El nuevo CTE
incorpora, según destaca la Confederación Nacional de Instaladores
y Mantenedores (CNI), las siguientes novedades en materia de ‘Seguridad
en caso de incendio’ (DB-SI): en el DB-SI ha habido modificaciones en el
apartado de propagación exterior.
Seguridad en
caso de incendio
Las modificaciones
introducidas en el DB-SI hacen referencia al apartado de propagación
exterior y son:
La clase de
reacción al fuego de los sistemas constructivos de fachada que ocupen
más del 10% de su superficie será, en función de la
altura total de la fachada:
–D-s3,d0 en
fachadas de altura hasta 10 m;
–C-s3,d0 en
fachadas de altura hasta 18 m;
–B-s3,d0 en
fachadas de altura superior a 18 m.
Dicha clasificación
debe considerar la condición de uso final del sistema constructivo,
incluyendo aquellos materiales que constituyan capas contenidas en el interior
de la solución de fachada y que no estén protegidas por una
capa que sea EI30 como mínimo.
Los sistemas
de aislamiento situados en el interior de cámaras ventiladas deben
tener al menos la siguiente clasificación de reacción al
fuego en función de la altura total de la fachada:
– D-s3,d0 en
fachadas de altura hasta 10 m;
– B-s3,d0 en
fachadas de altura hasta 28 m;
– A2-s3,d0
en fachadas de altura superior a 28 m.
Debe limitarse
el desarrollo vertical de las cámaras ventiladas de fachada en continuidad
con los forjados resistentes al fuego que separan sectores de incendio.
La inclusión de barreras E 30 se puede considerar un procedimiento
válido para limitar dicho desarrollo vertical.
En aquellas
fachadas de altura igual o inferior a 18 m cuyo arranque inferior sea accesible
al público desde la rasante exterior o desde una cubierta, la clase
de reacción al fuego, tanto de los sistemas constructivos mencionados
en el punto 4 como de aquellos situados en el interior de cámaras
ventiladas en su caso, debe ser al menos B-s3,d0 hasta una altura de 3,5
m como mínimo.
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