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NOTICIAS
DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO. |
8 de marzo de 2018
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PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. © |
SIMULADOR DE EXAMEN DE ARRENDAMIENTO
DE VIVIENDAS. |
¿Qué
aprendo?
Convertir conocimiento
en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas |
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Los alumnos
deberán remitir a su tutor un análisis sobre las precauciones
en los contratos de arrendamiento de viviendas.
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En el curso guía práctica inmoley.com de Arrendamientos de
viviendas hemos incluido un simulador de examen para que ponga a prueba
sus conocimientos en la materia. Arrendamientos urbanos y derechos del
consumidor. ¿Cuál es la documentación necesaria a
aportar por el propietario para arrendar una vivienda? El arrendamiento
de vivienda en contratos posteriores al 6 de junio de 2013. ¿Cuál
es el plazo de prórroga forzosa del contrato de arrendamiento de
viviendas? El inquilino puede dar por terminado el contrato una vez trascurridos
6 meses desde la firma del mismo, siempre que se lo comunique al arrendador
con una antelación mínima de treinta días. El contrato
de arrendamiento será prorrogable anualmente un mínimo de
tres años si el inquilino lo deseara. El inquilino tiene derecho
a pedir al arrendador la reparación de todos aquellos elementos
necesarios para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad
convenidas. Si el arrendador tiene previsto llevar a cabo obras de simple
mejora, el arrendatario estará obligado a soportarlas si su ejecución
no puede razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento.
El pago mensual de la renta del alquiler habrá de efectuarse en
los siete primeros días del mes .El arrendatario no podrá
ceder el contrato, ni subarrendar sin el consentimiento escrito del arrendador.
El arrendatario debe realizar a su cargo las pequeñas reparaciones
que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda y las que le
sean imputables por un mal uso por su parte. El arrendatario está
obligado a poner en conocimiento del arrendador en el plazo más
breve posible la realización de las reparaciones que sean necesarias
para conservar la vivienda.El impago de la fianza o de sus actualizaciones
es motivo para resolver el contrato de arrendamiento. Las partes podrán
pactar la sumisión a mediación o arbitraje de aquéllas
controversias que por su naturaleza puedan resolverse a través de
estas formas de resolución de conflictos, de conformidad con lo
establecido en la legislación reguladora de la mediación
en asuntos civiles y mercantiles y del arbitraje. El adquirente de una
vivienda que esté arrendada, no tendrá obligación
de subrogarse en el contrato de arrendamiento a menos que éste se
encuentre inscrito en el Registro de la Propiedad, en cuyo caso continuará
el arrendamiento por la duración pactada. El arrendador podrá
recuperar la vivienda arrendada, no procediendo la prórroga obligatoria,
si la necesita para destinarla a vivienda permanente Una vez cumplidos
los 6 primeros meses del contrato de arrendamiento, el arrendatario podrá
desistir del contrato con un aviso al arrendador de treinta días.
En caso de separación legal, el cónyuge no arrendatario podrá
continuar en la vivienda alquilada si le es asignado su uso, pasando a
ser titular del contrato de arrendamiento. El arrendatario puede efectuar
obras para la adecuación de la vivienda al uso de personas mayores
de 70 años. Arrendatario y propietario podrán pactar la renuncia
del primero al derecho de adquisición preferente del inmueble arrendado.
Puede pactarse que el arrendamiento quede resuelto por falta de pago de
la renta debiendo restituirse inmediatamente el inmueble al arrendador.
No es obligatorio inscribir el contrato de arrendamiento de vivienda en
el registro de la propiedad. La realización por el arrendador de
obras de mejora, transcurridos tres años de duración del
contrato le dará derecho, salvo pacto en contrario, a elevar la
renta anual. En los contratos de arrendamiento podrá acordarse libremente
por las partes que, durante un plazo determinado, la obligación
del pago de la renta pueda reemplazarse total o parcialmente por el compromiso
del arrendatario de reformar o rehabilitar el inmueble. Durante los 3 primeros
años de duración del contrato de arrendamiento de vivienda,
la fianza no estará sujeta a actualización. La fianza no
debe ser usada como abono de la última mensualidad. Si el arrendatario
abandona la vivienda sin notificar al arrendador la no renovación
del contrato, supone la renovación del mismo, puesto que si el arrendatario
no expresa su voluntad de no renovarlo, el contrato seguirá en vigor.
El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una
vez que hayan transcurrido al menos 6 meses. |
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