La modificación
de la ley sobre Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de
la Comunitat Valenciana, la Lotup, permite regularizar la situación
de alrededor de 350.000 viviendas construidas de forma ilegal a lo largo
y ancho de la Comunitat, tal y como cifra la propia Generalitat Valenciana.
Se trata de
viviendas diseminadas construidas al margen de las autorizaciones administrativas
en el suelo no urbanizable y se caracterizan por carecer de alguno de los
servicios urbanísticos básicos, especialmente el alcantarillado.
Una vez consolidadas
estas construcciones, el transcurso del tiempo desde su construcción
da lugar a la caducidad de la acción de la Administración
para actuar contra ellas, y la legislación adolece de un tratamiento
adecuado para esta realidad existente surgida al margen de la Ley, lo que
provoca los conflictos territoriales.
La existencia
de estas viviendas tiene incidencia sobre el entorno: el evidente deterioro
del paisaje que generan, el vertido de aguas residuales sin control ni
tratamiento al subsuelo con afección a los acuífieros subterráneos,
la eliminación de especies vegetales de mayor o menor valor o el
fraccionamiento de hábitats.
Más
allá de la seguridad, la salubridad y el ornato público,
las edificaciones y los terrenos en cualquier clase de suelo y cualquiera
que sea su titularidad deben conservarse y mantenerse de forma acorde con
el entorno en que el se encuentran y de acuerdo con la ordenación
que establece el planeamiento urbanístico para los mismos.
Por ello la
reforma de la ley permite a estas residencias su legalización, si
bien la limita a las construcciones finalizadas antes de la entrada en
vigor de la Lotup (el año 2015), incluyendo tanto aquellas respecto
de la que ha caducado la acción de restauración de la legalidad
urbanística como aquellas sobre las que no ha caducado.
Hay una excepción:
aquellas sobre las que haya recaído sentencia de restauración
de la legalidad.
La regularización
de estas viviendas se podrá hacer de manera individual, y podrán
acogerse a la misma todos los casos, independientemente de si tienen o
no abierto un expediente abierto que cumplan los requisitos estipulados
para ello.
La actualización
de la Lotup analiza los PAIs fantasmas. La reforma recoge que los proyectos
urbanísticos que se han empezado pero están paralizados y
pueden tener cierta viabilidad, los ayuntamientos tengan la posibilidad
de dividir los sectores en unidades de ejecución más pequeñas
para poder ejecutar la actuación poco a poco y ampliar el plazo
a 10 años.
En aquellos
PAIs que son antieconómicos y pueden ser reversibles, se podrá
aplicar una reparcelación inversa para que los terrenos vuelvan
a la situación jurídica anterior y, por tanto, quitar cargas
a los propietarios.
La reforma
elimina la figura de las Actuaciones Territoriales Estratégicas
(ATE) y se establece la regulación de los nuevos Proyectos de Inversión
Estratégica Sostenible (PIES), que eliminan la posibilidad que existía
anteriormente de pasar nuevos terrenos de no urbanizables a urbanizables
por parte de la gestión indirecta de empresarios particulares.
|