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26 de diciembre de 2018
 
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EL ERROR DE LOS 7 AÑOS EN EL DECRETO DE ARRENDAMIENTOS URBANOS.
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  • La prolongación a 7 años, cuando el arrendador es una persona jurídica, está siendo analizado por los inversores, que en algunos paros podrían vender en lugar de alquilar.
La Asociación Profesional de Expertos Inmobiliarios (APEI) cuestiona la eficacia de las nuevas medidas del Gobierno en materia de vivienda y alquiler, ya que considera que "no facilitarán el aumento de la oferta de pisos de alquiler, ni favorecerán la contención de los precios".

Así lo ha explicado en una entrevista con Efe su presidente, el empresario riojano Óscar Martínez, en relación al Real Decreto Ley de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que entró en vigor el pasado día 19, y que no fija límites a los precios de los alquileres.

Para la APEI, que agrupa a 1.200 agencias inmobiliarias en activo en toda España, "lo único que puede hacer bajar los precios del alquiler es el aumento de la oferta y que los pisos vacíos salgan al mercado", ha precisado.

Esta nueva norma, que modifica, entre otras, la Ley de Arrendamientos Urbanos, ha dicho, "no favorece una mayor oferta de pisos de alquiler porque no se contemplan medidas efectivas de protección a los propietarios particulares de viviendas vacías".

"Más bien lo contrario: va a haber menos arrendadores que pongan su vivienda en alquiler", ha enfatizado Martínez, quien también ha asegurado que las medidas adoptadas "desequilibran la posición jurídica entre arrendador y arrendatario" y "los estímulos fiscales propuestos apenas tienen trascendencia y no aumentarán la salida de inmuebles al mercado del alquiler". El hecho de que la duración obligatoria mínima en el arrendamiento de vivienda pase de 3 a 5 años "puede favorecer a los particulares", ha proseguido.

Sin embargo, ha asegurado que "la prolongación a 7 años, cuando el arrendador es una persona jurídica, es un error", ya que "frenará la salida de viviendas a alquiler e incluso podríamos ver cómo estas sociedades o empresas optan más por la venta que por el alquiler".

Otra de las medidas contrarias a la promoción del alquiler, según los Expertos Inmobiliarios, es la limitación de las garantías adicionales para los propietarios que alquilan, ha dicho Martínez. La nueva norma, ha explicado, "limita las garantías que debe presentar el inquilino a la fianza de un máximo de dos mensualidades".

Hasta la entrada en vigor de las nuevas medidas, ha recordado, "en determinadas situaciones económicas, el inquilino, a la firma de un nuevo contrato, podía presentar un aval o depósito bancario para acreditar su solvencia para el pago de las rentas".

Sin embargo, "suprimir esta fianza adicional es un error porque permitía al propietario alquilar cuando el inquilino estaba afectado por situaciones transitorias que podían alterar unos ingresos regulares", ha precisado. Además, ha enfatizado que "también perjudica a los inquilinos pues pueden ver que sin estos avales complementarios no puedan acceder al alquiler".

Para los Expertos Inmobiliarios, la norma también "olvida que muchos de arrendadores son personas físicas que han adquirido la propiedad de su vivienda con muchos esfuerzos y que necesitan imperiosamente los ingresos provenientes del alquiler", ha dicho.

Otro aspecto que para los Expertos Inmobiliarios pueden "complicar" la salida de pisos en alquiler, ha agregado Martínez, es la modificación que contempla la posibilidad de paralizar durante uno o dos meses los procedimientos de desahucio, en caso de situaciones de vulnerabilidad del inquilino.
 

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