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NOTICIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO. |
23 de abril de 2018
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INMOBILIARIAS. |
¿Qué
aprendo?
Convertir conocimiento
en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas |
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Los alumnos
deberán remitir a su tutor un análisis sobre las precauciones
en la participación en una subasta inmobiliaria.
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En el curso guía práctica inmoley.com de subastas inmobiliarias,
hemos incluido un simulador de examen para que ponga a prueba sus conocimientos
en la materia. ¿Puede consultarse la certificación del registro
de la propiedad en el portal de subastas? ¿Cuáles son los
requisitos para participar en una subasta inmobiliaria? Si la mejor postura
fuera igual o superior al 70 por ciento del valor por el que el bien hubiere
salido a subasta, el Secretario judicial responsable de la ejecución,
mediante decreto, el mismo día o el día siguiente al del
cierre de la subasta, aprobará el remate en favor del mejor postor.
Cuando la mejor postura ofrecida en la subasta SEA INFERIOR al 70 por ciento
del valor por el que el bien hubiere salido a subasta, podrá el
ejecutado, en el plazo de diez días, presentar tercero que mejore
la postura ofreciendo cantidad superior al 70 por ciento del valor de tasación
o que, aun inferior a dicho importe, resulte suficiente para lograr la
completa satisfacción del derecho del ejecutante. Si en la subasta
no hubiere ningún postor, podrá el acreedor, en el plazo
de los veinte días siguientes al del cierre de la subasta, pedir
la adjudicación del bien. Será título bastante para
la inscripción en el Registro de la Propiedad el testimonio, expedido
por el Secretario judicial, del decreto de adjudicación. Para participar
en la subasta judicial es necesario haber depositado una fianza del 5 por
ciento del Tipo de Subasta. Si la puja realizada por algún postor
se realizó con reserva de postura, el depósito permanecerá
retenido hasta que se comunique por el órgano subastador al Portal
de Subastas que el adjudicatario abonó la totalidad del precio ofrecido.
Las cargas o gravámenes ANTERIORES AL CRÉDITO DEL ACTOR (si
los hubiere) continúan subsistentes y sin cancelar y, por el solo
hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y queda subrogado
en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudica a
su favor. Las subastas notariales son aquellas realizadas por las Notarías,
bajo la responsabilidad del Notario, que será la Autoridad Gestora
de la subasta. Los ciudadanos pueden obtener acreditaciones como "licitadores
por Internet" en cualquier momento desde la publicación de cada
subasta hasta la hora de cierre de acreditaciones de esa subasta. Una vez
iniciada la subasta, el Secretario Judicial que la dirige marcará
el momento a partir del cual los ciudadanos acreditados como licitadores
por Internet para la subasta pueden intervenir en la celebración
de la subasta. La subasta admitirá posturas durante un plazo de
veinte días naturales desde su apertura. La subasta no se cerrará
hasta transcurrida una hora desde la realización de la última
postura, aunque ello conlleve la ampliación del plazo inicial de
veinte días a que se refiere este artículo por un máximo
de 24 horas. Una vez cerrada la subasta notarial, el Portal de Subastas
remitirá al Notario información certificada de la postura
telemática que hubiera resultado vencedora, así como, por
orden decreciente de importe y cronológico en el caso de ser este
idéntico, de todas las demás que hubieran optado por la reserva
de postura. El Notario comunicará la celebración de la subasta
a los titulares de derechos y de las cargas que figuren en la certificación
de dominio, así como a los arrendatarios u ocupantes que consten
identificados en la solicitud. Para que un inmueble otorgado en garantía
de un préstamo hipotecario pueda ser ejecutado mediante un procedimiento
extrajudicial ante Notario, es necesario que ambas partes hubiesen acordado
esta posibilidad en la escritura. Fiscalmente, en las transmisiones de
bienes en procesos de ejecución forzosa el valor de transmisión,
a efectos de determinar la plusvalía, será el establecido
en la adjudicación del bien en la subasta pública, es decir,
el valor de remate constituirá tanto el valor de transmisión
para el deudor que ve subastado su inmueble como el valor de adquisición
del bien inmueble para el adjudicatario. Están sujetas al IVA, en
concepto de entrega de bienes las ventas en pública subasta de bienes
muebles o inmuebles, cuando el objeto de dicha operación sean bienes
pertenecientes a un empresario o profesional, que integren su patrimonio
empresarial o profesional, siendo sujeto pasivo el empresario, profesional
o sociedad mercantil, que sea propietario de los bienes, aun cuando los
mismos se adjudiquen en pública subasta, ya que sólo el propietario
de dichos bienes puede transmitir el poder de disposición sobre
éstos. |
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