Además,
el RITE se adaptará al contenido de la Directiva (UE) 2018/2001,
relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables
en el sector de la calefacción y la refrigeración, y al de
varios reglamentos europeos de diseño ecológico y etiquetado
de productos relacionados con la energía.
A su vez, esta
modificación del Real Decreto pretende alinear el RITE con las últimas
actualizaciones de las directivas europeas relacionadas con la eficiencia
energética, así como regular, como marco normativo básico,
las exigencias de eficiencia y seguridad que deben cumplir las instalaciones
térmicas en edificios para atender la demanda de bienestar e higiene
de las personas.
En este sentido,
el RITE traspone parcialmente las directivas comunitarias en materia de
eficiencia energética -concretamente la Directiva (UE) 2018/844
y la Directiva (UE) 2018/2002- e introduce varias modificaciones en la
normativa para la instalación de sistemas térmicos en edificios,
que deberán diseñarse bajo la utilización de sistemas
eficientes que permitan la recuperación energética y la utilización
de las energías renovables y de las energías residuales.
IMPULSO DE
LAS INSTALACIONES EFICIENTES Y EDIFICOS INTELIGENTES
De este modo,
la actualización del RITE obliga a justificar la instalación
de sistemas térmicos convencionales en lugar de otros sistemas más
eficientes y sostenibles en edificaciones, tales como la bomba de calor
geotérmica con suelo radiante o la hibridación de energía
solar térmica con caldera de gas natural. Esta justificación
deberá ir acompañada de una comparativa entre el sistema
de producción de energía elegido y otros alternativos, teniendo
en cuenta aquellos sistemas que sean viables técnica, medioambiental
y económicamente.
La nueva norma
obliga además a que los edificios terciarios con grandes consumos,
esto es, con una potencia útil nominal de climatización superior
a 290 kW -hoteles, centros comerciales, grandes bloques de oficinas…-,
den el primer paso para convertirse en edificios inteligentes -smart buildings-
que contribuyan a la disminución del consumo energético y
de la emisión de gases de efecto invernadero (GEI) a la atmósfera.
La adaptación
del RITE a estas directivas europeas introduce nuevas definiciones en el
Reglamento y modifica alguna de las ya existentes en la normativa, con
el fin de homogeneizar los términos en materia de edificación
y eficiencia energética.
Al mismo tiempo,
se modifica el régimen de inspecciones de instalaciones térmicas
en edificios. De este modo, solo serán inspeccionados periódicamente
los sistemas de calefacción y las instalaciones combinadas de calefacción,
ventilación y agua caliente sanitaria con una potencia útil
nominal mayor de 70 kilovatios (kW). Estas inspecciones periódicas
se aplicarán también a los sistemas de aire acondicionado
y las instalaciones combinadas de aire acondicionado y ventilación.
CAMBIOS EN
LA MEDICIÓN DEL AGUA CALIENTE EN REDES URBANAS
La actualización
del RITE recoge también obligaciones relativas a los contadores
de agua caliente para redes urbanas, reparto de los costes de agua caliente
e información sobre la facturación de estos consumos. En
este sentido, los contadores de agua caliente sanitaria de uso común
compartido en instalaciones posteriores a esta modificación deberán
disponer de un servicio de lectura remota que permita la liquidación
individual de los costes en base al consumo.
La empresa
encargada del servicio de medición, reparto y contabilización
deberá aclarar, de forma previa a la firma del contrato, si las
tecnologías utilizadas para los servicios de lectura de consumo
permiten la posibilidad de un cambio en el proveedor de este servicio sin
necesidad de incurrir en gastos adicionales.
La distribución
de los costes ligados a la información sobre el consumo individual
se llevará a cabo sin fines lucrativos. La atribución de
esa tarea a un tercero podrá repercutir sobre los usuarios finales
siempre que se ajusten a los estándares de mercado.
En rueda de
prensa tras el Consejo de Ministros, la vicepresidenta cuarta del Gobierno
y ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, indicó
que esta normativa nace con "la convicción de que supone inversión
y libera recursos".
"Cuando hablamos
de consumo energético asociado a edificios hablamos de rehabilitación,
hablamos también de confort en hogares, de pobreza energética
y de reducción de emisiones", dijo, añadiendo que supondrá
"un primer paso" a la conversión de 'smart building' (edificios
inteligentes), añadió.
Ribera también
destacó que esta actualización del RITE contribuirá
a alcanzar el objetivo de mejora de la eficiencia energética fijados
en el PNIEC a través de la reducción del consumo de energía
primaria en un 39,5% en 2030 y de energía final en 36.809,3 toneladas
equivalentes de petróleo.
La actualización
de la normativa obliga también a justificar la instalación
de sistemas térmicos convencionales en lugar de otros sistemas más
eficientes y sostenibles en edificaciones, tales como la bomba de calor
geotérmica con suelo radiante o la hibridación de energía
solar térmica con caldera de gas natural.
Esta justificación
deberá ir acompañada de una comparativa entre el sistema
de producción de energía elegido y otros alternativos, teniendo
en cuenta aquellos sistemas que sean viables técnica, medioambiental
y económicamente.
Así,
el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
consideró que la reforma de la normativa impulsa la incorporación
de renovables en los edificios.
PROPONER REEMPLAZO
DE EQUIPOS FÓSILES POR OTROS RENOVABLES
De esta manera,
en todas aquellas edificaciones sujetas a reforma el técnico competente
deberá proponer instalaciones alternativas de alta eficiencia y
plantear un reemplazo de equipos fósiles por otros renovables. Además,
deberá evaluarse la eficiencia energética de todas las instalaciones
técnicas de los edificios cuando vayan a ser instaladas, sustituidas
o mejoradas.
A su vez, todos
los edificios de más de 1.000 metros cuadrados destinados a usos
administrativos o comerciales, entre otros, deberán dar publicidad
a los clientes o usuarios sobre el consumo de energía en esos edificios
durante los últimos años y el origen de la misma.
De este modo,
la actualización del RITE mejora la información disponible
para que usuarios y propietarios puedan optar por soluciones más
eficientes.
Asimismo, la
nueva norma introduce la digitalización en los edificios no residenciales
con grandes consumos, esto es, con una potencia útil nominal de
climatización superior a 290 kilovatios (kW) -hoteles, centros comerciales,
etc.- y obliga a que estas construcciones den el primer paso para convertirse
en edificios inteligentes -smart buildings- que contribuyan a la disminución
del consumo y de la emisión de gases de efecto invernadero.
MODIFICACIÓN
DEL RÉGIMEN DE INSPECCIONES DE INSTALACIONES TÉRMICAS
Por otra parte,
se modifica el régimen de inspecciones de instalaciones térmicas
en edificios. De este modo, solo serán inspeccionados periódicamente
los sistemas de calefacción y las instalaciones combinadas de calefacción,
ventilación y agua caliente sanitaria con una potencia útil
nominal mayor de 70 kW.
Estas inspecciones
periódicas se aplicarán también a los sistemas de
aire acondicionado y las instalaciones combinadas de aire acondicionado
y ventilación.
CAMBIOS EN
LA MEDICIÓN DEL AGUA CALIENTE EN REDES URBANAS
Por otra parte,
la actualización del reglamente recoge también obligaciones
relativas a los contadores de agua caliente para redes urbanas, reparto
de los costes de agua caliente e información sobre la facturación
de estos consumos.
En este sentido,
los contadores de agua caliente sanitaria de uso común compartido
en instalaciones posteriores a esta modificación deberán
disponer de un servicio de lectura remota que permita la liquidación
individual de los costes en base al consumo.
Por ello, la
empresa encargada del servicio de medición, reparto y contabilización
deberá aclarar, de forma previa a la firma del contrato, si las
tecnologías utilizadas para los servicios de lectura de consumo
permiten la posibilidad de un cambio en el proveedor de este servicio sin
necesidad de incurrir en gastos adicionales.
La distribución
de los costes ligados a la información sobre el consumo individual
se llevará a cabo sin fines lucrativos. La atribución de
esa tarea a un tercero podrá repercutir sobre los usuarios finales
siempre que se ajusten a los estándares de mercado.
|