El nuevo marco
reglamentario tiene por objeto definir las exigencias que deben cumplir
las estructuras de hormigón, las de acero y las mixtas de hormigón-acero
para satisfacer los requisitos de seguridad estructural y seguridad en
caso de incendio, además de la protección del medio ambiente
y la utilización eficiente de recursos naturales, proporcionando
procedimientos que permiten demostrar su cumplimiento con suficientes garantías
técnicas.
El Código
Estructural consta de 4 Títulos, relativos a I. Bases Generales,
II. Estructuras de hormigón, III. Estructuras de acero y IV. Estructuras
mixtas, con un total de 36 Capítulos. Además de 32 anejos
que desarrollan, en los primeros 17, cuestiones particulares de las estructuras
correspondientes, y en los últimos 15 los procedimientos de cálculo
de dichas estructuras.
PRINCIPALES
NOVEDADES DEL CÓDIGO ESTRUCTURAL
Las principales
novedades que incorpora el Código Estructural respecto de las anteriores
Instrucciones de hormigón y acero, son las siguientes:
Regula nuevos
ámbitos que no contemplaba la reglamentación hasta ahora
en vigor, tales como: La gestión de las estructuras existentes durante
su vida útil. Los sistemas de protección, reparación
y refuerzo de estructuras de hormigón. Las estructuras realizadas
con acero inoxidable. Las estructuras mixtas de hormigón y acero.
Evalúa
la sostenibilidad de las estructuras considerando las características
prestacionales, ambientales, sociales y económicas que aportan los
agentes que participan en su proyecto y ejecución.
El Código
Estructural incorpora un modelo voluntario para la propiedad para evaluar
la contribución a la sostenibilidad de los diferentes agentes que
intervienen en la estructura, como el proyectista, el constructor y los
fabricantes de productos, considerando las características prestacionales,
ambientales, sociales y económicas.
Los parámetros
utilizados en el modelo incluyen las emisiones de gases de efecto invernadero,
el reciclado de materiales, el consumo de energía o agua, la utilización
de energías renovables, control de emisiones y ruidos, mejora ambiental,
etc., valorándose el compromiso de dichos agentes más allá
del mínimo exigido por la legislación vigente.
Sustituye las
menciones a la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de
1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias
y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción,
que se contenían en la reglamentación vigente, por las del
Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas
para la comercialización de productos de construcción y se
deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo.
La principal
novedad es que desaparece el concepto de idoneidad al uso de los productos
con marcado CE, y se sustituye por la presunción de veracidad de
la declaración de prestaciones del producto por parte del fabricante.
Incorpora los
aspectos más relevantes de la normativa europea para el cálculo
de las estructuras, de acuerdo a los procedimientos establecidos en los
Eurocódigos Estructurales. Establece recomendaciones para la utilización
del hormigón proyectado estructural.
RIESGOS LABORALES
La disposición
adicional primera recoge todo lo relativo a los aspectos de prevención
de riesgos laborales que deben tenerse en cuenta en el contenido del proyecto,
en la ejecución de las estructuras y elementos estructurales de
hormigón, de acero o mixtas de hormigón y acero, y en los
trabajos de mantenimiento de la estructura y en su demolición o
deconstrucción.
Se establece
que se estará a lo dispuesto en la normativa específica de
seguridad y salud sobre la materia y, en particular, a lo establecido en
el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones
mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción,
en el marco de lo dispuesto en la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención
de Riesgos Laborales.
DEROGACIONES
Quedan derogados
el Real Decreto 1247/2008 por el que se aprueba la Instrucción de
hormigón estructural (EHE-08), y el Real Decreto 751/2011 por el
que se aprueba la Instrucción de Acero Estructural (EAE).
MEJORAS TÉCNICAS
a) Regular
las siguientes materias no reguladas con la reglamentación actual:
1. La gestión
de las estructuras existentes durante su vida útil, que actualmente
quedan fuera del ámbito de aplicación de las Instrucciones
de hormigón y acero.
2. Los sistemas
de protección, reparación y refuerzo de estructuras de hormigón.
3. Las estructuras
realizadas con acero inoxidable.
4. Las estructuras
mixtas de hormigón y acero.
b) Modificar
las menciones a la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre
de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales,
reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos
de construcción, que se contenían en la reglamentación
vigente, sustituyéndolas por el Reglamento (UE) n.º 305/2011
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que
se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de
productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del
Consejo, cuya principal novedad es que desaparece el concepto de idoneidad
al uso de los productos con marcado CE, y se sustituye por la presunción
de veracidad de la expresión de los valores de las prestaciones
de las características de los productos amparados por dicho marcado.
c) Evaluar
la sostenibilidad de las estructuras considerando las características
prestacionales, ambientales, sociales y económicas que aportan los
agentes que participan en su proyecto y ejecución.
d) Establecer
recomendaciones para la utilización del hormigón proyectado
estructural.
e) Incorporar
los aspectos más relevantes de la normativa europea para el cálculo
de las estructuras, de acuerdo a los procedimientos establecidos en los
Eurocódigos Estructurales.
ESTRUCTURA
El Código
Estructural consta de cuatro títulos: I. Bases Generales, II. Estructuras
de hormigón, III. Estructuras de acero y IV. Estructuras mixtas,
con un total de 36 capítulos. Además de 32 anejos que desarrollan,
en los primeros 17, cuestiones particulares de las estructuras correspondientes,
y en los últimos 15 los procedimientos de cálculo de dichas
estructuras.
VENTAJAS DEL
CÓDIGO ESTRUCTURAL
Las ventajas
que incorpora el Código Estructural respecto de las anteriores Instrucciones
de hormigón y acero, son las siguientes:
• Regula nuevos
ámbitos que no contemplaba la reglamentación hasta ahora
en vigor, tales como: La gestión de las estructuras existentes durante
su vida útil. Los sistemas de protección, reparación
y refuerzo de estructuras de hormigón. Las estructuras realizadas
con acero inoxidable. Las estructuras mixtas de hormigón y acero.
• Evalúa
la sostenibilidad de las estructuras considerando las características
prestacionales, ambientales, sociales y económicas que aportan los
agentes que participan en su proyecto y ejecución.
El Código
Estructural incorpora un modelo voluntario para la propiedad para evaluar
la contribución a la sostenibilidad de los diferentes agentes que
intervienen en la estructura, como el proyectista, el constructor y los
fabricantes de productos, considerando las características prestacionales,
ambientales, sociales y económicas.
Los parámetros
utilizados en el modelo incluyen las emisiones de gases de efecto invernadero,
el reciclado de materiales, el consumo de energía o agua, la utilización
de energías renovables, control de emisiones y ruidos, mejora ambiental,
etc., valorándose el compromiso de dichos agentes más allá
del mínimo exigido por la legislación vigente.
Sustituye las
menciones a la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de
1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias
y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción,
que se contenían en la reglamentación vigente, por las del
Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas
para la comercialización de productos de construcción y se
deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo.
La principal
novedad es que desaparece el concepto de idoneidad al uso de los productos
con marcado CE, y se sustituye por la presunción de veracidad de
la declaración de prestaciones del producto por parte del fabricante.
Incorpora los
aspectos más relevantes de la normativa europea para el cálculo
de las estructuras, de acuerdo a los procedimientos establecidos en los
Eurocódigos Estructurales. Establece recomendaciones para la utilización
del hormigón proyectado estructural.
Las principales
novedades que incorpora el Código Estructural respecto de las anteriores
Instrucciones de hormigón y acero, son las siguientes:
• Regula nuevos
ámbitos que no contemplaba la reglamentación hasta ahora
en vigor, tales como:
-La gestión
de las estructuras existentes durante su vida útil.
-Los sistemas
de protección, reparación y refuerzo de estructuras de hormigón.
-Las estructuras
realizadas con acero inoxidable.
-Las estructuras
mixtas de hormigón y acero.
• Evalúa
la sostenibilidad de las estructuras considerando las características
prestacionales, ambientales, sociales y económicas que aportan los
agentes que participan en su proyecto y ejecución.
-El Código
Estructural incorpora un modelo voluntario para la propiedad para evaluar
la contribución a la sostenibilidad de los diferentes agentes que
intervienen en la estructura, como el proyectista, el constructor y los
fabricantes de productos, considerando las características prestacionales,
ambientales, sociales y económicas.
-Los parámetros
utilizados en el modelo incluyen las emisiones de gases de efecto invernadero,
el reciclado de materiales, el consumo de energía o agua, la utilización
de energías renovables, control de emisiones y ruidos, mejora ambiental,
etc., valorándose el compromiso de dichos agentes más allá
del mínimo exigido por la legislación vigente.
• Sustituye
las menciones a la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre
de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales,
reglamentarias y administrativas de los estados miembros sobre los productos
de construcción, que se contenían en la reglamentación
vigente, por las del Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones
armonizadas para la comercialización de productos de construcción
y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo.
-La principal
novedad es que desaparece el concepto de idoneidad al uso de los productos
con marcado CE, y se sustituye por la presunción de veracidad de
la declaración de prestaciones del producto por parte del fabricante.
• Incorpora
los aspectos más relevantes de la normativa europea para el cálculo
de las estructuras, de acuerdo a los procedimientos establecidos en los
Eurocódigos Estructurales.
• Establece
recomendaciones para la utilización del hormigón proyectado
estructural.
|