La responsabilidad de
los agentes de la edificación.
Muchos profesionales de las
obras de construcción no saben que si algo sale mal son responsables
solidarios. Ni siquiera saben que son agentes de la edificación.
Piensan que la responsabilidad de lo que pase en la obra es cosa de los
seguros, pero las compañías aseguradoras no dudarán
en hacerles cargar con la responsabilidad por los defectos de construcción.
Por eso es tan importante
saber si uno es agente de la edificación y si lo es las responsabilidades
que tiene.
Los responsables en materia
de edificación aparecen recogidos en la Ley de Ordenación
de la Edificación (LOE) como “Agentes de la Edificación”
que son los que “intervienen en el proceso de la edificación”. Es
decir, todo el que pisa la obra, pero enumera al 1) el promotor, 2) el
proyectista, 3) el Constructor; 4) el Director de obra; 5) el Director
de la ejecución de la obra; 6) las entidades y los laboratorios
de control de calidad de la edificación; 7) los suministradores
de productos.
Lo razonable es pensar que
no todos los agentes de la edificación tienen el mismo grado de
participación. Tampoco todos ellos comparten las mismas posibilidades
de incidir en esos defectos de construcción.
Habrá que evaluar
los daños mediante informe pericial para averiguar si se ocasionaron
por el proyecto, la dirección de la obra, el suelo, la ejecución,
el incumplimiento de las condiciones de habitabilidad o se trata de defectos
de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado
de las obras.
Muchas veces la responsabilidad
surge de que se ejecutaron obras sin ajustarse al proyecto o siguiendo
procedimientos, técnicas o métodos contrarios a las reglas
del arte de la construcción, o un empleo de materiales defectuosos,
de mala calidad o de calidad distinta a la prevista en el proyecto o no
autorizados por los técnicos directores, o la falta de capacidad
técnica o inobservancia de las órdenes e instrucciones de
los técnicos superiores.
No obstante, los proyectistas
serán responsables directos de los daños que puedan derivarse
de la insuficiencia, incorrección o inexactitud de cálculos,
estudios, dictámenes o informes de otros profesionales a los que
les hubieren encargado hacerlos, sin perjuicio de ejercitar la acción
de repetición contra éstos (si me reclaman, yo te reclamo).
Estos profesionales pueden ser tanto otros proyectistas como las entidades
y laboratorios de control de calidad de la edificación.
La responsabilidad de los
proyectistas, arquitectos o directores de obra se agrava al firmar el certificado
final de obra.
La responsabilidad del constructor
comprende los daños que deriven de defectos o vicios de ejecución
cuando afectan a elementos de terminación y/o acabados de las obras.
El constructor responderá
directamente de los daños materiales causados en el edificio por
vicios o defectos derivados de la impericia, falta de capacidad profesional
o técnica, negligencia o incumplimiento de las obligaciones atribuidas
al jefe de obra y demás personas físicas o jurídicas
que de él dependan.
También hay responsabilidad
directa del constructor, pero se le concede la posibilidad de ejercitar
una acción de repetición contra el subcontratista o el proveedor
de los materiales. Que son los que acaban pagando aunque sea por vía
indirecta (cliente > constructor > subcontratista).
En muchas ocasiones es imposible
atribuir de forma individual la culpa o la causa de los daños materiales.
En esos casos hay concurrencia de culpas y se exigirá responsabilidad
conjunta o solidaria a todos ellos.
Lo cierto es que en todo
caso el promotor debería responder solidariamente con el resto de
agentes ante los adquirientes. Pero la realidad es que muchas promotoras
inmobiliarias desaparecen al terminar la obra, con lo que quedan los técnicos
y resto de personas físicas como los que han afrontado esa responsabilidad
civil.
Los agentes de la edificación
en el proceso de edificación no serán responsables cuando
los daños se produzcan por caso fortuito, fuerza mayor, acto de
tercero o por el propio perjudicado.
En conclusión, que
siempre que se trabaja en una obra hay muchas responsabilidades y es importante
conocerlas de antemano.
De todos estos temas tratamos
desde una perspectiva práctica y profesional en la guía práctica
de agentes de la edificación. |