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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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  • 1ª Revista Iberoamericana de construcción, urbanismo e inmobiliario. 

25 de octubre de 2021
 
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EL VERDADERO PROYECTO DE LEY DE VIVIENDA SE APROBARÁ EN DICIEMBRE  
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  • Mañana martes se aprobará por sorpresa un anteproyecto por el Consejo de Ministros. Sobre las justificaciones de esta estrategia de aprobaciones innecesarias de anteproyectos, nos remitimos al artículo publicado ayer y que recogemos al final. 
El gobierno hará esta “primera lectura” e iniciará un procedimiento de audiencia e información pública que se prolongará hasta finales de noviembre. Posteriormente el Ministerio solicita un informe jurídico a todos los ministerios por si consideran que tiene que cambiar o mejorar técnicamente algo del texto. Los servicios jurídicos del ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana  analizan si el anteproyecto afecta a alguna transposición de directiva europea, y en su caso solicitan informe al Consejo de Estado una vez concluido el procedimiento de información pública. Este informe será de gran interés porque analizará legalmente el efecto de la norma en el derecho a la propiedad privada. Esto es relevante porque es muy probable que esta ley sea recurrida ante el Tribunal Constitucional por el encaje del control de rentas en el derecho a la propiedad privada. Ya con el informe del Consejo de Estado vuelve al Consejo de Ministros y esta vez es de verdad porque ya sería el proyecto que se remite a las Cortes y se inicia su tramitación parlamentaria. Tanto el procedimiento de audiencia pública como, en su caso, el informe del Consejo de Estado, se realizarán por la vía de urgencia, lo que reduce los plazos a la mitad. En el mejor de los casos, el proyecto de vivienda se presentará en diciembre en las Cortes. Pero como el actual periodo de sesiones de la cámara termina en diciembre, la tramitación parlamentaria de la ley de vivienda comenzaría previsiblemente en febrero de 2022 con el nuevo periodo de sesiones. Fuentes consultadas nos indican que a pesar de la anunciada urgencia no se habilitará el mes de enero para agilizar su tramitación parlamentaria. Según los planes remitidos a Bruselas, la ley quedaría definitivamente aprobada en el segundo semestre del 2022. Esto conlleva que se retrasaría la aplicación de la regulación de alquileres a los grandes propietarios hasta 2024, ya en otra legislatura y bajo el riesgo de derogación de la norma si cambia el signo político. En todo caso, la tramitación de las áreas de precios tensionados es prácticamente imposible que empiecen a tramitar antes de 2023. Y todo esto sin contar con que las Comunidades Autónomas del Partido Popular no aplicarán la norma. En este estado de cosas y con tanta inseguridad jurídica, lo ideal sería consensuar una mesa de vivienda, pero el problema es que el partido socialista ha renunciado a su plan de bonificaciones fiscales para abaratar los alquileres y ha aceptado la propuesta de Unidas Podemos de contralar las rentas arrendaticias a los grandes propietarios, lo que supone una línea roja en el sector.

 
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24 de octubre de 2021
 
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LA REFORMA LABORAL ACELERA LA LEY DE VIVIENDA PARA DESVIAR LA ATENCIÓN. SE VUELVE A APROBAR UN ANTEPROYECTO, EN LUGAR DE UN PROYECTO
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
Según fuentes consultadas, el gobierno ha acelerado la ley de vivienda, que sigue en fase de negociación dentro de la colación de gobierno, como cortina de humo por la complicada polémica por la reforma laboral.
El gobierno vuelve a utilizar la técnica publicitaria de aprobar un anteproyecto (sin valor legal alguno), en lugar de un proyecto, que es lo que realmente se debe enviar a las Cortes, para desviar la atención a la reforma laboral tras el aviso del comisario europeo de Economía, Paolo Gentiloni (de visita a España esta misma semana) de que la reforma laboral la debe aprobar el gobierno, no los agentes sociales, y que el gobierno no tiene todo el tiempo del mundo: “El camino elegido por España de negociar con los agentes sociales es una buena decisión. Pero esto no supone que las negociaciones estén abiertas sine die. Pasado un tiempo el Gobierno debe decidir. Y las decisiones sobre estas reformas deben cumplir el marco de lo que hemos pactado en Bruselas”. 
La figura del anteproyecto no tiene ningún efecto legal, sirve únicamente para dar publicidad al texto para que los sectores interesados conozcan lo que será o no será el proyecto de ley, que es lo que se remitirá a las Cortes. Por lo general hay muchos anteproyectos antes de aprobarse un proyecto, son simples borradores de trabajo, por lo que su aprobación por Consejo de Ministros carece de toda utilidad legal.
Se está abusando de la aprobación de anteproyectos para confundir al público con actuaciones legales que no están formalmente aprobadas y de paso anunciar dos veces la misma, cuando se presenta el anteproyecto y cuando se presenta el proyecto de ley. Tradicionalmente los anteproyectos no han sido aprobados por los Consejos de Ministros, por lo que se deben considerar prácticas publicitarias sin valor legal.
Fuentes del sector nos han confirmado hoy mismo que esta situación aumenta el desconcierto y el riesgo de inseguridad jurídica para los inversores inmobiliarios extranjeros, que pueden confundir un simple anteproyecto con un proyecto efectivo de ley de vivienda.
El Consejo de Ministros aprobará este martes el anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda en primera lectura, con la intención de enviarlo al Congreso como proyecto de ley "antes de que termine el año". Debido al régimen competencial español, la futura ley de vivienda sólo tendrá efectos en las Comunidades Autónomas que lo quieran aplicar. Algunas ya han anticipado que la normativa de zonas tensionadas no se aplicará. En el caso de Cataluña el caso es más curioso porque se ha llevado al constitucional la ley de vivienda, que contiene normas similares a las anunciadas por el gobierno del estado. La futura ley de vivienda proyecta limitar el precio los alquileres en las zonas tensionadas para los grandes propietarios personas jurídicas, un recargo del 150% del IBI para los pisos vacíos, la definición de grandes propietarios para los dueños de 10 o más inmuebles o la reserva del 30% de las nuevas promociones para vivienda de protección oficial (VPO).

Los puntos principales de la nueva ley son la definición de grandes propietarios a los dueños de 10 o más viviendas, la reserva del 30% de las promociones para Viviendas de Protección Oficial (VPO), un recargo de hasta el 150% en el IBI para viviendas vacías o la limitación de los precios del alquiler en las zonas tensionadas.
El proyecto de la ley de Vivienda también plantea ofrecer incentivos fiscales en el IRPF a los pequeños propietarios que congelen o bajen el precio del alquiler al inquilino a la hora de renovar el contrato de arrendamiento, incentivos que pueden llegar hasta el 90%. Asimismo, el texto contempla reducir en más de la mitad las bonificaciones fiscales en el Impuesto sobre Sociedades que perciben las denominadas Entidades de Alquiler de Vivienda, que pasarán del 85% actual al 40% que estipula la nueva normativa.

El Partido Popular ya ha expresado su oposición a aplicar esta medida en las comunidades autónomas que preside y ha manifestado también su intención de llevar la normativa ante el Tribunal Constitucional. Desde el Gobierno insisten en respetar las competencias autonómicas.

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