Sin embargo,
hay que decirlo todo, aquella modificación profunda de nuestra ley
que ha permitido dar este paso de gigante no fue apoyada ni por los grupos
parlamentarios del PP ni de Ciudadanos.
Pese a ello,
y la falta de apoyo de la derecha valenciana, la aprobación del
Decreto de las ECUVs impulsado por el conseller Arcadi España va
a permitir que los técnicos (Arquitectos e Ingenieros) puedan constituir
entidades colaboradoras de la administración, generando un nuevo
nicho de trabajo de apoyo a los servicios técnicos municipales o,
prestando el servicio allí donde no se dispone de estos servicios,
como en los pequeños municipios de interior en los cuales ya no
funcionan los convenios de colaboración entre Diputaciones Provinciales
y Colegios Profesionales.
Las funciones
de estas nuevas entidades colaboradoras será la de verificar que
las actuaciones para las que se solicita licencia (obras de nueva planta,
reformas, demoliciones…) se ajustan a la normativa técnica de edificación
e, incluso, si previamente se ha obtenido cédula de certificación
urbanística, que esta se ajusta a la legalidad urbanística
y al planeamiento.
Este novedoso
instrumento permitirá agilizar y simplificar los procedimientos
dentro del Plan Agiliza Urbanismo (PAU) de la Generalitat Valenciana, pero
siempre garantizando la Autonomía Local ya que el contenido de los
certificados de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras no limita
ni excluye las actuaciones municipales de verificación, comprobación
o inspección, ni respecto de las declaraciones responsables ni respecto
a los procedimientos de concesión de licencia.
Como mecanismos
de cautela respecto a la actuación de estas entidades se establece
un estricto régimen de habilitación para el ejercicio de
la actividad y de incompatibilidades para poder ejercer sus funciones en
los ayuntamientos.
Y para garantizar
la calidad de los servicios prestados por estas entidades la Dirección
General de Urbanismo fijará un sistema de precios mínimos
y máximos que podrán percibir estas entidades en el desarrollo
de su actividad.
Para el ejercicio
de las funciones de las ECUVs se habilitará en breve el Registro
de entidades colaboradoras de verificación y control de actuaciones
urbanísticas al que, previamente, la entidad deberá cumplir
determinados requisitos como estar acreditadas por la Entidad Nacional
de Acreditación (ENAC). Pero también deberá tener
suscrita una póliza de responsabilidad civil y disponer un Plan
de Igualdad en los términos y con el alcance previsto en la legislación
autonómica y estatal.
Pero dadas
las actuales circunstancias, resulta absolutamente indispensable establecer
un régimen transitorio según el cual las entidades inscritas
en el Registro General de Entidades de Control de Calidad de la Edificación,
y las inscritas en cualquier registro público que habilite al ejercicio
de funciones de verificación y control de actuaciones urbanísticas
podrán ejercer idénticas funciones por el plazo de seis meses
desde la publicación del Decreto.
En el ámbito
urbanístico de nuestro país estas entidades son una novedad
y, como reconoce el Consell Jurídic Consultiu en su dictamen preceptivo
la Generalitat Valenciana pasa a ser pionera en todo el Estado en la regulación
legal de estas entidades.
Por otro lado,
la LOTUP autoriza a los Ayuntamientos y los Colegios profesionales a colaborar
exactamente con el mismo objetivo bien mediante convenios, bien constituyéndose
ellos mismos en ECUVs. Lo cual supone además un apoyo importante
a nuestros municipios.
El urbanismo
valenciano y sus instituciones vuelven a ser pioneros y ejemplo en el panorama
estatal.
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