NOTICIAS INMOBILIARIAS PROFESIONALES.
NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

31 de mayo de 2018
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y PROCESALES PARA REFORZAR LA SEGURIDAD JURÍDICA EN LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA
¿Qué aprendo? Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre los efectos de la Ley de Medidas Administrativas y Procesales para reforzar la seguridad jurídica en la ordenación territorial y urbanística
NOTA A SUSCRIPTORES: Hemos solicitado copia del anteproyecto que haremos llegar a los suscriptores a la mayor brevedad. El ministro de Fomento, Iñigo de la Serna, ha presidido la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo, en la que ha presentado el Anteproyecto de Ley de Medidas Administrativas y Procesales para reforzar la seguridad jurídica en el ámbito de la ordenación territorial y urbanística.La conferencia, que se ha celebrado en la sede del Ministerio, ha contado con la asistencia de los consejeros competentes de las comunidades autónomas y de Ceuta y Melilla, así como representantes de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). El Anteproyecto es una medida muy esperada, tanto desde un punto de vista técnico, por magistrados y juristas, como práctico, por las administraciones competentes en materia de urbanismo. Con este texto se da respuesta a uno de los problemas más graves que tiene actualmente el planeamiento urbanístico en España y que afecta a ciudades de prácticamente todas las comunidades autónomas. Se trata de evitar la nulidad total de los planes generales de ordenación urbana (PGOU) y otros instrumentos de ordenación del territorio y urbanísticos, cuando incurren, en alguno de sus apartados, en un defecto formal o material. Hasta ahora, estos casos conllevaban la nulidad total del plan, ya que no había posibilidad alguna de subsanación o convalidación, y por tanto obligaban a repetir todo el proceso desde cero a pesar de que la elaboración de un plan de este tipo es compleja y puede durar seis o siete años e incluso más.


PONGA A PRUEBA SU CONOCIMIENTO EN LA MATERIA. 

    SIMULADOR DE EXÁMENES ONLINE. GRATUITO. 
Otra consecuencia derivada de los casos en los que se anulan los PGOU es que obliga a que el desarrollo urbanístico de una ciudad se rija por planes anteriores que normalmente están desfasados y que no se ajustan a la realidad del municipio.

Para corregir esta situación, el Anteproyecto propone la solución que han aportado expertos jurídicos en la materia y que argumentan que los instrumentos de ordenación del territorio y urbanísticos tienen un doble contenido de distinta naturaleza jurídica: por un lado, están las disposiciones de carácter general y, por otro, los actos administrativos. La diferencia permite que, si se produce la nulidad de las normas, se puedan salvar los actos, e incluso que se aplique la nulidad parcial y otros mecanismos de conservación de actos.

La norma incorpora, además, otras medidas de carácter procesal, que introducen algunas modificaciones puntuales para evitar consecuencias anulatorias desproporcionadas.

EFECTOS

Los municipios dejarán de sufrir la nulidad total de los planes generales de ordenación urbana (PGOU) y otros instrumentos de ordenación del territorio y urbanísticos, cuando incurran, en alguno de sus apartados, en un defecto formal o material, tal y como sucede en la actualidad por la consideración de la moderna jurisprudencial de que se trata de normas reglamentarias o de carácter general afectadas por las nulidades en cascada.

Así, se establece en el texto del anteproyecto de Ley de Medidas Administrativas y Procesales para reforzar la seguridad jurídica en el ámbito de la ordenación territorial y urbanística, elaborado junto con el Ministerio de Justicia y presentado ayer por el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, en el seno de la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo.

TRAMITACIÓN

La norma inicia ahora un plazo de análisis por los partidos políticos, comunidades autónomas y la Federación de Municipios y Provincias (Femp), de tres semanas para hacer llegar a Fomento sus observaciones., antes de ser aprobado por el Consejo de Ministros y remitido al Parlamento.

En la actualidad estos casos conllevan la nulidad total del plan, sin posibilidad alguna de reiniciar el proceso a pesar de que la elaboración de un plan de este tipo es muy compleja y se tardan años en elaborarlos. Las nulidades generales sancionadas por los tribunales en los últimos años afectan a numerosas ciudades de todas las comunidades autónomas.

Otra consecuencia derivada de las anulaciones de los PGOU es que obliga a que el desarrollo urbanístico de una ciudad se tenga que regir por planes anteriores que normalmente están desfasados y que no se ajustan a la realidad del municipio.

Con la futura Ley, los tribunales deberán distinguir entre supuestos de nulidad y de anulabilidad. Estos últimos serán aquellos en los que sea posible la convalidación y la retroacción de actuaciones para la subsanación del vicio determinante de la anulación, vicios que, por otro lado, puede que formen parte del propio plan, pero que a veces se sitúan en otro municipio y en actuaciones de otras Administraciones.

Así, se distingue entre disposiciones de carácter general y actos administrativos. Esta diferencia permite que, si se produce la nulidad de las normas, se puedan salvar los actos, e incluso que se aplique la nulidad parcial y otros mecanismos de conservación de actos.

OTRAS MEDIDAS PROCESALES

La norma incorpora, además, otras medidas de carácter procesal, que introducen algunas modificaciones puntuales para evitar consecuencias anulatorias desproporcionada y reforzar la seguridad jurídica en el ámbito de la planificación territorial y urbanística, fundamentalmente de dos tipos: las relacionadas con la verdadera naturaleza de los instrumentos de ordenación y de los efectos que tiene su anulación, y las de carácter procesal, que introducen algunas modificaciones puntuales a la Ley de jurisdicción contencioso-administrativa, precisamente para evitar esas consecuencias anulatorias generalizadas.
 

Copyright © inmoley.com Todos los derechos reservados. El uso anagramas,  símobolos o información sin autorización expresa de inmoley.com  y al margen de las condiciones generales de contratación de inmoley.com, será perseguido judicialmente.

ir a inicio de página
 
Volver a la página anterior