El Consejo
de Gobierno ha aprobado el reglamento de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad
del Territorio de Andalucía (LISTA), con la que se completa la revisión
del marco normativo de ordenación del territorio y urbanismo iniciada
hace tres años por el Gobierno andaluz. La consejera de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, Marifrán Carazo,
ha destacado que “el Gobierno andaluz ha acabado en un tiempo récord
con la maraña normativa y el atasco urbanístico que ha lastrado
a los municipios andaluces”, gracias a una actualización, modernización
y simplificación de la ordenación del territorio y el urbanismo
andaluz de la mano tanto de la LISTA como de su reglamento y que continuará
con la revisión del POTA iniciada esta legislatura.
La comunidad
autonóma cuenta así por primera vez con un reglamento urbanístico
completo, algo que no se produjo con la anterior ley, la LOUA. Marifrán
Carazo ha señalado que el reglamento contribuye a los objetivos
de la LISTA: simplificar el marco jurídico –tenía como punto
de partida dos leyes (la LOTA de 1994 y la LOUA de 2002), un reglamento
de disciplina y dos reglamentos estatales de aplicación supletoria
de 1978– y, al mismo tiempo, reforzar la seguridad jurídica del
cuerpo normativo “que es la base para el desarrollo territorial y urbanístico
de Andalucía”.
Entre las principales
novedades, el reglamento crea las Entidades Urbanísticas Certificadoras,
un nuevo instrumento de colaboración público-privada para
dar soporte a los ayuntamientos. Estas entidades, ha explicado la consejera,
podrán colaborar con las administraciones locales en la labor de
verificación y control, lo que permitirá a los Ayuntamientos
tramitar las licencias, declaraciones responsables o inspecciones técnicas
con mayor agilidad, lo que redundará en la dinamizar la actividad
económica”. También incorpora la figura del agente urbanizador
como mecanismo de colaboración público-privada y de los instrumentos
de gestión en el suelo urbano.
El reglamento
concreta las condiciones que dan lugar a la formación de nuevos
núcleos de población y los parámetros que posibilitan
la implantación de viviendas unifamiliares que no vinculadas a otras
actuaciones del suelo rústico. También se especifica el régimen
de las actuaciones de transformación urbanística en las dos
clases de suelo establecidas por la LISTA: el suelo urbano y el suelo rústico.
El reglamento permite atender con agilidad las necesidades de transformación
en las ciudades y de desarrollo de nuevos crecimientos.
Igualmente,
se desarrolla el contenido de los nuevos planes que define la ley y el
procedimiento para su aprobación, así como los instrumentos
de colaboración entre las administraciones que participan en la
tramitación. Estos aspectos son claves para garantizar la reducción
significativa del plazo de aprobación de los planes urbanísticos.
El tiempo para la aprobación de los instrumentos de ordenación
urbanística se estima, como máximo en tres años frente
a una media de diez años. “Reducimos ese tiempo quitando trámites
y procedimientos repetidos, y regulando la tramitación urgente y
la tramitación simultánea de los instrumentos de ordenación”,
ha especificado.
En cuanto a
la ordenación del territorio, el reglamento fija los mecanismos
previstos en la ley para la concertación con los ayuntamientos,
la gestión de las actuaciones que se prevean en los planes territoriales
y la garantía de equilibrio entre los municipios. Tras aprobar la
LISTA y su desarrollo reglamentario, el Gobierno andaluz se marca para
esta legislatura completar la planificación territorial de Andalucía
con la revisión del Plan de Ordenación del Territorio de
Andalucía (POTA) de 2006.
El reglamento
incluye los criterios de sostenibilidad para la ordenación urbanística
que permiten cumplir con los principios establecidos por la LISTA. Entre
ellos, se establece una regulación de las reservas dotacionales
que garantiza las necesidades de la ciudadanía sin incrementar el
coste del suelo y que permite adaptar los usos de los equipamientos en
función de las demandas que en cada momento deban atenderse.
Como garantía
de la sostenibilidad social de las actuaciones, el reglamento desarrolla
los criterios establecidos por la ley para garantizar la disponibilidad
de suelo para vivienda protegida en los municipios que tengan una demanda
efectiva.
Además,
se concretan los instrumentos de disciplina territorial, competencia de
la comunicación autónoma, con los de disciplina urbanística,
que corresponde al ámbito municipal, que se desarrollará
en base al principio de colaboración. Marifrán Carazo ha
indicado que, gracias a un marco procedimental claro y sencillo, se garantiza
el éxito de los procedimientos sancionadores. “Este año se
han iniciado expedientes que afectan a 343 edificaciones ilegales y 644
parcelas, en su mayor parte precintadas”, ha manifestado. Asimismo, la
consejera ha precisado que el reglamento de la LISTA avanza en la regulación
de la figura del Asimilado Fuera de Ordenación (AFO), así
como la tramitación de planes especiales de adecuación ambiental
y territorial para minimizar el impacto de las agrupaciones de edificaciones
irregulares prescritas.
Por último,
el reglamento dedica uno de sus títulos a la regulación de
las casas cueva, toda una novedad sin antecedentes en el ordenamiento jurídico
andaluz. Con ello se quiere establecer un marco común para que los
ayuntamientos puedan conservar y mejora estos ámbitos, así
como el desarrollo de nuevos usos para su puesta en valor.
El Parlamento
de Andalucía aprobó la Ley 7/2021, de 21 de diciembre, de
impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA)
el 25 de noviembre de 2021, hace un año, y entró en vigor
el 24 de diciembre. El primer día hábil siguiente, el 27
de diciembre, se inició el trámite de consultas públicas
previas del reglamento. Al igual que con la LISTA, la tramitación
del Reglamento se aprobó por procedimiento de urgencia, lo que ha
permitido completar todo el proceso en once meses.
DECLARACIONES
El Consejo
de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado este martes un
Decreto Ley para dar cumplimiento al acuerdo que alcanzó con el
Gobierno en agosto para evitar que recurriera la Ley 7/2021 de Impulso
para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista) el Tribunal
Constitucional (TC) por invasión de competencias.
El acuerdo
entre la Junta de Andalucía y el Gobierno se alcanzó en agosto
en la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y
Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación
Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía
y llevó a la Junta de Andalucía a tener que adaptar 42 artículos
de la Lista que la Administración del Estado estimó que invadía
sus competencias del Estado.
«Compromiso
cumplido. Completamos la LISTA con la aprobación de su Reglamento
para favorecer el desarrollo de los municipios andaluces. Ayudará
a atraer oportunidades y a generar empleo. Andalucía avanza en la
simplificación de trámites para acabar con la maraña
normativa», destacó el presidente de la Junta, Juanma Moreno.
El portavoz del Gobierno andaluz, Ramón Fernández-Pacheco
definió la LISTA como «el mayor impulso jamás»
dado a la ordenación del territorio, por su «agilidad, sencillez
y seguridad jurídica». «Por primera vez, hay una ley
y un reglamento, algo que no pasaba con la LOUA», destacó.
La consejera Marifrán Carazo habló de «una norma actualizada»
para el «desarrollo sostenible y que contempla asuntos que nos preocupan»
como el medio ambiente. «Con el reglamento completamos la revisión»
de la ordenación del territorio, señaló. Carazo destacó
la «alta participación social y el apoyo de ayuntamientos,
diputaciones y la FAMP». «Ofrece seguridad jurídica,
cierra el círculo», zanjó.
Carazo también
destacó que «se crean Entidades Urbanísticas Certificadoras,
para más dotar de agilidad» a la normativa. Se trata de un
nuevo instrumento de colaboración público-privada para dar
soporte a los ayuntamientos. A partir de ahora, se tardará «un
máximo de tres años frente a la media de 10 años de
la anterior legislación» para la regulación urbanística.
«Hemos eliminado pasos, se elimina la tramitación de urgencia»,
dijo Carazo. Asimismo, «se refuerza la inspección. Con más
agilidad. Podemos paralizar las obras irregulares desde que se detecten»,
defendió Carazo. Este año se han detectado 343 edificaciones
irregulares y 644 parcelaciones, con 125 expedientes de restablecimiento
de la legalidad frente a actuaciones en suelo rústico. En 2018 fueron
22; en 2019, 31; en 2020, 48; y el pasado año fueron 70.
La Consejería
regula por primera vez las casas cueva de Almería, Jaén y
Granada, También se trata de la primera norma que «regula
las casas cueva de Almería, Jaén o Granada y se pueden autorizar
nuevas y hacer rehabilitaciones».
Se establece
un «régimen transitorio», es decir, «no se paraliza,
no obligamos a adaptarse» sino a «una adaptación voluntaria
para los ayuntamientos», dijo Carazo.
La comunidad
autónoma cuenta así por primera vez con un reglamento urbanístico
completo, algo que no se produjo con la anterior ley, la LOUA. El reglamento
contribuye a los objetivos de la LISTA: simplificar el marco jurídico
–tenía como punto de partida dos leyes (la LOTA de 1994 y la LOUA
de 2002), un reglamento de disciplina y dos reglamentos estatales de aplicación
supletoria de 1978– y, al mismo tiempo, reforzar la seguridad jurídica
del cuerpo normativo que es la base para el desarrollo territorial y urbanístico
de Andalucía.
LA ADMINISTRACIÓN
AUTONÓMICA HA DEBIDO ADAPTAR SU NORMA LAS REFERENCIAS A LA LEGISLACIÓN
BÁSICA ESTATAL.
La consejera
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Marifrán
Carazo, ha explicado en la rueda de prensa posterior a la reunión
del Consejo de Gobierno que la Junta de Andalucía ha elaborado "también
un Decreto Ley" para ejecutar el pacto con el Estado, al margen de la aprobación
este mismo martes del Reglamento General que desarrolla la Ley de Impulso
para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.
«Se incorporan
aspectos puntuales que pidió el Estado para evitar el recurso de
inconstitucionalidad», destacó la consejera Marifrán
Carazo.
El Gobierno
andaluz acordó en agosto con el Estado la reforma de los 42 artículos
de la Ley 7/2021 que el Gobierno había señalado como susceptibles
de ser objeto de un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC), así
como la Disposición Final quinta y la Disposición Adicional
Novena, después de aceptar la prevalencia jurídica de la
legislación básica del Estado.
El acuerdo,
cuyo desenlace el Gobierno andaluz ya avanzó el 25 de agosto, se
reveló en su integridad con su publicación el 19 de septiembre
en el BOE y el BOJA del pacto de ambas administraciones en el seno del
grupo de trabajo creado dentro de la Subcomisión de Seguimiento
Normativo.
El acuerdo
señaló que "ambas partes coinciden en considerar resueltas
las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada" y
"comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos"
en la ley reguladora de este órgano.
Las discrepancias
del Estado con la Junta de Andalucía se han centrado, entre otros
aspectos, en materias como la invalidez de los instrumentos de ordenación
territorial y urbanística, la colaboración público-privada,
el suelo rústico, contenido urbanístico de la propiedad del
suelo, derechos y deberes de la propiedad del suelo urbano y rústico,
principios básicos para la ordenación del litoral, la declaración
de interés autonómico o el proyecto de interés autonómico.
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