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NOTICIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO. |
23 de agosto de 2018
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INSPECCIÓN URBANÍSTICA
DE VIVIENDAS ILEGALES EN CÓRDOBA |
¿Qué
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¿Qué
debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia? |
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El propietario
de las viviendas ilegales tiene dos opciones, recurrir judicialmente o
concluir la vía administrativa. Para ello la gerencia de urbanismo
le da dos meses para presentar un recurso contencioso administrativo en
el juzgado, aunque le avisa de que, si opta por agotar la vía administrativa
en Urbanismo, no podrá interponerlo hasta que no haya resolución
definitiva.
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Según
el diario de Córdoba, la gerencia de urbanismo ha iniciado dos expedientes
sancionadores por construcciones ilegales en Córdoba. Según
el expediente sancionador abierto, no por construir una vivienda sin licencia,
sino por realizar obras para la instalación de dos casas prefabricadas
en la parcelación de las Siete Fincas. Con el anuncio publicado
por la Oficina de Disciplina de Obras del Servicio de Inspección
Urbanística, Urbanismo emplaza al propietario de los terrenos a
que comparezca para examinar los hechos y le da a conocer que a partir
de ese momento empieza a contar un plazo de un mes para que interponga
un recurso de reposición ante el organismo municipal. También
le comunica que tiene dos meses para presentar un recurso contencioso administrativo
en el juzgado, aunque le avisa de que, si opta por agotar la vía
administrativa en Urbanismo, no podrá interponerlo hasta que no
haya resolución definitiva. |
Según
consta en el documento con el que se notifica la resolución para
la reposición de la realidad física alterada, es decir, dejar
todo como estaba, los hechos denunciados consisten en la instalación
de dos casas prefabricadas de unos 20 metros cuadrados sin la preceptiva
licencia municipal en la urbanización de las Siete Fincas.
En abril, cuando
se cumplían diez años del derribo de la casa ilegal de San
Cristóbal, en la Sierra, el fiscal jefe de Córdoba, Juan
Calvo-Rubio, explicaba a este periódico que «hasta que no
se pronuncia el Supremo sobre lo que entendemos por construcción
y se produce la modificación del Código Penal del 2010 de
incluirla, y no solo la edificación en el terreno no urbanizable»,
no se dio «la posibilidad de que entendamos que una casa portátil
también puede ser delictiva, salvo que no tenga anclaje ni vocación
de permanencia». Esto significa que el delito urbanístico
no está solo en la construcción de una vivienda en suelo
rústico, sino que afecta también a la instalación
de una prefabricada.
En el 2008,
poco después de que las máquinas derribaran la casa de San
Cristóbal, su propietaria instaló una vivienda prefabricada,
por la que acabó en el juzgado. Sin embargo, el Juzgado de lo Penal
número 4 la absolvió en el 2012.
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