LA VENTA
DE LAS SUBSIDIARIAS PROPIETARIAS DEL INMUEBLE.
La cadena de
subsidiarias hasta llegar a la propiedad del inmueble. Artículo
314 de la Ley del Mercado de Valores.
Del mismo modo,
las transacciones de activos son la forma más común en que
se ejecutan las inversiones inmobiliarias. Por lo general, desde el punto
de vista del comprador, una empresa extranjera (normalmente constituida
en la Unión Europea (UE)) incorpora o adquiere una sociedad interpuesta
(vehículo) de propósito especial (SPV) sujeto a la ley española
que, a su vez, directa o indirectamente a través de otro SPV española
de propiedad del primero, adquiere el activo.
Sin embargo,
las compras de acciones actualmente son casi tan populares como las compras
de activos inmobiliarios. Las compras de acciones de la sociedad propietaria
del inmueble fueron tradicionalmente rechazados debido a que la adquisición
de acciones correspondientes a más del 50 por ciento del capital
social de una empresa, de los cuales más del 50 por ciento de sus
activos eran propiedades inmobiliarias, estaba sujeta a un impuesto de
transferencia no recuperable que pagaría el comprador. El motivo
de la popularidad de los acuerdos de participación es la aplicación
del artículo 314 de la Ley del Mercado de Valores*. Este establece
que la transferencia de las acciones está sujeta a impuestos de
transferencia o IVA solo cuando la transferencia se ejecuta para evitar
pagar los impuestos aplicables en el caso de una transferencia directa
de la propiedad. En ofertas de acciones, el comprador suele ser un SPV
español también.
* La polémica
surgió inicialmente en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
y Actos Jurídicos Documentados (ITP), ya que el antiguo artículo
108 de la Ley del Mercado de Valores consideraba sujetas y no exentas a
dicho impuesto las transmisiones de valores correspondientes a "sociedades
inmobiliarias", esto es, sociedades cuyo activo estuviera compuesto en
más de un 50% por bienes inmuebles sitos en territorio español.
Esta regla
se interpretaba de forma objetiva y dio lugar a muchos litigios sobre cuestiones
como el concepto de inmuebles, la forma de calcular el porcentaje del 50%
y, especialmente, la posibilidad de excluir de su ámbito de aplicación
las transmisiones de valores de sociedades cuyos inmuebles representaban
la mayor parte del activo, pero que se transmitían como parte de
negocios en funcionamiento. Hoy día, y tras diversas reformas, puede
afirmarse que la redacción del artículo 314 de la nueva Ley
del Mercado de Valores (aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015)
es mucho más pacífica, afectando en general a transmisiones
indirectas de inmuebles que no se encuentran afectos a actividades económicas.
SPV <SPECIAL
PURPOSE VEHICLE (SPV) (SOCIEDAD VEHÍCULO) O APORTACIÓN DEL
INMUEBLE A LA JOINT VENTURE (SOCIEDAD CONJUNTA ENTRE INVERSOR Y PROMOTOR
INMOBILIARIO).
Finalmente,
en los últimos años, las empresas conjuntas entre propietarios
e inversionistas se han utilizado cada vez más como una estructura
de inversión.
En virtud de
lo mismo, el propietario transferiría la propiedad de un terreno
a un SPV < Special Purpose Vehicle (SPV) (Sociedad vehículo).
Término genérico con el que se suele designar a la sociedad
constituida ad hoc por los inversores> (generalmente, mediante transferencia
directa o contribución en especie (aportación del inmueble
a la Joint Venture (sociedades conjuntas entre inversor y promotor inmobiliario))
y, posteriormente, el inversionista adquiriría, generalmente a través
de otro SPV, un porcentaje en el Joint Venture (sociedades conjuntas entre
inversor y promotor inmobiliario).
La parcela
de terreno, ahora propiedad de la Joint Venture, sería promovida
por el anterior propietario o un tercero, a través de la ejecución
de un acuerdo de desarrollo entre el Joint Venture (como propietario, y
el anterior propietario o el tercero, como promotor.
FORWARD
PURCHASE Y FORWARD FUNDING
Del mismo modo,
los acuerdos de Forward Purchase y Forward Funding, que también
existen en otras jurisdicciones, se utilizan cada vez más. Estos
requieren que el vendedor que está desarrollando la propiedad inmobiliaria
se la entregue al comprador una vez que se haya completado. En los acuerdos
de Forward Funding, el comprador adquiere la propiedad del inmueble (suelo),
mientras que en los contratos de Forward purchase, el comprador solo adquiere
la propiedad sobre el activo una vez que se ha ejecutado la construcción.
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