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9 de enero de 2020
 
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¿POR QUÉ ES IMPRESCINDIBLE UN BUEN DIRECTOR DE OBRA?
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • La Dirección de Obra o Dirección Facultativa comprende al técnico o técnicos que, designados por el Promotor, se encargan de la dirección y del control técnico de la ejecución de una obra. 
  • La Dirección de Obra o Dirección Facultativa está formada por: i) director de obra, ii) director de la Ejecución de la Obra (agente que asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativamente y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado) y el iii) Coordinador de Seguridad y Salud (agente que coordina la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad en la obra).
  • Todos estos agentes pueden recaer en uno o en varios profesionales, dependiendo de la titulación exigible según el tipo de obra.
El director de obra es el agente de la edificación que está al cargo de la obra. Forma parte de la dirección facultativa y dirigirá el desarrollo de la obra desde el punto de vista de los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales. El director de obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto. Además, el director de obra deberá llevar a cabo todas estas funciones de conformidad con el proyecto de obra que la define, la licencia de edificación, así como el resto de tipos de autorizaciones preceptivas. Por otro lado, trabajará según las condiciones del contrato, con el objetivo de asegurar su adecuación al fin propuesto. Previamente al desarrollo de la obra, se habrá desarrollado un Proyecto de Ejecución en el que se describirán las obras a ejecutar, con la suficiente definición constructiva. La Dirección de Obra es necesaria para dar cumplimiento a la normativa vigente, cuando se trata de obras de edificación.  

 
DIRECTOR DE OBRA.

La Dirección de Obra o Dirección Facultativa comprende al técnico o técnicos que, designados por el Promotor, se encargan de la dirección y del control técnico de la ejecución de una obra. 

La Dirección de Obra o Dirección Facultativa está formada por: i) director de obra, ii) director de la Ejecución de la Obra (agente que asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativamente y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado) y el iii) Coordinador de Seguridad y Salud (agente que coordina la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad en la obra).

Todos estos agentes pueden recaer en uno o en varios profesionales, dependiendo de la titulación exigible según el tipo de obra.

El director de obra es el agente de la edificación que está al cargo de la obra. Forma parte de la dirección facultativa y dirigirá el desarrollo de la obra desde el punto de vista de los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales.

El director de obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto. 

Además, el director de obra deberá llevar a cabo todas estas funciones de conformidad con el proyecto de obra que la define, la licencia de edificación, así como el resto de tipos de autorizaciones preceptivas.

Por otro lado, trabajará según las condiciones del contrato, con el objetivo de asegurar su adecuación al fin propuesto. Previamente al desarrollo de la obra, se habrá desarrollado un Proyecto de Ejecución en el que se describirán las obras a ejecutar, con la suficiente definición constructiva.

La Dirección de Obra es necesaria para dar cumplimiento a la normativa vigente, cuando se trata de obras de edificación. 

Son obligaciones del Director de Obra:

• Estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, según corresponda y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión.
• Verificar el replanteo y la adecuación de la cimentación y de la estructura proyectada a las características geotécnicas del terreno.
• Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto.
• Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto.
• Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como conformar las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas, con los visados que en su caso fueran preceptivos.
• Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que en su caso fueran preceptivos.
En numerosas ocasiones, el profesional que desarrolla la Dirección de Obra no es el que previamente ha desarrollado el Proyecto de Ejecución, y ante la falta de información o definición, e incluso la incongruencia entre los distintos documentos que conforman el proyecto, el Director de la Obra debe resolver estos problemas y dar las soluciones técnicas adecuadas, para proseguir con la ejecución de la obra y no retrasar la misma.

Por estas indefiniciones del proyecto, así como por las modificaciones que puedan realizarse durante el trascurso de las obras, es muy habitual que surjan precios adicionales al presupuesto de contrato, incluso algunos de los cuales puede llevar implícito la ampliación de plazo de la obra. Controlar estos posibles incrementos tanto de presupuesto como de plazo de obra, intentando disminuir o incluso eliminar estos desvíos, es otra de las tareas fundamentales de la Dirección de Obra.

Estas cuestiones se analizan desde una perspectiva práctica y profesional en la guía del Director de obra. Dirección y proyecto de obra.

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