CAMBIOS
MÁS IMPORTANTES DE LA LEY
LOS BANCOS
ASUMEN TODOS LOS GASTOS DE LA FIRMA
Uno de los
cambios más destacados que traerá el texto es que los bancos
serán los encargados de asumir todos los gastos ligados a la firma
del préstamo hipotecario, como el Impuesto de Actos Jurídicos
Documentados (AJD), los gastos de la escritura, la gestoría y el
arancel notarial. El cliente, por su parte, solo tendrá que pagar
la tasación de la vivienda (requisito indispensable para que el
banco conceda la hipoteca), así como las copias de la escritura
que solicite. Los expertos calculan que estos cambios supondrán
para el hipotecado un ahorro de entre el 1% y el 2% del precio final de
la casa, aunque seguirá asumiendo una partida muy costosa: los gastos
e impuestos de la compraventa.
Las cajas rurales,
que hasta ahora estaban libres de pagar el impuesto hipotecario (AJD),
se equiparan a las demás entidades de crédito y también
deberán asumirlo.
BAJAN LAS COMISIONES
POR AMORTIZACIÓN ANTICIPADA
A partir de
la entrada en vigor de la normativa, el cliente pagará menos comisiones
si decide cancelar el préstamo de forma anticipada. Las penalizaciones
dependerán del momento en el que se produzca la amortización
y del tipo de hipoteca que tenga.
En el caso
de un préstamo a tipo de interés variable, el nuevo límite
es del 0,25% a partir del tercer año de vida de la hipoteca, mientras
que pasará al 0,15% pasados los cinco años. En el caso de
los préstamos a tipo fijo, más cara para una entidad financiera
porque le exige cubrirse del riesgo de cambios en los tipos de interés,
el nuevo techo estará en el 2% durante los 10 primeros años,
y bajará al 1,5% a partir de entonces. Así, las comisiones
se reducen respecto a las contempladas en la ley que diseñó
Luis de Guindos cuando estaba al frente del Ministerio de Economía:
su normativa ya contemplaba una rebaja respecto a los niveles actuales,
aunque más moderadas.
SE AMPLÍA
EL PLAZO PARA QUE SE PUEDA EMBARGAR UNA CASA
Otra de las
novedades que incluye la ley y que ha sido pactada por las diferentes fuerzas
políticas es que los bancos no podrán activar la llamada
cláusula de vencimiento anticipado hasta que el impago del cliente
supere las 12 mensualidades o el importe a deber supere el 3% del préstamo
durante la primera mitad de vida de la hipoteca. Pasado ese momento, el
plazo es de 15 mensualidades o del 7% del importe del préstamo.
De nuevo, este cambio da mayor margen a los clientes respecto a lo que
planteaba el Gobierno de Mariano Rajoy y retrasa el proceso de desahucio.
LAS SUBROGACIONES,
SOMETIDAS A IMPUESTOS
Hasta ahora,
mover un préstamo de un banco a otro está libre de impuestos,
lo que significa que disfrutan de una tributación más favorable
que las nuevas hipotecas. Sin embargo, los gastos que genere este cambio
deben ser asumidos por ambas entidades (la que tiene el préstamo
y la que lo tendrá a partir de la subrogación), aunque dependerán
de la duración de la hipoteca y del momento en el que se produzca
el traspaso. La base que se usará para calcular el tributo es la
deuda pendiente más los correspondientes intereses.
LAS HIPOTECAS
VERDES
Otra de las
novedades de la normativa es que las viviendas eficientes o que usan energía
renovable pueden optar a las llamadas 'hipotecas verdes', que están
exentas de pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
Según el diario El Mundo, esta regulación específica
ha sido una propuesta del Partido Popular y permite inscribir el préstamo
en el Registro de la Propiedad en cualquier momento, mientras esté
vigente.
SE PROHÍBEN
LOS PRODUCTOS VINCULADOS OBLIGATORIOS
Esta medida
ya estaba contemplada en el texto de Luis de Guindos y su objetivo es que
los bancos no puedan obligar a los clientes a contratar productos a cambio
de concederles la hipoteca. Ahora bien, sí podrán ofrecer
productos cuya contratación suponga una mejora de las condiciones
del préstamo, lo que se conocen como ofertas combinadas. Por ejemplo,
que si contrata el seguro de la casa o de vida la entidad decida bajarle
el diferencial.
El Banco de
España será el encargado de vigilar las praxis del sector
financiero y de detectar posibles productos vinculados disfrazados de combinados.
Así, el regulador de la banca podrá avalar ciertos productos
siempre y cuando puedan ser beneficiosos para cliente o se trate de un
seguro que cubra los daños en el inmueble o los posibles impagos.
LAS CLÁUSULAS
ABUSIVAS, PROHIBIDAS POR LEY
El anterior
Ejecutivo ya decidió crear una lista negra de cláusulas de
las hipotecas, después de que los tribunales nacionales y el Tribunal
de Justicia de la Unión Europea (TJUE) las declararan abusivas y,
por tanto, nulas. Las cláusulas suelo, por ejemplo, estarán
prohibidas por ley una vez que entre en vigor la normativa, a pesar de
que son legales siempre que haya constancia de que el cliente entiende
sus consecuencias.
EL CLIENTE
DEBE ACUDIR AL NOTARIO ANTES DEL DÍA DE LA FIRMA
Otra de las
novedades que instauró el Gobierno de Rajoy es que los clientes
deberán acudir al notario antes del día de la firma de la
hipoteca para repasar las condiciones del préstamo (el banco debe
entregarle el borrador 10 días antes de la fecha prevista de la
firma) y que el notario pueda comprobar que se ajustan a la legalidad vigente.
Estas visitas serán gratuitas y vendrán acompañadas
de un acta firmada por el cliente para que qeude constancia de que entiende
las condiciones y consecuencias.
SE ABARATAN
LAS CONVERSIONES DE HIPOTECA VARIABLE A FIJA
Otro de los
puntos del texto anterior es que la nueva ley facilitará los cambios
de hipotecas variables a fijas. ¿Cómo? Incentivando estas
conversiones a través de una rebaja de la comisión máxima
que se debe pagar. Ahora bien, si Luis de Guindos fijó el límite
en el 0,25%, ahora el tope se reduce al 0,15%.
REFUERZO A
LA SOLVENCIA
Hay otra novedad
que afecta a los bancos es que deben reforzar el análisis de solvencia
que hacen de los clientes antes de concederles un préstamo hipotecario,
con el fin de reducir el riesgo de impago. Así, será obligatorio
que las entidades consulten el historial del cliente en la Central de Información
de Riesgos del Banco de España.
DACIÓN
EN PAGO
A pesar de
que estaba previsto que las fuerzas políticas negociaran la inclusión
de la dación en pago en el texto (esto es, que el cliente pueda
saldar su deuda con la entrega de la casa), el texto definitivo no establece
que los nuevos préstamos hipotecarios deban incluir obligatoriamente
esta alternativa.
PENDIENTE
DE TRANSPOSICIÓN DE LA DIRECTIVA
Estas son las
medidas clave que no se han contemplado en la nueva Ley hipotecaria:
•
Establecer una regulación sobre el sistema de cálculo de
la Tasa Anual Equivalente (TAE).
• Reglas para
regular la publicidad bancaria referida a los préstamos hipotecarios.
• Normativa
sobre la evaluación de solvencia de los consumidores y tasación
de inmuebles.
• No ha incluido
el desarrollo de la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN).
• No ha incluido
la obligación de la redacción de una hoja específica
de advertencias sobre la cláusulas hipotecarias que entregará
las entidades bancarias a los posibles clientes hipotecarios.
• La formalización
de los empleados que comercializan las hipotecas, simulacros sobre variaciones
de cuotas y tipos de interés, elaboración de un contrato
hipotecario estándar.
El resto de las
medidas que se establecen dentro de la directiva europea se vayan incorporando
mediante reales decretos u órdenes ministeriales a la nueva Ley
hipotecaria. |