Por su parte,
El Corte Inglés se reitera en que no ha incumplido la legalidad.
Y es que la señalada modificación trataba de regularizar
las ilegalidades de los grandes almacenes en los centros citados anteriormente.
En estos momentos,
la compañía estaría estudiando cómo llevar
a cabo la demolición parcial de estos centros, así como su
coste. Unas cifras que se moverían entre los 6 y los 12 millones
de euros. Sin embargo, la cifra sería mayor, ya que será
necesario el cierre de los centros comerciales mientras duren las obras.
De acuerdo con la sentencia, a El Corte Inglés de Serrano le sobran
6.500 metros cuadrados. Mientras que al de Campo de las Naciones (11.300
metros cuadrados) y Méndez Álvaro (7.500 metros cuadrados).
Así se pone punto y final a una larga batalla legal que comenzó
hace 7 años, en 2012, cuando Fernando Guerra López denunció
ante el TSJM la medida de la Comunidad de Madrid de ampliar “la edificabilidad
de los centro comerciales a cambio de la cesión de redes públicas
y zonas verdes”.
En total, hablaban
de 6.500 metros en la tienda de Serrano, 11.300 en la de Campo de las Naciones
y 7.500 en la de Méndez Álvaro. Según el mismo medio,
“la primera estimación de los costes de la destrucción física
—grúas, camiones y obreros— de los metros ilegales es de un mínimo
de seis millones y de un máximo de 12”.
La sentencia
afecta a los tres centros comerciales situados en pleno Madrid que el Tribunal
Supremo ha ordenado demoler parcialmente por exceso de edificabilidad.
Así lo aseguran fuentes judiciales, que afirman que el alto tribunal
ha rechazado el último recurso de casación presentado por
el grupo de grandes almacenes por un caso que se remonta a 2012.
Ese año,
Fernando Guerra López presentó una demanda ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
(TSJM) por permitir la Comunidad de Madrid el incremento de edificabilidad
a cambio de la cesión de redes públicas y de dos parcelas
en el distrito de Salamanca y en Vicálvaro, para zonas verdes y
equipamientos.
El TSJM declaró
nulo en junio de 2013 el acuerdo del Consejo de Gobierno de la CAM del
19 de enero de 2012, que aprobaba la modificación puntual del Plan
General de Ordenación Urbanística de Madrid de 1997 con relación
a las parcelas de la calle Serrano 47 (ECI Serrano), avenida de los Andes
50 (ECI Campo de las Naciones) y calle de la Retama 8 (ECI Méndez
Álvaro). En total, "25.300 metros cuadrados de edificalidad lucrativa
comercial" construidos de más, sobre los que El Corte Inglés
argumenta que cumplió la legalidad vigente.
Según
el confidencial, la citada modificación puntual venía a regularizar
las presuntas ilegalidades urbanísticas cometidas por El Corte Inglés
en los centros mencionados, relacionadas fundamentalmente con excesos de
edificabilidad. Tras la sentencia del TSJM, el grupo de grandes almacenes
presentó recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso
del Tribunal Supremo.
Pero esta institución
falló el 1 de julio de 2015 contra la CAM, contra el Ayuntamiento
de Madrid y contra la compañía, indicando que no había
lugar a tal reclamación. Al contrario, indicó que el Ayuntamiento
de Madrid había incumplido la Ley del Suelo de la comunidad, no
solo porque no justificó la idoneidad de la división del
suelo sino también porque incumplió las determinaciones mínimas
sobre reservas de aparcamiento. De esta forma, quedaba anulada definitivamente
la nueva edificación lucrativa comercial de las tiendas de El Corte
Inglés de Serrano (6.500 metros cuadrados cuadrados de más),
Campo de las Naciones (11.300 metros cuadrados) y Méndez Álvaro
(7.500 metros cuadrados).
Un año
más tarde, una persona identificada como don Plácido presentó
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid
una acción legal instando judicialmente la demolición del
exceso de metros construidos por El Corte Inglés en los citados
tres centros comerciales. El 6 de junio se dicta la sentencia que declara
la nulidad del silencio administrativo alegado por la compañía
para evitar el derribo. Además, declara la nulidad de las licencias
urbanísticas correspondientes, por no ser conformes a derecho, quedando
“consecuentemente sin efecto alguno dichas licencias y ordenando al ayuntamiento
y a Hipercor la demolición de lo construido al amparo de las mismas”.
El Corte Inglés
reaccionó con la presentación de un recurso de apelación
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, que el 20 de septiembre
de 2017 desestima íntegramente dicha petición y confirma
la sentencia del Juzgado n.º 29 que ordenaba el derribo, que la compañía
había considerado "incongruente" y "desproporcionado". El Tribunal
Superior de Justicia de Madrid subraya en su auto que "la consecuencia
jurídica de la realización de una obra o construcción
que no se acomoda al ordenamiento urbanístico es su demolición
como remedio al restablecimiento de la legalidad vulnerada".
El grupo presidido
ahora por Jesús Nuño de la Rosa prosiguió con su intento
de frenar la ejecución de la sentencia, por lo que presentó
en última instancia un recurso de casación ante el Tribunal
Supremo. Pero hace apenas un mes, esta institución ha declarado
"inadmisible" este requerimiento de El Corte Inglés, que ahora tiene
que negociar con el demandante y el juez cómo llevar a cabo la demolición
de los centros comerciales de Serrano, Campo de las Naciones y Méndez
Alvaro, tres de los más grandes y más productivos del 'holding'.
Según
distintas fuentes, la primera estimación de los costes de la destrucción
física —grúas, camiones y obreros— de los metros ilegales
es de un mínimo de seis millones y de un máximo de 12. Pero
el coste para El Corte Inglés es mucho mayor —no hay un cálculo
aproximado—, porque obligaría a cerrar dichos centros durante el
tiempo necesario para la demolición. Además, tendrá
que hacer frente a las costas del proceso, que ha durado siete años
y compensar por los 25.300 metros cuadrados edificados de más.
|