¿Quién
puede participar en una Subasta Inmobiliaria?
Basta con darse
de de alta para tener acceso y visualizar todas las subastas que hay en
todos los procedimientos de España. Cuando se publican, se establece
un periodo de 20 días durante el cual se puede pujar, así
como si se han realizado otras pujas por una finca determinada y la cuantía
de la más alta.
Para pujar,
es necesario abonar el 5% del importe del precio de salida. Si al finalizar
la subasta eres el mejor postor, se te comunica y tienes un plazo determinado
para pagar en el juzgado la cantidad restante.
¿Qué
beneficios tiene pujar en una Subasta Inmobiliaria judicial?
La principal
ventaja es el precio al que suelen salir los inmuebles y también
que la adjudicación suele ser inferior al de mercado.
¿Qué
inconvenientes tiene pujar en una Subasta Inmobiliaria judicial?
El principal
inconveniente es la falta de información sobre el inmueble que va
a comprar, no puede ver su interior, solo la información registral,
tampoco sabrá si alguien está ocupando el inmueble, si tiene
deudas con la comunidad de vecinos, ni si el precio se ajusta al mercado
a menos que investigue por su cuenta.
Los adjudicatarios
deben satisfacer el pago del valor restante del piso en el margen de tiempo
que fije el juzgado y, en el caso de que necesite financiación bancaria,
ese trámite no es inmediato ni se puede agilizar esa gestión
porque no se suelen conceder préstamos sobre un bien sometido a
Subasta inmobiliaria.
¿Qué
se recomienda para pujar en una Subasta Inmobiliaria judicial?
Es aconsejable
realizar una serie de comprobaciones adicionales a la información
que viene en el portal de subastas, como pedir una nueva nota simple al
Registro, para comprobar que no existen cargas previas adicionales.
También
resulta útil hablar con los vecinos para recopilar información
sobre el posible estado del inmueble y saber así si hay alguien
ocupándolo.
Conviene comparar
el precio del inmueble con el del mercado para establecer la puja máxima
y comprobar si tiene algún problema de consolidación urbanística,
sobre todo si está fuera de un casco urbano.
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