha recibido ni sanción, ni compensación económica
por la paralización. Demandaron a las tres administraciones casi
100 millones de euros, una petición que la Audiencia Nacional rechazó
en 2021.
UN LARGO PROCESO
JUDICIAL
La construcción
de este hotel fue paralizada por un juez de Almería en febrero de
2006, cuando las obras estaban prácticamente rematadas. En los últimos
16 años ha quedado acreditada su ilegalidad tras alrededor de medio
centenar de pronunciamientos judiciales de todo tipo: la construcción
invade los 100 metros de la franja de dominio público marítimo-terrestre,
se levantó en una zona del parque natural de Cabo de Gata-Níjar
donde no se puede construir y los suelos en los que está son propiedad
de la Junta de Andalucía, que ejerció el derecho de retracto
también en 2006, tras la polémica que se generó.
Hasta 13 fallos
acumula solo en el Supremo este hotel, que impulsó la promotora
Azata con el beneplácito en su momento de la Junta de Andalucía
y el Ayuntamiento de Carboneras. El único asidero legal que le queda
es la licencia de obras y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
(TSJA) instó al consistorio a revisarla de oficio el pasado año,
ante los indicios de que pueda ser nula. Pero ese tribunal no ordenó
el derribo al entender que antes debe anularse esa licencia municipal concedida
hace 20 años.
EL DEBATE DE
FONDO
El Supremo
entiende ahora que no se puede ordenar la demolición mientras no
esté anulada la licencia municipal. El debate jurídico de
fondo radicaba en si es posible considerar válida una licencia municipal
si se sustenta en unas normas urbanísticas que han sido anuladas
por la justicia durante los últimos años y que dejan a la
construcción en la ilegalidad.
El grupo ecologista
recurrió ante el Tribunal Supremo instando a que ordenara directamente
la demolición del hotel, sin tener que realizar el trámite
administrativo ante el Ayuntamiento. En su recurso lamentó que ninguno
de los 13 fallos que ya ha dictado Alto Tribunal sobre la ilegalidad del
hotel de El Algarrobico han tenido efecto.
La Sala de
lo Contencioso-Administrativo sostiene que dicho procedimiento de revisión
debe realizarse, por lo que confirma el criterio del tribunal andaluz y
abre un nuevo capítulo al dejar en manos del ayuntamiento la anulación
de la licencia de obras. Pero el ayuntamiento no anula la licencia para
no tener que indemnizar.
El 30 de junio
de 2014, el TSJA declaraba legal la licencia de obras, un asunto que llegó
hasta el Constitucional, que no admitió a trámite el recurso
sobre la legalidad de la licencia de obras.
Ya en abril
de 2014, Lorenzo del Río, presidente del TSJA, pidió al Supremo
que "unifique la doctrina" sobre las resoluciones emitidas en el caso del
Algarrobico, ante el "criterio distinto de una sentencia a otra"
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