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NOTICIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO. |
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24 de abril de 2020
NOTICIA
ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA
PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. © |
LA TRAMITACIÓN DE LICENCIAS
EN EL ÁMBITO DEL 22@ BARCELONA |
¿Qué
guía práctica soluciona este tipo de casos?
Convertir conocimiento
en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas |
¿Qué
debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia? |
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Paralización
de las licencias urbanísticas en el distrito tecnológico
en el barrio del Poblenou (Barcelona).
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La suspensión
afecta a los proyectos de empresas y oficinas que no habían iniciado
los trámites administrativos. El objetivo del gobierno municipal
es replantear el uso del suelo e incrementar las parcelas destinadas a
vivienda protegida.
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La medida municipal
frenó la proyección de nuevas oficinas en un momento pujante
con inversiones récord en la zona. Según datos de BNP Paribas
Real Estate, la inversión en el 22@ del mercado de oficinas alcanzó
en 2019 la cantidad de 610 millones de euros, un 141% más que en
2018. Buena parte de la inversión que va a parar a este punto de
la ciudad es extranjera. A lo largo de estos cuatro meses (finaliza el
22 de junio de 2020), el Ayuntamiento tiene previsto modificar el Plan
General Metropolitano para incrementar el suelo para vivienda protegida
hasta el 30% del total.
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No es una suspensión
al uso. Es una suspensión de planeamiento.
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La suspensión
del 22@ afecta la tramitación de planes urbanísticos derivados
en dicho ámbito, las actuaciones de demolición, licencias
de nueva planta y de ampliación, licencias de gran rehabilitación
y de rehabilitación integral, así como licencias, comunicados
y cualquier otro título habilitante para la implantación
de nuevos usos industriales en el ámbito, o para el cambio de uso
industrial existente. Quedan exceptuados los ámbitos que hayan sido
objeto de planeamiento derivado (Plan de Mejora Urbana), las actuaciones
para las que se hubieran presentado las correspondientes solicitudes de
licencias con anterioridad a la ejecutividad del acuerdo de suspensión,
las solicitudes de licencias para la apertura, instalación o ampliación
de actividades industriales vinculadas a obras con licencia concedida con
anterioridad a la ejecutividad del acuerdo de suspensión, las obras
que se soliciten con posterioridad a la ejecutividad del acuerdo de suspensión
respecto de actividades ya autorizadas o excluidas de suspensión,
y las actuaciones de demolición derivadas de licencias de obras
ya concedidas o en trámite, con anterioridad a la ejecutividad del
acuerdo de suspensión. |
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