Por parte
del vendedor, delimita, cuantifica y adelanta el impacto de una posible
pérdida futura; evita el mantenimiento de responsabilidades en el
balance; evita ajustes de precio; evita conflictos en caso de no poder
dar manifestaciones y garantías; y elimina incertidumbres por el
grado de participación en la gestión anterior.
Clases de
seguros para protegerse contra descubiertos en ‘due diligence’
Existen dos
grandes bloques de seguros:
a. El seguro
de manifestaciones y garantías cubre las pérdidas derivadas
del incumplimento de las manifestaciones y garantías del vendedor
por hechos no conocidos.
Para protegerse
de contingencias desconocidas (seguro sobre las manifestaciones y garantías
del vendedor).
El seguro de
manifestaciones y garantías cubre las pérdidas derivadas
del incumplimento de las manifestaciones y garantías del vendedor
por hechos no conocidos (ya que el vendedor da una foto de la empresa y
garantiza que está en un estado determinado), los costes de defensa
y el fraude de las pólizas comprador.
Pero no se
cubren los hechos conocidos, los ajustes a precios, las multas y sanciones
no asegurables por ley, el fraude de las pólizas vendedor, previsiones
de futuro, la correcta financiación de fondos de pensiones y las
posibles cuestiones específicas de la operación.
El precio oscila
entre el 1 y el 3% del límite de responsabilidad solictado.
b. Seguro
de planificación fiscal, seguro de resultas de pleito y seguro de
cuestiones específicas
El otro seguro
sirve para protegerse de contingencias específicas (seguro de planificación
fiscal, seguro de resultas de pleito y seguro de cuestiones específicas).
c. Seguros
para contingencias específicas (planificación fiscal, resultas
de pleito y cuestiones específicas).
En cuanto a
los seguros para contingencias específicas (planificación
fiscal, resultas de pleito y cuestiones específicas) permiten reducir
o eliminar determinados riesgos específicos no materializados: los
fiscales (cuestiones legales o de interpretación normativa), contenciosos
(resultas de un litigio iniciado o amenazado) y de otra índole (laboral,
de derecho de la competencia, etc.); proporcionan certeza sobre el ‘cuánto’
de la contingencia adelantando el coste al momento de la operación;
resuelven situaciones de bloqueo en las negociaciones evitando otras posibles
soluciones, como avales o escrows; y cobertura y posible adelanto de los
gastos de defensa.
Su precio está
en más del 3% del límite de responsabilidad.
VENTAJAS DE
LOS SEGUROS PARA PROTEGERSE CONTRA DESCUBIERTOS EN ‘DUE DILIGENCE’
a. Adaptación
a las necesidades del cliente.
A pesar de
que es un seguro no excesivamente conocido, el proceso de contratación
es sencillo y con capacidad de adaptación a las necesidades del
cliente, desde la solicitud inicial hasta la emisión de la póliza.
b. El porcentaje
de reclamación puede llegar al 40%
Una de cada
siete pólizas suscritas tiene una reclamación y en periodos
de post-crisis el porcentaje puede llegar hasta el 40%; en tan solo el
5% de los casos las reclamaciones se basan en hechos fuera de la cobertura
de la póliza; además, en el 66% de los casos la reclamación
se produce dentro del primer año de vigencia del seguro.
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