La proposición
presentada contempla declarar municipios en los que se regulará
el precio del alquiler, en aquellos "que disponen de índice de referencia
de precios en el que las rentas del alquiler han sufrido un incremento
superior al veinte por ciento en el período comprendido entre los
años 2014 y 2019, incluidos en el Área Metropolitana de Barcelona
o con población superior a veinte mil habitantes".
La cuantía
máxima de la renta que puede ser convenida en el momento de formalizar
el contrato no podrá "sobrepasar el precio que hay que considerar
como precio de referencia para el alquiler de una vivienda de características
análogas, incrementado o minorado, como máximo, en un cinco
por ciento".
La renta tampoco
podrá sobrepasar "la consignada en el último contrato de
arrendamiento, en el supuesto de que la vivienda haya sido arrendada dentro
de los cinco años anteriores", con determinadas excepciones.
Una vez se
apruebe la ley, se aplicará de forma inmediata en los 60 municipios
de más de 20.000 habitantes con el mercado de alquiler más
tensionado. Afectará pues a unos 5 millones de personas. Al cabo
de un año del funcionamiento de la ley, cada municipio deberá
aprobar la continuidad de la norma. En el caso de las viviendas cuyo precio
estaba por encima del precio medio de su zona, el nuevo contrato deberá
tener como valor máximo el valor que establece el índice,
que es el precio medio de cada zona fijado por la administración.
Respecto a las viviendas que se ponen en alquiler por primera vez, tendrán
que ajustarse al índice fijado por la administración para
cada zona.
La ley, basada
en el código civil catalán, prevé excepciones para
casos de gran rehabilitación, obras de mejora, relación de
parentesco entre propietario e inquilino y otros regímenes de rentas.
Y las viviendas de obra nueva no estará afectadas por la regulación
durante los primeros tres años, pero pasado este período
deberán también ajustarse al índice de precio medio
de la zona, de tal manera que si el alquiler ha sido durante esos tres
años muy superior al índice, la rebaja del precio deberá
ser notable.
La propuesta
incluye un régimen sancionador en caso de incumplimientos. Cuando
un arrendador alquile una vivienda durante meses sin haber informado del
precio del anterior contrato, la sanción puede llegar a los 90.000
euros. El texto de la propuesta reconoce a las organizaciones de inquilinos
como parte en la mediación de conflictos.
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