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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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13 de noviembre de 2020
 
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EMPIEZA LA REFORMA DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY 2/2014, DE 25 DE MARZO, DE ORDENACIÓN Y USO DEL SUELO, PARA LA ISLA DE MALLORCA.
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Hasta que no sea sustituido por el desarrollo reglamentario a que se refiere la disposición final primera de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, en el ámbito de la isla de Mallorca, continuará siendo vigente, en todo lo que sea compatible con esta ley y el resto de disposiciones, el Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del Suelo, para la isla de Mallorca, aprobado por acuerdo del pleno del Consejo Insular de Mallorca de 16 de abril de 2015. Se considera en todo caso incompatible con esta ley el título VIII del citado reglamento, a excepción de su capítulo V.
  • El reglamento actual en el título quinto, dedicado al ejercicio de las facultades relativas al uso y edificación del suelo, y siguiendo la sistemática de la Ley, regula en el capítulo primero el desarrollo del régimen de los plazos de urbanización y edificación, cumpliéndose así con el desarrollo reglamentario del registro municipal de solares sin edificar. El capítulo segundo, con la rúbrica de conservación de obras y construcciones, regula, en primer lugar,  la  conservación  de  las  obras  de  urbanización,  y  sistematiza  los  procedimientos  relativos  a  su  recepción;  los  deberes  legales  de conservación y rehabilitación del suelo y de las construcciones, así como las órdenes de ejecución que la administración municipal puede dictar para su cumplimiento. En este contexto se regula también la situación de estado ruinoso de los inmuebles que amenacen ruina en alguna de sus variantes: técnica, económica o urbanística, respecto de los cuales se debe declarar dicho estado antes de dictar la orden oportuna en la resolución que ponga fin al procedimiento. Por otro lado, se regulan los supuestos de ruina física inminente de un inmueble con peligro para la seguridad de las personas y los bienes. 
  • La media de espera de licencias urbanísticas en Mallorca es de 18 meses aunque la normativa vigente establece que no pueden ser más de tres. Los ayuntamientos de Palma y de Manacor son de los que más tardan en concederlas.
El pleno del Consell de Mallorca ha aprobado inicialmente el Reglamento de Urbanismo de Mallorca, que es la concreción técnica de la Ley de Urbanismo de la isla y que "permite agilizar al máximo toda la tramitación urbanística". Según la consellera de Territori i Urbanisme, Maria Antonia Garcías, "el reglamento permite agilizar al máximo toda la tramitación urbanística, la de los planeamientos y también la de las licencias. Afecta la ciudadanía porque los trámites municipales serán más ligeros con un informe técnico más corto, más concreto y más conciso, que permitirá acortar plazos", ha señalado. Garcías ha destacado que ha sido un proceso participativo de seis meses de duración de forma presencial y telemática, a causa de la pandemia. Durante este tiempo se han creado ocho mesas temáticas de debate con la asistencia de técnicos y jurídicos del ámbito urbanístico. En total, más de 68 personas han formado parte de este proceso participativo.

 
URBANISMO DE DE BALEARES.

La consellera ha explicado que los principios que rigen este reglamento son los de eficiencia de la administración pública y la simplificación del documento, aclarando y desarrollando conceptos de la Ley.

Por otra parte, la nueva normativa también pretende homogeneizar los parámetros urbanísticos y dotar a los técnicos profesionales y los municipales de herramientas para mejorar la eficiencia de las tramitaciones. "Hemos conseguido un documento de aprobación inicial que reduce un tercio los preceptos del reglamento de desarrollo de la LOUS de Mallorca, pasando de 478 a 335 preceptos, y de 459 a 309 artículos", ha explicado.

Garcías ha señalado que tras su tramitación inicial, la nueva normativa continuará su tramitación y en seis meses podría entrar en vigor tras su aprobación definitiva.

Esta simplificación se concreta en varios aspectos. Por un lado, el reglamento precisa qué actuaciones requieren tramitar una licencia y cuáles no. Asimismo, se define en qué casos hay que tener en cuenta la normativa sectorial y en cuáles no es necesario. Estos informes «sectoriales» (son los que se solicitan a otras administraciones. Por ejemplo, para construir en las proximidades del aeropuerto hay que tener el visto bueno de AENA), suelen ser un motivo de demora en la concesión de licencias.

Se estandarizan los conceptos y se homogeneizan los parámetros, lo que significa que los ayuntamientos adoptarán una misma nomenclatura y medirán del mismo modo los parámetros urbanísticos. Es decir: se eliminan las diferencias entre municipios en este sentido.

Garcías destacó que la nueva normativa, «más clara y simple», aclara el trabajo de los técnicos, elimina burocracia y que «la revisión técnica de los proyectos se acortará». Es decir, que el papeleo será más sencillo y que los interesados no tendrán que esperar tanto, en principio, para que les concedan la licencia. 

La media de espera de licencias urbanísticas en Mallorca es de 18 meses aunque la normativa vigente establece que no pueden ser más de tres. Los ayuntamientos de Palma y de Manacor son de los que más tardan en concederlas.

El nuevo reglamento tiene solo 335 artículos frente a los 478 del anterior. 

Garcias destacó también que 68 profesionales en el sector urbanístico de una treintena de entidades han participado en la elaboración de la normativa y que se recogen sus peticiones.

El reglamento se ha aprobado de manera inicial, con 17 votos a favor y 15 abstenciones. Tras su publicación en el BOIB, se someterá a exposición pública, se consultará al Consell Consultiu y, finalmente, se aprobará definitivamente. Se prevé que esté en vigor dentro de seis meses aproximadamente.

Formación para los técnicos

Una vez el reglamento esté aprobado de forma definitiva, el Consell facilitará formación a los técnicos urbanísticos municipales para que lo conozcan. También se tiene la intención de realizar un estudio para conocer cómo funcionan los servicios urbanísticos de los ayuntamientos y aclarar si tienen carencias para, si fuera el caso, facilitarles ayuda.
 

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