TEXTO ACTUAL
Disposición
transitoria decimocuarta Régimen para el suelo clasificado como
urbanizable en el planeamiento general vigente que ya disponga de los servicios
urbanísticos básicos y esté consolidado por la edificación
1. Los terrenos
que a la entrada en vigor de la presente ley se encuentren clasificados
formalmente como suelo urbanizable en los instrumentos de planeamiento
urbanístico general vigente, con independencia de su clasificación
legal posterior, y que, en el ámbito que se delimite, ya cuenten
con los servicios urbanísticos básicos, a que se refiere
el artículo 22 de la presente ley, y estén consolidados por
la edificación en más del 90% de la superficie susceptible
de ser edificada según la ordenación que se establezca, pueden
clasificarse como suelo urbano cuando se revise su planeamiento general.
2. Todos estos
terrenos deberán incluirse en una unidad de actuación con
la finalidad de que las personas propietarias de estos suelos cumplan con
todos los deberes de cesión que corresponden a los suelos urbanizables
(viales, aparcamientos, equipamientos y espacios libres públicos),
dando cumplimiento a lo que se indica en el artículo 43.4 de esta
ley, en la proporción que corresponda al ámbito delimitado,
así como de los suelos destinados a situar el aprovechamiento urbanístico
público, a que se refiere el artículo 24.3 de la presente
ley.
En el supuesto
de imposibilidad física del cumplimiento del deber legal de cesión
de algunos de estos terrenos, se podrá optar por el pago de una
cantidad sustitutoria en metálico, que deberá ser fijada
por los servicios técnicos municipales de acuerdo con la normativa
vigente en materia de valoraciones urbanísticas.
ANTECEDENTES
8 de junio de 2018
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BATALLA
JUDICIAL INCIERTA LA REFORMA DE LA LEY DEL SUELO DE BALARES
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deberán remitir a su tutor un análisis sobre el coste de
descalificar el suelo de las playas.
Matutes
está dispuesto a llegar hasta los tribunales tras la iniciativa
de Podemos de dar marcha atrás al desarrollo de unos terrenos urbanizables
en Ibiza. La propuesta de Podemos cuenta con el apoyo del resto de las
fuerzas de izquierdas y se aprobará la semana que viene en el Parlament
balear. La batalla judicial tiene un final incierto, pero Matutes se ha
querido anticipar y ha hecho un acto insólito ante un Parlamento.
Ha presentado un escrito ante el Parlament balear en el que advierte que
acudirá a los tribunales si se modifica la Ley de Urbanismo en contra
de los intereses de su compañía. El Grupo Empresas Matutes
ejercerá acciones legales civiles y penales contra las instituciones
y personas que apoyen la enmienda promovida para modificar las posibilidades
urbanísticas de suelo de su propiedad en Platja d'en Bossa, según
anuncia en un comunicado. Asegura que un informe jurídico constata
que, de producirse esta aprobación, se hará "de forma notoriamente
injusta" porque afectará a terrenos "que están clasificados
como suelo urbano o urbanizable y avalados por normas subsidiarias, planes
parciales, plan general de ordenación urbana e impuestos aplicados
a suelos urbanos, desde hace más de 30 años".
Así
se refiere a la enmienda propuesta por Podemos, que cuenta con el apoyo
de PSOE y MÉS, para limitar el aprovechamiento urbanístico
de los terrenos de Empresas Matutes en Platja d'en Bossa, a fin de que
no pueda incrementar la edificación.
Según
la nota, el informe señala que la modificación de la Ley
aprobada en diciembre de 2017 "supone un atentado contra la competitividad,
economía y trabajadores" de Ibiza, a la vez que "anula las competencias
de las instituciones insulares y municipales".
También
asegura que el texto que se tramita en el Parlament balear "no regula ninguna
situación de extraordinaria trascendencia y complejidad, sino que
pretende modificar una ley aprobada para afectar de forma arbitraria al
señor Abel Matutes, algo que impiden la Constitución y las
leyes".
Advierte
de que el cambio en la ley "conllevará irremediablemente una indemnización
patrimonial al propietario de los terrenos a costa de las cuentas públicas
ya maltratadas por las condenas en los casos de Roca Llisa y Punta Pedrera,
cuyas indemnizaciones han superado los 100 millones de euros".
Para el
Grupo Empresas Matutes la enmienda "no busca en ningún caso el beneficio
general de la isla de Ibiza y sus habitantes", sino que pretende perjudicar
a un único propietario "como ha explicado Podem Illes Balears de
forma pública", asegura.
En este
sentido, recuerda una nota de prensa publicada por Podemos el 9 de mayo
bajo el título "Impedimos que Matutes siga lucrándose con
el urbanismo a la carta del pasado".
EN DETALLE
El texto
en manos del Parlament balear, según el informe, «no regula
ninguna situación de extraordinaria trascendencia y complejidad».
Además, desde el Grupo han recordado que la posible indemnización
patrimonial correría a cargo de las cuentas públicas «ya
maltratadas por las condenas en los casos de Roca Llisa y Punta Pedrera,
cuyas indemnizaciones han superado los 100 millones de euros».
Esta enmienda,
han añadido, no busca «en ningún caso» el beneficio
general de la isla de Ibiza y sus habitantes, sino que pretende, como ha
explicado Podemos Baleares, «perjudicar a un único propietario».
Según
han recordado desde el Grupo Empresas Matutes, el 9 de mayo Podemos publicó
una nota de prensa bajo el título «Impedimos que Matutes siga
lucrándose con el urbanismo a la carta del pasado».
En caso
de aprobarse la próxima semana esta modificación de la Ley
de Urbanismo, «de forma notoriamente injusta», Empresas Matutes
ejercerán acciones legales civiles y penales contra las instituciones
y personas, tras reiterar que los terrenos están clasificados como
suelo urbano o urbanizable y avalados por Normas Subsidiarias, Planes Parciales,
Plan General de Ordenación Urbana e impuestos aplicados a suelos
urbanos, desde hace más de 30 años.
ANTECEDENTES
25 de mayo de 2018
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EL URBANISMO
BALEAR Y LAS INDEMNIZACIONES POR SUELO DESCALIFICADO
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deberán remitir a su tutor un análisis sobre el coste de
descalificar el suelo de las playas.
No es un
tema nuevo, el Govern balear tuvo que indemnizar con más de 80 millones
de euros por la anulación de planes urbanísticos aprobados
en zonas de la isla de Ibiza como Punta Pedrera y Roca Llisa, en los municipios
de Sant Josep y Santa Eulària. El Tribunal Superior de Justicia
de Balears (TSJB) condenó al Govern en mayo de 2016 a pagar 15,7
millones de euros en concepto de responsabilidad patrimonial a los propietarios
de algunas fincas de la urbanización de Roca Llisa desclasificadas
mediante la Ley 4/2008 de medidas urgentes. Otra sentencia de noviembre
de 2017 del Tribunal Superior de Justicia también condenó
a la Comunitat Autònoma al pago de 65 millones de euros a los propietarios
del terreno urbanizable de Punta Pedrera, donde se otorgó licencia
para la construcción de 122 apartamentos en 2001. A posteriori,
los promotores presentaron un proyecto modificado para levantar 244 apartamentos
que en 2006 obtuvo el visto bueno municipal. Sin embargo, un año
después, cambió el ayuntamiento y se anuló la licencia.
Esta situación era mucho más compleja que la de Platja d’en
Bossa que la Ley de Urbanismo balear (LUIB) aprobada el 29 de diciembre
volvió a declarar como suelo urbano después de mucho debate.
Disposición Transitoria 14 de la Ley de Urbanismo de Baleares.
El empresario
turístico Abel Matutes está dispuesto a llegar hasta los
tribunales tras la iniciativa de Podemos de dar marcha atrás al
desarrollo de unos terrenos urbanizables en Ibiza. La propuesta de Podemos
cuenta con el apoyo del resto de las fuerzas de izquierdas y se aprobará
la semana que viene en el Parlament balear.
En diciembre,
el mismo Parlament aprobó la Ley de Urbanismo que permitía
la regularización de los terrenos urbanizables que Matutes tiene
en Playa den Bossa. Lo que se hacía era permitir al presidente del
Grupo Palladium que desarrollase una serie de proyectos, entre ellos unas
viviendas sociales.
ANTECEDENTES
El Estado
analiza la inconstitucionalidad en la Disposición Transitoria 14
de la Ley de Urbanismo de Baleares, que legaliza la situación de
determinados establecimientos del Grupo de Empresas Matutes en Platja d'en
Bossa, concretamente hoteles y discotecas. La disposición transitoria,
conocida popularmente como 'enmienda Matutes', fue introducida por el PSIB
en el redactado de la Ley de Urbanismo y dividió al Pacte, ya que
tuvo que aprobarse con los votos del PP. Podemos y Més votaron en
contra al considerar que se hacía una norma con 'nombres y apellidos',
mientras que El PI y Cs se abstuvieron.
El Gobierno
central ha revisado la ley balear y ha elaborado una lista de artículos,
doce en total y una disposición transitoria, que considera invaden
competencias del Estado o directamente son inconstitucionales. Por este
motivo ha iniciado el trámite para forzar un acuerdo con el Ejecutivo
balear y evitar así un recurso de inconstitucionalidad.
El Estado
discute, a grandes rasgos, la regulación en cuanto a la evaluación
ambiental estratégica y a las expropiaciones que hace la norma.
La consellera
de Territorio y Movilidad de Ibiza, Pepa Marí, asegura que tiene
«plena confianza en que los temas en los que hay discrepancias se
aclararán en el seno de la comisión bilateral entre Govern
y Gobierno central que se crea a tal efecto». Considera que sólo
«son discrepancias técnicas que normalmente se pueden aclarar».
Marí
recuerda al respecto que «el Govern ha remitido un informe que avala
técnicamente los artículos que cuestiona el Gobierno central
sobre la ley del Suelo». A su juicio, «se trata de artículos
respecto de los cuales el Estado parece preocupado porque se limite su
capacidad de actuación allá donde tiene competencia plena,
como pueden ser los casos de puertos de la Autoridad Portuaria o de los
aeropuertos».
Pero la
consellera ibicenca asegura que «no es así, y así se
explica en el informe jurídico» remitido por el Govern al
Estado: «No hay ningún problema de fondo sobre la ley, sino
matices», subrayó ayer.
Uno de
los artículos que Madrid considera inconstitucional es el 132, que
permite a la administración expropiar terrenos 'por razones urbanísticas'.
La norma se refiere a casos concretos como la obligatoriedad de ceder porciones
de suelo por parte de un promotor para uso público.
El Estado
cuestiona que ni siquiera estando obligado a ceder espacio, el promotor
pueda ver cómo se le expropia. Fuentes jurídicas se han sorprendido
de que algunos preceptos que podrían haberse considerado más
«arriesgados» no han sido cuestionados por el Ejecutivo central
y, por contra, sí que se ha planteado «iniciar negociaciones
para resolver las discrepancias» en relación a artículos
que no se preveían conflictivos.
NOTICIA
RELACIONADA
La Agencia
de Defensa del Territorio del Consell Insular de Mallorca informa en su
página web que los siguientes preceptos, y transcribimos literalmente,
no han sido considerados inconstitucionales por los Servicios Jurídicos
de la Administración del Estado:
La no prescripción
de la posibilidad de ordenar la demolición en todo el suelo rústico
La competencia
exclusiva de los consells insulars en suelo rústico protegido
La posibilidad
de que los consells insulars suspendan la ejecución de licencias
presuntamente ilegales en suelo rústico protegido.
La prohibición
de que, a partir del 1 de enero de 2018, las viviendas ilegales se puedan
dar de alta como vivienda vacacional ante la Conselleria de Turisme.
La publicación
de nombres y apellidos de las personas infractoras.
La presunción
de que el propietario es siempre responsable de la infracción urbanística,
salvo prueba en contrario.
El régimen
de retroactividad sobre los hechos ocurridos antes de entrar en vigor la
LUIB.
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