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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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12 de mayo de 2020
 
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¿POR QUÉ SE ASUSTAR A LOS INVERSORES INMOBILIARIOS CUANDO MÁS LOS NECESITAMOS PARA SALIR DE LA CRISIS?
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos? Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Operaciones inmobiliarias canceladas tras el aviso de un posible impuesto a los ricos de Podemos: gravará con un mínimo del 2% a los que tengan más de un millón de euros y sustituirá a Patrimonio. Tendría cuatro tramos hasta el 3,5%: la vivienda habitual hasta 400.000 euros, exenta.
  • Francia corrige el tiro y mejora la fiscalidad para las grandes fortunas porque ha hecho cuentas y perdía más de lo que ganaba.
Lección número uno: el dinero es miedoso. Lección número dos: a la menor incertidumbre, coge el dinero y corre lo más rápido que puedas. No hay peor enemigo de un inversor que la incertidumbre. En el último Barcelona Meeting Point, los asistentes recordarán que el único tema entre promotores, bancos, fondos de inversión y consultoras inmobiliarias, fue el riesgo independentista. Se perdieron miles de millones de euros de inversión inmobiliaria. En otras palabras para que lo entiendan: millones de euros que hubiese recaudado la hacienda pública. Toda esa inversión inmobiliaria, con muchos preacuerdos cerrados, se tiró por el desagüe. Todo esto sucedió en un momento dulce para Cataluña porque el metro cuadrado en Barcelona había subido un 22% y en muchas zonas de la ciudad las viviendas ya eran más caras que en la burbuja inmobiliaria. En el barrio del Raval había compradores extranjeros pagando el metro cuadrado a 8.500 euros. El escenario era perfecto para Barcelona. En España se pagaban menos impuestos que en Francia. Y en los barrios caros de París el metro cuadrado estaba a 10.000 euros, mientras que el de Barcelona se encontraba por mucho menos. Y todo esto se perdió un día de septiembre en el que huyeron de Barcelona fondos de pensiones, compañías de seguros, consorcios inmobiliarios, etc. Una de aquella operaciones era la compra de 10 viviendas de un inversor extranjero "golden visa". Se trata de los permisos de residencia que el Gobierno español concede a quienes compren una vivienda de más de 500.000 euros. Ahora el mercado está paralizado y los pocos inversores inmobiliarios que seguían interesados se han hecho eco del aviso del impuesto inmobiliario para ricos. Hoy hemos sido informados por fuentes de toda solvencia de que se han suspendido varios preacuerdos de inversión muy avanzados. Con el nuevo impuesto, el partido Podemos cree que puede recaudar 11.000 millones de euros pero alguien del sector debería explicar que si se añade un “0” es la cifra que se va a perder. En pocas palabras, ganar un poco para perderlo todo, con el sector inmobiliario incluido y todo su empleo. Deslocalizar patrimonios o la residencia personal es costoso en términos económicos, pero para las grandes fortunas es sencillo y rápido. Lo hemos visto con las SICAV. Según estadísticas de la CNMV, a cierre de 2015, el mayor pico histórico, había 3.372 sicavs y ahora, a agosto de 2019 -último dato disponible-, quedan 2.627. Con el patrimonio que acumulan ha ocurrido lo mismo: a mediados de 2015 se movía en torno a 35.000 millones y ahora amenaza con bajar de los 29.000 millones. Muchas de ellas se han fusionado, trasladado o simplemente han desaparecido, tal como señalan las fuentes consultadas. Durante dos décadas fueron sociedades con mucho público entre las grandes fortunas pero ahora, por el control que estos años han anunciado los políticos sobre ellas, su declive se ha vuelto evidente. Y el pacto PSOE-Unidas Podemos  quiere seguir IRPF, Patrimonio, Sucesiones y Donaciones y sicavs: los ricos, en el punto de mira. Y mientras Francia corrige el tiro y mejora la fiscalidad para las grandes fortunas porque ha hecho cuentas y perdía más de lo que ganaba.

ANTECEDENTES 26 de marzo de 2020

NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
LA FISCALIDAD INMOBILIARIA NO PUEDE SOPORTAR NUEVOS IMPUESTOS A PESAR DE LA CRISIS DEL COVID 19
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos?
La guía práctica inmoley.comde Fiscalidad inmobiliaria
Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
Con motivo de la crisis del Covid 19 algunos asesores están advirtiendo a grandes patrimonios de una posible recuperación del impuesto de patrimonio que gravase especialmente el patrimonio inmobiliario, que ya está sometido a una carga excesiva desde el IRPF de segundas residencias, sucesiones, donaciones, transmisiones onerosas, plusvalías municipales, IBI, etc.
Esta medida desincentivaría la inversión inmobiliaria y por consiguiente al sector de intermediación inmobiliaria y la construcción residencial. Además, recaería exclusivamente en la clase media porque los grandes patrimonios tienen medios como las SICAV o capacidad para domiciliarse en el extranjero, simplemente en Portugal. 
La tendencia de los países de la Unión Europea en los últimos años ha sido la de suprimir los tributos que recaen sobre la riqueza neta individual. Comenzó suprimiéndolo en 1995 Dinamarca, después vinieron sucesivamente Alemania, Finlandia y finalmente Luxemburgo y Suecia que lo derogaron respectivamente en 2006 y 2007.
Por este motivo, es más razonable rebajar gasto superfluo de los diferentes presupuestos públicos en lugar de subidas fiscales. No hacerlo, agravará la crisis por la desinversión inmobiliaria e impedirá general empleo vía construcción residencial.
El acuerdo del actual gobierno entre PSOE y Unidas Podemos menciona "la fiscalidad de las grandes fortunas al objeto de que contribuyan a un sistema fiscal más justo y progresivo". Esta indefinición preocupa si se atiende a las propuestas de Unidas Podemos, que proponía recaudar el 1% del PIB aplicándose a los patrimonios superiores a un millón de euros de forma progresiva con un mínimo exento por primera vivienda de 400.000 euros y 2% de gravamen de los patrimonios de más de un millón de euros, con un 2,5% los patrimonios de más de 10 millones de euros, con un 3% los patrimonios superiores a los 50 millones y con un 3,5% los patrimonios de más de 100 millones de euros, de forma que la mayor parte del impuesto recaiga sobre los 1.000 patrimonios más altos del país". El temor a que se derogue la bonificación del Impuesto sobre el Patrimonio (o simplemente que se cree un nuevo impuesto sobre la propiedad) está generando inquietud entre grandes patrimonios que residen en España y que obtendrían un mejor trato fiscal en otros países europeos, por ejemplo en Portugal. 

El Impuesto sobre el Patrimonio en España quedó prácticamente suprimido con la ley 4/2008, del 23 de diciembre, que establecía una bonificación del 100% con efectos desde el 1 de enero de ese año. Tres años después, con el real decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, el Impuesto fue restablecido de forma temporal para 2011 y 2012 con una exención de 300.000 euros para vivienda habitual del contribuyente, mínimo exento de 700.000 para contribuyentes residentes y no residentes, entre otras. 
Aunque lo previsto era que después de 2012 el Impuesto volviera a estar completamente bonificado se ha ido prorrogando anualmente (la última vez con el real decreto-ley 27/2018, para que estuviera vigente en 2019), y en el último proyecto de Presupuestos se contemplaba eliminar para siempre esa bonificación. Es decir, que no es una posibilidad, sino que es una posibilidad muy real que se ve agravada por la crisis del Covid 19.

El Impuesto sobre el Patrimonio está desapareciendo en todos los países europeos y  tan sólo existen impuestos sobre la riqueza neta en España, Francia y desde el 1 de enero de 2017 en Portugal, donde está bonificado para residentes y no residentes.

La tendencia de los países de la Unión Europea en los últimos años ha sido la de suprimir los tributos que recaen sobre la riqueza neta individual. Comenzó suprimiéndolo en 1995 Dinamarca, después vinieron sucesivamente Alemania, Finlandia y finalmente Luxemburgo y Suecia que lo derogaron respectivamente en 2006 y 2007.

Es decir, que si España crea un impuesto sobre el patrimonio (o sobre la riqueza neta individual) se generará una discriminación del contribuyente español que generaría con toda seguridad cambios de residencia a países con tributación más favorable (ej.: España). Pero los que es peor, dañaría al sector inmobiliario e indirectamente a la construcción residencial lo que supondría hacer inviable la creación de empleo tan necesaria y tan dependiente de la construcción.

Las posibilidades de planificación fiscal internacional para los patrimonios hacen inviable este impuesto en términos de equidad fiscal. Sería una nueva carga a la clase media y un daño terrible a sectores productivos españoles generadores de empleo.

DIFERENCIAS AUTONÓMICAS EN EL IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO 

El Impuesto sobre el Patrimonio tributa de manera diferente entre unas comunidades y otras, dado que es una competencia transferida a las autonomías.

Este impuesto grava la riqueza personal del contribuyente, que tiene que tributar en 8 tramos según la cuantía de su patrimonio.

Por norma general, hay un mínimo de 700.000 euros exento de impuestos, aunque en 4 comunidades se aplican mínimos más bajos. 

 

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