Nora García
es la presidenta de la Asociación de Inmobiliarias de la Comunitat,
también está al frente de la federación estatal. Así
resume el cambio normativo: «Antes sólo había un número
limitado de VPO bajo el tanteo y retracto. Ahora todas las viviendas con
calificación definitiva vigente están sujetas al tanteo y
retracto. Hablamos de miles de casas» dice en declaraciones a las
provincias.
La repentina
norma ha generado, en opinión de García, «una situación
de bloqueo e inseguridad» entre quienes quieren vender una de esas
VPO o, lo que es peor, ya han iniciado el proceso con contratos de por
medio y «de golpe y porrazo no saben ya si pueden hacerlo o cómo
al estar sujeta la operación a nuevas y poderosas restricciones».
«La vivienda
no puede estar sujeta a tanta improvisación. Exigimos a los políticos
una mejor planificación»
Según
revela García, «los bancos han suspendido firmas de hipotecas
para las compras de esas VPO». Y añade: «El registrador,
para poder inscribir la venta, tiene que pedir el documento que certifique
que la Generalitat no va a ejercer el derecho de tanteo y retracto. Los
agentes implicados quieren hacer las cosas bien y, en medio, hay un comprador
y un vendedor en la incertidumbre».
La voz de las
inmobiliarias destila indignación: «Vamos de disgusto en disgusto,
de susto en susto... Podrían ser cientos las compraventas paralizadas...
Cambian leyes y sin previo aviso». Como lamenta García, «con
esto nos desayunamos en Reyes. La vivienda no puede estar sujeta a improvisación.
Pedimos a los políticos que se lo tomen en serio. Los profesionales
y consumidores merecen una mejor organización». García
recrimina a la Generalitat «que no cuente con los profesionales antes
de dictar leyes de vivienda, de venta o de alquiler».
Similar asombro
y críticas por parte de Vicente Díez, portavoz del Colegio
de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API). «¿Cómo
es posible que se saque la norma el 28 de diciembre y entre en vigor el
1 de enero? ¿Es que no tienen en cuenta que se han firmado contratos
de arras entre noviembre y diciembre que afectan a esas casas?»,
se pregunta.
Desde su punto
de vista, se genera una «impotencia e indefensión en propietarios
y compradores con un contrato firmado bajo un escenario legal que ahora
cambia por completo». Según Díez, «el jaleo se
podría haber evitado sencillamente con un periodo transitorio de
dos o tres meses antes de la entrada en vigor de la modificación
legal».
«Cuando
se pone una norma hay que pensar las cosas. Hay profesionales y personas
en medio»
Coincide con
García en que los afectados a nivel autonómico pueden ser
cientos.
«En Vivienda
lo sabrán, que es allí donde los propietarios están
mandando las solicitudes para que les digan si pueden o no vender sus casas
o se la queda la Generalitat, con el comprador en vilo». Según
Díez, la conselleria «está rechazando de momento ejercer
el tanteo para intentar agilizar las cosas en medio del embrollo y no fastidiar
más a unos y otros».
A consultas
de LAS PROVINCIAS, Vivienda no facilitó la cifra del aluvión
de consultas de vendedores afectados. Los funcionarios están desbordados,
como admite la propia conselleria: «Debido a la gran cantidad de
solicitudes, hemos destinado el personal necesario para normalizar la situación
y se va a pedir un refuerzo de personal urgente». En resumen, no
dan abasto.
EL PROCESO-
TANTEO Y RETRACTO
El tanteo otorga
derecho a la Generalitat a adquirir de manera preferente una vivienda de
VPO, en las condiciones que recoge la ley, antes de su venta. El retracto
supone la posibilidad de esa adquisición por parte de la Administración
cuando ya se ha vendido.
La notificación
En el tanteo,
el propietario de la VPO en cuestión debe notificar a la Generalitat
su decisión de vender indicando precio, condiciones de la transmisión
y datos del interesado. Los efectos de la notificación caducarán
a los seis meses, según la norma autonómica.
60 días
de espera
La Generalitat
se reserva ese tiempo para decidir si ejerce o no el derecho de tanteo,
es decir, si le interesa la casa. Podrá comunicar su renuncia antes
de dicho plazo y el derecho caducará si no se ejecuta en el tiempo
establecido, describe la modificación legal.
Periodo de
pago
Si finalmente
la Generalitat dice se queda con la VPO, el dueño aún podría
llegar a esperar hasta cuatro meses para cobrar. Sólo en el supuesto
de procedimientos de ejecución patrimonial el plazo de pago que
se da la Administración se reduce a dos meses.
La Generalitat
justifica el cambio legal en la necesidad de «aumentar el parque
público de vivienda». En cuanto al caos suscitado, se ampara
en que cualquier cambio normativo «puede generar dudas en los primeros
días sobre su aplicación». Y, dicen, van a mover ficha
con «una instrucción que resuelva dudas, defina los criterios
de aplicación e identifique las viviendas que son de interés
para la Generalitat». Eso sí, con la norma ya en marcha.
El departamento
autonómico asegura que director general de Vivienda, Rafa Briet,
ha contactado ya con asociaciones y colegios profesionales «para
informarles de los pasos que va a dar la conselleria».
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