Ambas normas
fueron las primeras en fijar la realización obligatoria de auditorías
energéticas en los edificios y en las empresas, además de
implantar la etiqueta de eficiencia. Estos requisitos fueron posteriormente
implantados a escala nacional por dos reales decretos de 2013 y 2016, reguladores
del procedimiento básico para la certificación. En el caso
del decreto andaluz de 2011, su derogación elimina también
la duplicidad en la exigencia de elaborar planes de gestión de energía
en industrias y edificaciones, ya recogida a nivel estatal.
Con el mismo
objetivo de simplificación, también queda sin efecto el decreto
vigente desde 2008 sobre procedimientos administrativos vinculados a la
energía solar fotovoltaica. Esta norma se basaba en una estatal
de 2007 que fue sustituida en 2014 por otra a la que, a partir de ahora,
se atendrán las nuevas instalaciones.
Por su parte,
la declaración de inversiones de interés estratégico
para los nuevos proyectos de renovables, igualmente incorporada en el decreto
ley, permitirá agilizar al máximo la tramitación medioambiental
y sectorial de las solicitudes para las dos subastas que el extinto Ministerio
de Energía, Turismo y Agenda Digital convocó en 2017. Esta
figura se recoge en la ley autonómica aprobada en 2011 para el fomento
de las inversiones empresariales y de la actividad económica en
la comunidad.
La medida viene
motivada por la actitud restrictiva que la Administración central
adoptó respecto a las referidas subastas, que no tuvieron en cuenta
el alto potencial andaluz en recursos renovables y sólo asignaron
a la comunidad el 5,5% y el 14% del total de proyectos nacionales de cada
convocatoria. Además, los promotores cuentan con plazos muy ajustados
para cumplimentar las tramitaciones sectoriales y ambientales (6 de agosto
y 15 de octubre de 2018), por lo que el Gobierno andaluz ha optado por
impulsar, con todos los medios al alcance de sus competencias, aquellas
iniciativas que sean viables en términos económicos, sociales
y ambientales.
El decreto
ley autoriza a las consejerías de Empleo, Empresa y Comercio y de
Medio Ambiente y Ordenación de Territorio la contratación
de personal interino para atender la agilización de procedimientos
prevista.
Actualmente
hay solicitados en Andalucía 159 proyectos de energías renovables
a Red Eléctrica de España, para un total de 6.570 megavatios
de potencia. A partir de la aprobación del decreto ley, la Administración
autonómica conocerá cuántos de ellos han sido aprobados
en las subastas para poder ser declarados inversiones de interés
estratégico.
El decreto
ley aprobado por el Consejo permitirá mantener el ritmo de desarrollo
de las renovables en Andalucía, cuyo consumo ha aumentado desde
2005 en un 240%, frente al 100% nacional. Durante el mismo periodo, la
comunidad ha registrado una disminución del 26% en el uso de combustibles
fósiles.
Actualmente,
las energías limpias aportan el 17,6% del consumo bruto final, el
39% de la generación eléctrica y el 40% del consumo de electricidad.
Andalucía es líder nacional en termosolar de alta temperatura,
con el 43% de los 2.300 megavatios instalados en España, y ocupa
el segundo lugar en potencia fotovoltaica (890). La comunidad dispone de
más de un millón de metros cuadrados de paneles.
Aprobado el
decreto ley que simplifica y agiliza los trámites de proyectos estratégicos
para Andalucía
25 MILLONES
Y 50 PUESTOS
También
en esta primera etapa se facilita que proyectos de menor envergadura inversora
puedan acogerse a esta consideración, rebajando el importe a 25
millones de euros; y los puestos de trabajo a 50. Además, contempla
la posibilidad de que otras iniciativas empresariales que no cumplan con
esos mínimos puedan ser analizadas por si pueden contribuir al desarrollo
económico y al empleo. Asimismo, esta nueva regulación elimina
ambigüedades y simplifica la documentación exigida a los promotores
de las iniciativas.
Por otro lado,
el decreto ley reduce los trámites que se han de cumplir en todo
este proceso, al centralizar en la Consejería de Economía,
Conocimiento, Empresas y Universidad la remisión de las solicitudes,
que hasta ahora se presentaban en cada uno de los departamentos de la Junta
con competencia en las materias correspondientes.
Igualmente,
a partir de esta norma, será la Comisión de Política
Económica la encargada de iniciar el procedimiento y, además,
según establece el texto, tendrá el plazo de un mes para
informar y recabar del conjunto de consejerías la valoración
inicial del proyecto respecto a su viabilidad administrativa.
A su vez, este
órgano, tras disponer de toda la información necesaria, remitirá
en diez días el informe sobre el proyecto que servirá de
base para que la Comisión Delegada para Asuntos Económicas
proceda, en su caso, a declarar de interés estratégico para
Andalucía la propuesta presentada.
FASE DE IMPLANTACIÓN
Y UNIDAD ACELERADORA
Una vez que
los proyectos son declarados de interés estratégico, la Unidad
Aceleradora que se crea con esta normativa se encargará de que la
Administración cumpla sus plazos en la emisión de informes
y autorizaciones. Dicha unidad impulsará y coordinará las
actuaciones de inversión para lograr una tramitación preferente
y urgente, estableciéndose, con carácter general, la reducción
de los plazos a la mitad.
Esta figura,
que quedará adscrita a la Consejería de la Presidencia, Administración
Pública e Interior, contará con la participación y
asistencia de personal experto de las distintas consejerías y entidades
instrumentales con competencias sobre los procedimientos que afecten a
los proyectos de inversión.
MODIFICACIÓN
DE LA LOTA
Este decreto
ley también introduce cambios en la Ley de Ordenación del
Territorio de Andalucía, derogando el artículo 41 y modificando
los artículos 38 y 39. De esta forma se le da a la regulación
existente una mayor claridad y seguridad jurídica, sobre todo en
actuaciones relacionadas con el urbanismo.
Con esta reforma,
las inversiones declaradas de interés estratégico podrán
tener la consideración de interés autonómico, sin
perjuicio de que esa actuación empresarial requiera o no de modificación
del planeamiento urbanístico.
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