El Consejo
de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia
de vivienda y alquiler que contempla un conjunto de medidas de carácter
urgente para mejorar el acceso a la vivienda y favorecer el alquiler asequible.
La nueva norma comprende modificaciones en cinco normas: la Ley de Arrendamientos
Urbanos, la Ley sobre Propiedad Horizontal, la Ley de Enjuiciamiento Civil,
el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el Texto
Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos
Jurídicos Documentados.
Se modifica
la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, para habilitar
la posibilidad de que, por mayoría cualificada de tres quintas partes
de los propietarios, en las comunidades de vecinos puedan adoptarse acuerdos
que limiten o condicionen el ejercicio de la actividad del alquiler turístico
de vivienda, para, de esta forma, favorecer la convivencia en los edificios
de viviendas.
MEDIDAS DE
FOMENTO DE LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL.
Con objeto
de estimular la realización de obras de adaptación o mejora
de la accesibilidad, se modifica la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre
propiedad horizontal para aumentar, en un plazo de tres años, al
10 por ciento el fondo de reserva de las comunidades de propietarios, y
establecer la posibilidad de que se destine a la realización de
obras en materia de accesibilidad, en un contexto demográfico, en
el que cada vez hay más personas en situación de movilidad
reducida que encuentran gravemente limitados sus derechos por la existencia
de barreras físicas en sus edificios.
Asimismo, se
establece la obligatoriedad de las obras de accesibilidad establecidas
legalmente cuando las ayudas públicas a las que la comunidad pueda
tener acceso alcancen el 75 por ciento del importe de las mismas.
|