El Tribunal
Supremo ha desestimado el recurso presentado por la Generalitat de Catalunya
contra la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya
(TSJC) del 22 de junio de 2015 en la que se invalidaba la adjudicación
de Aigües Ter-Llobregat (ATLL), en diciembre de 2012, a una sociedad
encabezada por Acciona. Según este nuevo fallo el concurso debería
quedar revocado.
La sentencia
del Supremo también desestima el recurso de Aigües de Barcelona,
que compitió con Acciona en el citado concurso, que solicitaba que
se aceptara una resolución del Órgano Administrativo de Recursos
Contractuales de Catalunya (OARCC) emitida en enero de 2013 en respuesta
a un recurso de esta última compañía, que decidió
la exclusión de la oferta del grupo liderado por Acciona de este
proceso por no haberse ceñido a las condiciones del pliego.
La cuestión
que motivó el requerimiento del OARCC fue la presentación
del programa de obras asociado a la concesión presentado en la oferta
de Acciona que, según esta instancia, no se ajustaba a lo requerido.
Inicialmente se consideró orientativo pero después pasó
a ser obligatorio.Tras un largo proceso judicial, este asunto llevó
al TSJC a considerar que no se respectó el principio de igualdad
y libre concurrencia, de tal modo que anuló el concurso.
Con la privatización
de la gestión de ATLL, que se hizo efectiva el 1 de enero de 2013,
por un periodo de 50 años, la Generalitat obtuvo inicialmente del
consorcio ganador 298,6 millones de euros, aunque se apuntó contablemente
los 1.000 millones correspondientes a toda la duración de la concesión,
que tuvieron un efecto balsámico sobre el déficit público.
Si finalmente
se retira la concesión, Acciona podría reclamar a la administración
catalana una cantidad multimillonaria en compensación por las inversiones
realizadas y el lucro cesante. La sentencia no impone costas.
Además
de los dos recursos contra la sentencia del TSJC antes citados que ha desestimado,
el alto tribunal español debe resolver otros dos recursos de casación
sobre la misma cuestión, uno presentado por Aigües de Catalunya
(sociedad del banco de inversión brasileño BTG Pactual, socio
de Acciona) y el otro por Acciona Agua y la propia concesionaria ATLL.
Agbar ha afirmado
que da “por supuesto” que la Generalitat cumplirá y ejecutará
lo antes posible la sentencia. Según un portavoz de la compañía,
Agbar está satisfecha por la resolución TS, que llega después
de cinco años de recursos, y ha recordado que desde el primer momento,
ya avisó de que la adjudicación era “irregular”.
La compañía
ha añadido que entiende que, una vez hecha pública esta sentencia,
la Agencia Catalana del Agua (ACA) procederá “de forma inmediata”
a anular el incremento del 11,88% de la tarifa del agua en alta que su
consejo de administración aprobó el 28 de diciembre del año
pasado.
SENTENCIA INCLUIDA
EN EL INFORME ADJUNTO
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informe completo
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