Las exigencias
relativas a la eficiencia energética de los edificios establecidas
en los artículos 4, 5 y 6 de la Directiva 2002/91/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia
energética de los edificios, se transpusieron en el Real Decreto
314/2006, de 17 de marzo, incluyéndose en el Documento Básico
de Ahorro de Energía. Posteriormente se aprobó la Directiva
2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010,
relativa a la eficiencia energética de los edificios, que modificó
y refundió la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética
de los edificios, lo que motivó la actualización del Documento
Básico DB-HE de «Ahorro de Energía» mediante
la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, modificado posteriormente
mediante la Orden FOM/588/2017, de 15 de junio, para terminar de adaptar
su contenido a la citada Directiva. La Directiva 2010/31/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia
energética de los edificios, ha sido modificada por la Directiva
(UE) 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018,
por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia
energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa a
la eficiencia energética. La Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, no es objeto de trasposición
en este real decreto.
La Directiva
2010/31/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010,
relativa a la eficiencia energética de los edificios, establece
la obligación de revisar y actualizar los requisitos mínimos
de eficiencia energética periódicamente, a intervalos no
superiores a cinco años, con el fin de adaptarlos a los avances
técnicos del sector de la construcción. Por ello, se hace
necesaria esta nueva revisión del Documento Básico DB-HE
de «Ahorro de Energía». En esta revisión se introducen
modificaciones en la estructura de las exigencias básicas para adaptarlas
a la normativa europea, se revisan los valores mínimos de eficiencia
energética que deben cumplir los edificios y se actualiza la definición
de edificio de consumo de energía casi nulo.
Por otro lado,
el 5 de diciembre de 2013 se aprobó la Directiva 2013/59/EURATOM
del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas
de seguridad básicas para la protección contra los peligros
derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, y se derogan
las Directivas 89/618/Euratom, 90/641/Euratom, 96/29/Euratom, 97/43/Euratom
y 2003/122/Euratom.
En esta Directiva
se obliga a los Estados miembros a establecer niveles nacionales de referencia
para las concentraciones de radón en recintos cerrados y a adoptar
medidas adecuadas para limitar la penetración del radón en
los edificios.
Como consecuencia
de lo anterior y para la transposición parcial de esta Directiva,
mediante este real decreto se introduce una nueva exigencia básica
de salubridad HS 6, de protección frente al gas radón, por
la cual se obliga a que, en los edificios situados en los términos
municipales en los que se ha apreciado un nivel de riesgo no despreciable,
se dispongan los medios adecuados para limitar el riesgo previsible de
exposición inadecuada en su interior, a radón procedente
del terreno. Dicha exigencia básica es desarrollada mediante la
inclusión de una nueva sección en el documento básico
DB HS de «Salubridad», donde se caracteriza y cuantifica la
exigencia, y se establecen los criterios para la verificación y
justificación de su cumplimiento.
Asimismo, teniendo
en cuenta los efectos que sobre los cerramientos exteriores del edificio
podrían derivarse del incremento de las nuevas exigencias reglamentarias
de eficiencia energética, se realizan algunas modificaciones en
el Documento Básico DB SI de «Seguridad en caso de incendio»,
para limitar adecuadamente el riesgo de propagación del incendio
por el exterior del edificio.
Por último,
también se incluye en este real decreto una actualización
de las referencias normativas en algunos de los Documentos Básicos
del CTE.
Este real decreto
se adecúa a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia establecidos en
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Respecto
a los principios de necesidad y eficacia, la norma da respuesta a la obligación
de trasposición al ordenamiento jurídico nacional de las
directivas europeas y se adecúa a objetivos de interés general,
como el de limitar el riesgo de exposición a altas concentraciones
de radón de los usuarios de los edificios y el de reducir los consumos
energéticos en los edificios limitando la vulnerabilidad de sus
usuarios. Todo ello redundará en unas mejores condiciones de seguridad
y habitabilidad para las personas, el bienestar de la sociedad y la protección
del medio ambiente. La norma es coherente también con el principio
de proporcionalidad, ya que supone el medio necesario y suficiente para
desarrollar los mandatos legales contemplados en los citados preceptos,
pero no supone una innovación que pueda ser innecesaria o exceda
de los requisitos legales, ni conlleva restricción de derechos a
los ciudadanos. La norma cumple con los principios de seguridad jurídica,
al seguir su elaboración los trámites fijados en la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno, y de transparencia, ya que identifica
claramente su propósito y la memoria, accesible a la ciudadanía,
ofrece una explicación completa de su contenido. Finalmente, es
también adecuada al principio de eficiencia, ya que no impone cargas
administrativas.
DOCUMENTO BÁSICO
DE AHORRO DE ENERGÍA Y LA NUEVA SECCIÓN DEL DOCUMENTO BÁSICO
DE SALUBRIDAD DEDICADA A LA PROTECCIÓN DE LOS EDIFICIOS FRENTE A
LA EXPOSICIÓN AL GAS RADÓN.
La modificación
viene a adaptar el Código a nuevas exigencias que mejorarán
las prestaciones de los edificios tanto en relación a la eficiencia
energética de estos como en relación a la salud, el confort
y la seguridad de los usuarios. El Real Decreto se ha aprobado después
de ser sometido a un intenso proceso de audiencia e información
pública, con una importante participación de los sectores
afectados.
El nuevo ´Documento
Básico de Ahorro de Energía (DBHE) ´, este documento
se alinea con las recientes iniciativas legislativas tanto nacionales como
europeas encaminadas al ahorro de energía en los distintos sectores
y el fomento de las energías procedentes de fuentes renovables.
Tal y como
indica el Ejecutivo, los edificios nuevos que se realicen a partir de la
entrada en vigor del nuevo reglamento tendrán una alta eficiencia
energética, lo que, sumado a la mayor contribución de energía
procedente de fuentes renovables, supondrá una reducción
del consumo de energía, respecto a los actuales, de en torno a un
40% de media.
Con el nuevo
DB-HE se mejorará la calidad de las envolventes térmicas
de los edificios y se fomentará el uso de las tecnologías
más eficientes y sostenibles para su acondicionamiento, lo que permitirá
alcanzar unas condiciones adecuadas de confort con el mínimo gasto
energético.
El Documento
revisa y actualiza las exigencias reglamentarias de eficiencia energética
de los edificios en cumplimiento de lo establecido por la Directiva 2010/31/UE,
que establece la obligación de realizar esta revisión periódicamente.
La revisión de las exigencias en materia de ahorro de energía
y de incorporación de energía procedente de fuentes renovables
en el sector de la edificación resulta además imprescindible
para el progresivo avance hacia una economía baja en carbono competitiva
en 2050, objetivo con los que se ha comprometido España a través
de acuerdos internacionales en las últimas Cumbres del Clima.
La nueva sección
del ´Documento Básico de Salubridad', la sección HS6
´Protección frente a la exposición al radón´
es una trasposición parcial de la Directiva 2013/59/EURATOM del
Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de
seguridad básicas para la protección contra los peligros
derivados de la exposición a radiaciones ionizantes. En esta nueva
sección del Código se recogen las medidas reglamentarias
para limitar la penetración del radón en los edificios en
función del municipio en que se ubiquen. Con todo ello, se limita
la exposición de las personas al gas radón, reduciendo así
los riesgos asociados a la misma.
El Real Decreto
aprobado recoge, además, cambios en el ´Documento Básico
de Seguridad en caso de Incendio´, que permitirá conciliar
la necesaria prevención de la propagación del fuego a través
de las fachadas de los edificios con las nuevas exigencias de ahorro energético,
así como con la innovación tecnológica del sector.
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