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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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28 de julio de 2020
 
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ENFRENTAMIENTO ENTRE AYUNTAMIENTOS Y PROMOTORES INMOBILIARIOS POR LAS PRÓRROGAS DE URBANIZACIÓN Y SU EFECTO EN EL EMPLEO
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Según los ayuntamientos, si se quiere reactivar el empleo de la construcción hay que obligar a urbanizar en los plazos previstos a los promotores inmobiliarios.
  • Gran parte de los promotores inmobiliarios están apostando por la estrategia "conservadora" en cuanto al lanzamiento o construcción de nuevas promociones, y están aplazando gastos en urbanización de suelos.
La prórroga supone la ampliación o aplazamiento de alguno de los plazos o tiempos impuestos en las licencias urbanísticas, respecto al inicio, interrupción o aplazamiento de las mismas. El promotor podrá instar prórroga de plazo, en los términos previstos en las condiciones generales de la licencia o aprobación del proyecto, siempre y cuando el plazo no supere el previsto en el instrumento de planeamiento (Prórroga del plazo para la ejecución de urbanizaciones privadas. Prórroga del plazo para ejecución de obras ordinarias privadas). Es necesaria la justificación de los motivos por los que insta la prórroga del plazo de ejecución de la urbanización. En el caso de la ejecución de unas obras de urbanización, la principal responsabilidad es de la Administración ya que no basta con que la Administración gestione el planeamiento, clasifique y califique suelo, sino que además de ello, está obligada a que lo “planeado” se ejecute, y se ejecute correctamente y, en cualquier caso, aunque exista iniciativa privada (promotores inmobiliarios) y por lo tanto, exista responsabilidad por su parte también, el garante de esta iniciativa privada es la Administración. De esta afirmación se deriva la absoluta responsabilidad de los Ayuntamientos que en ningún caso deja de operar por la inactividad o mala actividad del agente privado que está ejecutando las obras materialmente. La Administración actúa como garante máximo de la ejecución: vigilando desde el proceso de contratación de las obras, hasta velando por el correcto cumplimiento de las obras y de sus plazos de ejecución. Todo ello acompañado de las potestades de disciplina urbanística que posee.

 
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Según varios técnicos municipales consultados, los Ayuntamientos no pueden adoptar una posición pasiva ante los problemas que planteen o surjan con los promotores de las urbanizaciones de iniciativa privada, o con las Juntas de Compensación. 

Pero siempre puede existir una responsabilidad de quien ejecuta esas obras (promotor inmobiliario), bien porque se aparta de lo proyectado o, simplemente, porque no cumple con lo establecido en los proyectos de urbanización o en los proyectos técnicos de obra.

En la situación actual, gran parte de los promotores inmobiliarios están apostando por la estrategia "conservadora" en cuanto al lanzamiento o construcción de nuevas promociones, y están aplazando gastos en urbanización de suelos.

Según los ayuntamientos, si se quiere reactivar el empleo de la construcción hay que obligar a urbanizar en los plazos previstos a los promotores inmobiliarios.

Así que están rechazando solicitudes de prórroga y advirtiendo a los promotores inmobiliarios de las consecuencias de no urbanizar en los plazos previstos en el planeamiento y acordados con el ayuntamiento.

Algunos promotores consultados nos alertan del grave problema práctico por la falta de financiación que la crisis ha ocasionado en algunos tipos de obra con poca preventa.
 

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