La auditoría urbanística debería
ser obligatoria y no tardará en serlo. ¿Por qué? Porque
en el urbanismo hay muchos intereses, se mueve mucho dinero y porque es
tan complejo que se pueden cometer errores humanos.
Al referirnos a intereses queremos ser positivos
y pensar en el interés de los promotores inmobiliarios en que se
agilicen las licencias urbanísticas. ¿Por qué se forman
cuellos de botella en las concesiones de licencias? El único medio
para saberlo es realizar una auditoría urbanística que señale
tiempos máximos de tramitación, que alerte de posibles ineficiencias,
evite tiempos muertos en la tramitación señale los expedientes
y que proponga mejoras para reducir el riesgo de prescripción de
expedientes, por ejemplo, evitar partidas de cobros no ejecutados.
Cuando decimos que se mueve mucho dinero en el
urbanismo nos referimos a que se producen escándalos por comportamientos
irregulares en algunos ayuntamientos que no hacen sino confirmar la necesidad
de potenciar las auditorías urbanísticas en el marco del
análisis del sector local. Dicho objetivo, no obstante, exige una
adecuada formación de los auditores públicos y privados,
teniendo en cuenta que el riesgo en este tipo de auditorías está
principalmente en lo que queda fuera de la documentación y las cuentas
analizadas.
Pero a pesar de que sea necesaria una auditoría
urbanística en caso de sospechas de fraude, no se debe calificar
la auditoría urbanística como un instrumento sancionador,
sino como descubridor y analizador de la realidad urbanística municipal.
Hay que destacar la capacidad de detectar las incidencias
urbanísticas como simple medida de control. Igual que se inspecciona
el coche cada año, así hay que inspeccionar el urbanismo.
La mejor virtud de de la auditoría urbanística es que se
anticipa al descontrol y sirve de medida preventiva evitando actuaciones
indebidas. Este carácter preventivo es el que hace imprescindible
la auditoría urbanística regular por expertos independientes.
De estos temas se trata de un modo práctico
y profesional en la guía de la autoría urbanística. |