El Decreto
tiene por objeto regular el Programa de Intermediación en el Mercado
de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa),
dirigido a facilitar que las viviendas de titularidad privada se incorporen
al mercado del arrendamiento a un precio asequible para las personas arrendatarias.
A través
del Programa de Intermediación en el Mercado de Alquiler de Vivienda
Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa), el Departamento competente
en materia de vivienda garantiza a las personas arrendadoras de las viviendas
incluidas en él, el cobro de las rentas, la defensa jurídica
y la reparación de desperfectos derivados de los daños ocurridos,
y que no sean como consecuencia del deterioro por el uso o el paso del
tiempo, mediante la contratación de las pólizas de seguro
necesarias para cubrir estas contingencias.
También
garantiza a las personas inscritas en el Registro de Solicitantes de Vivienda
que las rentas iniciales de las viviendas incluidas en él no excederán
de los límites establecidos en este Decreto, sin perjuicio de su
actualización.
El Departamento
competente en materia de vivienda desarrolla el Programa de Intermediación
en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko
Prezioa) por medio de una red de intermediarios homologados que actuarán
como Agentes Colaboradores del Gobierno Vasco, y de su página web,
en la que se publicitarán las viviendas y se recibirán las
solicitudes de las personas interesadas en acceder a ellas.zzzDecreto 144/2019,
de 17 de septiembre, por el que se regula el Programa de Intermediación
en el Mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko
Prezioa) (BOPV de 30 de septiembre de 2019).
CARACTERÍSTICAS
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El desarrollo
del Programa se llevará a cabo por medio de una red de intermediarios
homologados que actuarán como agentes colaboradores del Gobierno
vasco, que deberán cumplir con lo dispuesto en D País Vasco
144/2019 art.3 s., y de su página web, en la que se publicitarán
las viviendas y se recibirán las solicitudes de las personas interesadas
en acceder a ellas.
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Además
de la figura del agente colaborador, se regulan profusamente los requisitos
de las viviendas que pueden incorporarse al Programa y los derechos, obligaciones
y requisitos que competen a propietarios y solicitantes de viviendas (D
País Vasco 144/2019 art.15 s.).
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Para poder solicitar
una vivienda de este Programa, el solicitante debe acreditar unos ingresos
brutos anuales entre 15.000 y 39.000 euros. La renta de la vivienda no
podrá superar el 30% de los ingresos brutos anuales del solicitante.
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