De este modo,
la reforma de la Ley de Evaluación Ambiental incorpora el mandato
de que los técnicos que hacen los estudios de impacto ambiental
tomen en consideración la vulnerabilidad de los proyectos ante el
riesgo de accidentes graves o catástrofes, como inundaciones, subida
del nivel del mar o terremotos, entre otros.
Además,
se incorpora la obligación de que las evaluaciones de impacto ambiental
integren las exigencias ambientales recogidas en otras leyes relacionadas
(biodiversidad, aguas, emisiones industriales o residuos).
Por otro lado,
la modificación de esta norma potencia la calidad de la información
y la participación pública en los procedimientos de evaluación
ambiental, priorizando la utilización de medios electrónicos,
para poder garantizar así la participación efectiva de todas
las personas interesadas en el procedimiento.
Esta modificación
normativa supone la completa trasposición al ordenamiento jurídico
español de la directiva europea sobre evaluación de impacto
ambiental, aprobada en 2014, informa el Ministerio de Agricultura y Pesca,
Alimentación y Medio Ambiente (Mapama).
El Proyecto
de ley tiene por objeto la trasposición a nuestro ordenamiento jurídico
de la Directiva europea sobre evaluación de impacto ambiental de
2014, y también modifica puntualmente la Ley de Montes y la Ley
que regula el régimen del comercio de derechos de emisión
de gases de efecto invernadero
CONSEJO DE
MINISTROS
El Consejo
de Ministros ha aprobado el Proyecto de ley por el que se modifica
la Ley de Evaluación Ambiental, que supone la completa trasposición
a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva europea sobre evaluación
de impacto ambiental, aprobada en 2014. El proyecto de Ley también
modifica puntualmente la Ley de Montes y la Ley que regula el régimen
del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
Respecto a
la Ley de Evaluación Ambiental, se refuerza el enfoque de la evaluación
de impacto ambiental como instrumento preventivo frente a las amenazas
y desafíos ambientales que han surgido en los últimos años.
Así,
y como novedades más destacadas, se establece la obligación
de tomar en consideración la vulnerabilidad de los proyectos ante
el riesgo de accidentes graves o catástrofes, como inundaciones,
subida del nivel del mar o terremotos, entre otros.
Asimismo, se
prevé la integración o coordinación de los procesos
de evaluación de impacto ambiental con los procedimientos ambientales
previstos en otra normativa, como en materia de biodiversidad, aguas, emisiones
industriales o residuos.
Por otro lado,
se potencia la calidad de la información y la participación
pública en los procedimientos de evaluación ambiental, priorizando
la utilización de medios electrónicos, para poder garantizar
así la participación efectiva de todas las personas interesadas
en el procedimiento.
MODIFICACIÓN
DE OTRAS DOS LEYES
Finalmente,
el proyecto de ley también modifica otras dos leyes: en primer lugar
la Ley de Montes, con objeto de regular los caminos naturales, de conformidad
con la Sentencia del Tribunal Constitucional que estima parcialmente un
recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Junta de Andalucía.
Además,
se modifica la Ley por la que se regula el régimen de comercio de
derechos de emisión de gases de efecto invernadero, para definir,
con mayor precisión, las especialidades del régimen sancionador
previsto en dicha norma.
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