El Real Decreto
732/2019 se aprobó después de ser sometido a un intenso proceso
de audiencia e información pública, con una importante participación
de los sectores afectados. Las principales modificaciones del nuevo texto
reglamentario se encuentran en:
El Documento
Básico de Ahorro de Energía (DB -HE), que se modifica íntegramente,
El Documento
Básico de Ahorro de Salubridad (DB-HS), al que se incorpora una
nueva sección destinada a regular la protección de los edificios
frente a la exposición al gas radón.
Una modificación
puntual del Documento Básico de Seguridaden caso de Incendio, para
adaptar el apartado de Propagación exterior del mismo a la evolución
de las soluciones constructivas de las fachadas derivadas tanto de las
innovaciones tecnológicas como de las crecientes exigencias de eficiencia
energética.
Mínimo
gasto energético
Las exigencias
en materia de ahorro de energía en este nuevo texto normativo son
más ambiciosas, en línea con los objetivos europeos de la
Agenda 2030 y reducir las emisiones de CO2. Con esta modificación,
las nuevas edificaciones y determinadas intervenciones que se realicen
en las mismas, se permitirá tener el confort necesario con el mínimo
gasto energético. Además, será necesario que una parte
importante de esta energía proceda de fuentes renovables.
El documento
revisa y actualiza las exigencias reglamentarias de eficiencia energética
de los edificios en cumplimiento de lo establecido por la Directiva 2010/31/UE,
que establece la obligación de realizar esta revisión periódicamente.
La revisión de las exigencias en materia de ahorro de energía
y de incorporación de energía procedente de fuentes renovables
en el sector de la edificación resulta, además, imprescindible
para el progresivo avance hacia una economía baja en carbono competitiva
en 2050, objetivo con los que se ha comprometido España a través
de acuerdos internacionales en las últimas Cumbres del Clima.
En la nueva
sección del Documento Básico de Salubridad, la sección
HS6 Protección frente a la exposición al radón, se
establece el nivel nacional de referencia para las concentraciones de radón
en recintos cerrados y se recogen las medidas reglamentarias para limitar
la penetración del radón en los edificios en función
del municipio en que se ubiquen estos.
Cabe recordar
que el radón es un gas que procede de la desintegración radiactiva
del uranio y que de forma natural está presente en determinados
suelos y rocas. Este gas procedente del terreno puede emanar a través
del mismo, en mayor o menor medida, en función de determinadas propiedades
de los estratos geológicos del mismo, pudiendo llegar a entrar,
por lo tanto, en las edificaciones. En el supuesto de que este gas llegue
a acumularse en los espacios interiores de los edificios puede suponer
un riesgo para las personas que se encuentren en los mismos durante periodos
prolongados de tiempo.
Por eso, con
este cambio normativo se atiende a la protección de la salud de
las personas, estableciendo una serie de medidas que se deben incorporar
con el fin de reducir el riesgo de exposición de los usuarios de
los edificios a concentraciones inadecuadas de radón.
Por último,
el Real Decreto realiza una actualización de las normas técnicas
mencionadas en los distintos Documentos básicos que conforman el
Código Técnico de la Edificación.
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