El contratista
deberá introducir en el documento de Avance distintas alternativas
y propuestas “que servirá para someterlo a un programa de participación
ciudadana e incluirá un documento resumen del Avance”.
También
deberá redactar un documento de Inicio Estratégico de evaluación
ambiental y otro de síntesis del proceso participativo que además
de un Programa de Participación Ciudadana (PPC) y sus resultados,
incluirá las sugerencias recogidas sobre el documento de Avance.
Por último
el adjudicatario diseñará y elaborará la exposición
pública de los contenidos del Avance, así como un informe
de síntesis a las sugerencias presentadas.
El presupuesto
de adjudicación es 136.754,20 euros. Su plazo de ejecución,
seis meses aunque se ha previsto una prórroga de otros tres.
Toda la documentación
necesaria puede consultarse en el Perfil del Contratante, entre la que
se incluye el pliego de prescripciones técnicas y el pliego administrativo.
El plazo de
presentación de ofertas, que se podrá hacer igualmente de
forma telemática a través de este mismo perfil de contratante,
finalizará el próximo 29 de junio.
Un PGOU de
larga historia
Como se recordará
la Sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de Murcia declaró en mayo de 2015 la nulidad de la Orden de la Consejería
de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia de diciembre de 2011 que
aprobó definitivamente la Revisión del Plan General Municipal
de Ordenación de Cartagena.
Esta sentencia
fue ratificada en junio de 2016 por el Tribunal Supremo. lo que ha puso
de nuevo en vigor el Plan General de Ordenación Urbana de Cartagena
de abril de 1987 y su Texto Refundido de de abril de 1995.
Según
el Ayuntamiento “la acumulación de tareas existentes en los diferentes
Servicios del Área de Urbanismo originados por los tramites de los
diferentes expedientes de licencias y planeamiento, y la necesidad de contar
con profesionales especializados en los trabajos del Plan de Participación
Publica obligan a la contratación de estos trabajos a empresas o
personas con la experiencia, conocimientos y medios adecuados, en materia
de participación pública, tramitación ambiental de
planes y programas y elaboración de documentos urbanísticos
que, bajo la dirección de los técnicos municipales responsables
en la materia”.
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