La consellera
de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio,
María José Salvador, ha destacado en Les Corts, que la modificación
que ha realizado el Gobierno valenciano en la Ley de Ordenación
del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana, (LOTUP),
y que afecta a más de 100 artículos, "es necesaria para implantar
nuevas políticas de actuación sobre el territorio valenciano
y conseguir un urbanismo cada día mejor, más sostenible y
al servicio de las personas y del interés general".
En la presentación
de esta proposición de ley ante Les Corts Valencianes, la consellera
ha señalado que con la modificación de la LOTUP, el Consell
quiere favorecer las actuaciones de renovación, regeneración
y rehabilitación urbana en la ciudad consolidada y reforzar la función
y el control público sobre los procesos de empleo del territorio.
También
se pretende dar los instrumentos necesarios a los ayuntamientos para que
den solución a situaciones existentes en el territorio, como consecuencia
de actuaciones realizadas a lo largo del tiempo y que han tenido efectos
perjudiciales desde un punto de vista territorial, paisajístico
y ambiental, como por ejemplo, construcciones existentes en el medio urbano,
urbanizaciones sin finalizar en distinto grado de ejecución, y las
edificaciones existentes en el suelo no urbanizable.
Además,
otra de las novedades importantes que recoge el nuevo texto es que por
primera vez, "se contempla la perspectiva de género entre los principios
básicos que han de inspirar el nuevo modelo urbanístico.
Por tanto, se regula, de forma expresa, como uno de los criterios de ocupación
racional del suelo, la igualdad de género entre hombres y mujeres
a la hora de establecer planes y políticas urbanísticas y
llevar a cabo su ejecución".
En cuanto a
objetivos, la consellera ha destacado "el establecer un régimen
que favorezca las actuaciones en el suelo ya urbanizado para mejorar la
calidad de ámbitos que anticuados, infradotados y deteriorados o
en los que se dan situaciones de vulnerabilidad". En esta dirección,
"el proyecto de ley introduce modificaciones respecto de los estándares
y aprovechamientos urbanísticos más adecuados para alcanzar
esta finalidad".
Asimismo, se
crea la figura del rehabilitador para posibilitar la edificación
en solares especulativamente abandonados y en las zonas degradadas de la
ciudad, bajo un control público de los objetivos de la actuación.
En estos casos, los ayuntamientos podrán declarar zonas prioritarias
donde se quiera facilitar la edificación de solares y acabar la
trama urbana convocando un concurso público. También establece
un régimen claro, concreto y unificado para las actuaciones de regeneración,
renovación y rehabilitación urbana.
Un segundo
objetivo, ha apuntado Salvador, es garantizar el control público
de los crecimientos urbanísticos, fomentando los desarrollos en
las áreas ya urbanizadas y evitando que los agentes urbanizadores
puedan promover instrumentos de desarrollo que reclasifiquen nuevas zonas
del territorio como suelo urbanizable.
De esta forma,
la modificación de la LOTUP introduce "medidas para fomentar la
gestión directa por las Administraciones dando preferencia a este
modo de gestión y quitando obstáculos", ha explicado Salvador.
Por otro lado,
ha continuado la consellera, se limita "la clasificación urbanística
de suelo no urbanizable a urbanizable para los Programas de Actuación
Urbanística, evitando que intereses particulares puedan prevalecer
por delante de los generales". Según Salvador, "se favorece un crecimiento
más armónico y sostenible, y se adapta a las necesidades
reales de suelo urbanizable y a un modelo urbanístico compacto y
denso, con lo que se gana en certeza y seguridad en las políticas
de suelo".
Además,
también se elimina la figura de las Actuaciones Territoriales Estratégicas
(ATEs), para cumplir el mandato de estas Cortes, y para facilitar las inversiones
socioeconómicas sostenibles se prevén los Proyectos de Inversión
Económica Sostenible (PIES), que regulan la posibilidad de materializar
proyectos que respondan a un interés general y a un desarrollo económico
compatible con el entorno en el que se lleven a cabo".
Un tercero
objetivo, como ha reseñado Salvador, es "dar solución a las
consecuencias de actuaciones realizadas a lo largo de los tiempo y que
tienen efectos perjudiciales desde el punto de vista territorial, paisajístico
y ambiental". En esta situación se encuentran construcciones en
el medio urbano, urbanizaciones sin finalizar en distintos grados de ejecución,
y edificaciones en suelo no urbanizable.
Con esta finalidad,
ha resumido Salvador, se establece un marco referencial mínimo para
que los Ayuntamientos puedan dar solución a las casuísticas
que se dan en el territorio por las malas prácticas anteriores.
Así, se dan alternativas e instrumentos jurídicos a los municipios
para que decidan cómo actuar en aquellos suelos que se iniciaron
la gestión urbanística y no la han finalizado, como las denominadas
"urbanizaciones fantasma". De esta manera, se podrá optar por finalizarlas
con la división de sectores o bien realizar una reparcelación
inversa.
Por último,
la titular de Territorio ha destacado las medidas que se recogen para dar
solución al problema generado por la falta de disciplina urbanística
que ha facilitado la implantación irregular sobre el territorio
de una gran cantidad de edificaciones aisladas o agrupadas en suelo no
urbanizable.
"Estas viviendas,
ha puntualizado Salvador, tienen una incidencia negativa en el entorno,
no suelen cumplir con los mínimos de calidad, tiene falta de servicios
y problemas de accesos o marginalidad”.
En esta línea,
el proyecto de ley desarrolla una regulación con el régimen
de deberes para adecuar y regularizar estas construcciones, y los instrumentos
de planeamiento y gestión urbanística de acuerdo con los
que debe llevarse a cabo con un régimen de minimización de
impacto haciéndolo más adecuado a la realidad existente y
creando las licencias de minimización de impacto ambiental y territorial
adecuadas que otorgarán seguridad jurídica a las familias
propietarias y beneficiarán al resto de la sociedad al incidir sobre
el entorno", ha concluido.
CLAVES
Se quiere poner
fin a los Programas de Actuación Urbanística (PAI), sobre
todo para aquellos que operan aún sobre suelo no urbanizables y
esperan la clasificación de sus terrenos a urbanizables. La consellera
habló de fortalecer el «control público de los crecimientos
urbanísticos» para evitar que los agentes urbanizadores puedan
promover instrumentos de desarrollo que reclasifiquen nuevas zonas del
territorio como suelo urbanizable.
Esto significa,
tal como estaba previsto, que se limitará «la clasificación
urbanística de suelo no urbanizable a urbanizable para los Programas
de Actuación Urbanística, evitando que intereses particulares
puedan prevalecer por delante de los generales».
ATEs
La reforma
también prevé la eliminación la figura de las Actuaciones
Territoriales Estratégicas (ATEs, que utilizó Enrique Ortiz
para intentar la instalación de Ikea en Alicante); para facilitar
«las inversiones socioeconómicas sostenibles» se prevén
los Proyectos de Inversión Económica Sostenible (PIES), que
regulan la posibilidad de materializar proyectos que respondan a un interés
general y a un desarrollo económico compatible con el entorno en
el que se lleven a cabo», afirmó Salvador.
DISCIPLINA
URBANÍSITICA
La titular
de Territorio también se refirió al problema generado «por
la falta de disciplina urbanística que ha facilitado la implantación
irregular sobre el territorio de una gran cantidad de edificaciones aisladas
o agrupadas en suelo no urbanizable». «Estas viviendas -apuntó
la consellera- tienen una incidencia negativa en el entorno, no suelen
cumplir con los mínimos de calidad, tiene falta de servicios y problemas
de accesos o marginalidad».
En esta línea,
según un comunicado de la conselleria, el proyecto de ley desarrolla
una regulación con el régimen de deberes «para adecuar
y regularizar estas construcciones, y los instrumentos de planeamiento
y gestión urbanística de acuerdo con los que debe llevarse
a cabo con un régimen de minimización de impacto, haciéndolo
más adecuado a la realidad existente y creando las licencias de
minimización de impacto ambiental y territorial adecuadas que otorgarán
seguridad jurídica a las familias propietarias y beneficiarán
al resto de la sociedad al incidir sobre el entorno».
AGENTE REHABILITADOR
Además,
la nueva Lotup creará la figura del rehabilitador, para posibilitar
la edificación en solares «especulativamente abandonados»
y en las zonas degradadas de la ciudad, bajo un control público
de los objetivos de la actuación. En estos casos, los ayuntamientos
podrán declarar zonas prioritarias donde se quiera facilitar la
edificación de solares y acabar la trama urbana convocando un concurso
público. También establece un régimen unificado para
las actuaciones de regeneración, renovación y rehabilitación
urbana.
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