De momento la Consejería está trabajando
en una la nueva ley del cambio climático que seguramente conllevará
una reforma de la ley del suelo para que los planes urbanísticos
tengan que prever una evaluación en cada municipio de las emisiones
de gases de efecto invernadero en la ordenación urbanística,
así como fijar los suelos urbanos neutros en emisiones.
Otro cambio afectará a las grandes infraestructuras
que se han previsto pero no se han ejecutado, ya que según el nuevo
gobierno, la ley del suelo de Canarias (Ley 4/2017) prioriza lo sectorial
sobre la ordenación del territorio, lo que quiebra el urbanismo
y la planificación territorial para permitir infraestructuras. A
la ley del Suelo de Canarias se le añadirá el calificativo
de “Ley del Territorio” como término más amplio que incluye
también el mar y el aire y no solo el suelo, una denominación
que figuraba ya desde la primera ley de Ordenación del Territorio
de 1999 y que se mantuvo vigente hasta 2017.
Durante los dos años de vigencia de la ley
del suelo de Canarias (Ley 4/2017) no ha sido aprobado ningún plan
general municipal en este tiempo y los trámites se han ralentizado
por problemas de interpretación. Hay ejemplos como el Plan Insular
de Lanzarote, que data de 1991, el plan general de San Bartolomé
de Tirajana, que es el de 1996 o Mogán, aún con normas subsidiarias,
que demuestran que la actual ley sigue sin resolver los principales problemas.
La Comisión de Ordenación del Territorio
y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) desapareció con la entrada
en vigor la ley del suelo de Canarias (Ley 4/2017). Antes de esta norma,
los planes se enviaban directamente al Cotmac y ahora el pleno municipal
es el único que puede enviar un planeamiento a ese órgano.
Con lo cual existe un trámite más porque es necesario primero
tramitar un expediente para el pleno y pedir autorización; después
el órgano ambiental propio emite un informe que hay que llevar de
nuevo a pleno y, cuando pasan los 45 días de exposición pública,
se lleva al pleno de nuevo. Esto supone pasar tres veces por el pleno,
lo que antes se enviaba directamente a la Cotmac.
El nuevo gobierno quiere una ley del suelo con
menos supuestos y que si hay una construcción en suelo agrícola
tenga que estar vinculada a esa actividad, ya que podría entenderse
que es posible construir en el campo cualquier centro que desarrolle una
actividad “que esté vinculada a los ingresos del agricultor”, con
lo cual se podría edificar en plena zona rural un colegio privado
o un hospital, por ejemplo. Esto debe matizarse.
Con la actual ley desapareció la figura
de las calificaciones territoriales y todo lo que se opere en el suelo
rústico queda en manos de los ayuntamientos. Se trata de uno de
los puntos donde mayor cantidad de dudas se produce ya que hay ayuntamientos
que no tienen suficiente personal para hacerle frente.
Pero la gran crítica de la ley del suelo
de Canarias (Ley 4/2017) es la falta de jerarquización, ya que un
plan general de ordenación urbana puede contradecir el Plan Insular
de Ordenación del Territorio generando inseguridad jurídica.
Otro defecto es que el ayuntamiento puede desestimar
la pretensión de un promotor por considerarla dañina para
la ciudad o que no le conviene, pero este puede acudir al Gobierno autonómico
y amparándose en las excepcionalidades declararlo de interés
general. Del mismo modo, un gobierno municipal puede considerar que ese
proyecto no le interesa y cambiar de gobierno y entender que sí
es de interés general.
Por otro lado, la ralentización en los planes
urbanísticos considera que también tiene como consecuencia
la parálisis en uno de los principales problemas de Canarias, la
vivienda. |