ANTECEDENTES
5 de junio
de 2017
NOTICIA
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PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
LA NULIDAD
DEL PLAN URBANÍSTICO DE CARTAGENA Y LA LEY DEL SUELO DE MURCIA
¿Qué
aprendo?
Se analiza
en la guía práctica inmoley.com de Planeamiento urbanístico
y urbanismo de Murcia.
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conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías
prácticas
Los alumnos
deberán remitir a su tutor un análisis sobre propuesta respecto
al anulado plan urbanístico de Cartagena
La Comunidad
Autónoma y el Ayuntamiento de Cartagena se ha propuesto salvar la
anulación judicial del Plan General Municipal de Ordenación
Urbana (Pgmou) de 2012 ganando tiempo con la presentación de recursos
judiciales que según varias fuentes tienen poco recorrido. Se trata
de dos recursos ante el Tribunal Supremo contra el auto del Tribunal Superior
de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia que anuló la revisión
del Plan mediante subsanaciones en lugar de redactar un nuevo planeamiento,
que legalmente sería la única solución, por lo que
el TSJ insistió en que hay graves defectos de fondo y forma, como
también advirtió el Supremo en 2016. El problema es que hay
proyectos urbanísticos en Cartagena valorados en 500 millones de
euros en el entorno de La Manga Club, en Atamaría, en Mar de Cristal,
y en el Paseo de Alfonso XIII, junto al colegio Adoratrices. Como ahora
está en vigor el anterior Plan urbanístico de 1987 y éste
se halla desfasado sobre todo en materia medioambiental, se está
elaborando una regulación transitoria y se ha empezado a diseñar
desde cero un plan que debería durar treinta años. Según
la Consejería de Fomento el propósito es preservar actos
previos al acuerdo de aprobación definitiva del Plan sobre la base
del artículo 51 de la Ley 39/2015. Éste señala que
se dispondrá siempre la conservación de aquellos actos y
trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no haberse
cometido la infracción.
En Fomento
hicieron hincapié en que pleitear ante el Supremo está justificado
por «la importancia» del Plan General como «instrumento
clave para planificar el desarrollo y el crecimiento de la ciudad».
Y afirmaron que el recurso «se basa en doctrina y sentencias emitidas
por el Supremo en casos similares de planeamiento urbanístico anulado
por defecto de forma». Citaron «Gijón, Madrid y municipios
de Cataluña», a los que el Supremo permitió reactivar
con rapidez sus planes, anulados antes por defectos en el trámite
de información pública.
Respecto
a la normativa provisional, la Comunidad quiere aplicar el artículo
145.5 de la ley regional del Suelo, para autorizar proyectos en suelos
urbanos consolidados y otros con los trámites muy avanzados. El
Ayuntamiento, con la colaboración técnica de la Consejería,
está trabajando en un borrador de documento que dé respuesta
transitoria a la situación actual de los núcleos urbanos
y que unifique la aplicación de las diferentes normativas relativas
a edificación y urbanismo, para dar la mayor garantía a los
cartageneros», indicaron en la Comunidad. Y no dieron fechas para
esta fórmula urgente.
La Comunidad
está examinando, estudiando y valorando la documentación
básica presentada, en forma de borrador, por el Ayuntamiento, a
través de la Concejalía de Urbanismoz. El siguiente paso
será la Norma Transitoria, con todas las garantías de legalidad
exigibles y con vocación de resolver los problemas de Cartagena.
Este trabajo
conjunto se lleva a cabo a través de una Comisión Técnica
de Trabajo, creada para colaborar y resolver con la mayor celeridad las
cuestiones que se plantean en la tramitación del Plan General, y
paralelamente trabajar para impulsar el resultado de una norma transitoria».
Ésta, subrayaron en la consejería que dirige Pedro Rivera,
está pensada para «dar solución inmediata a las viviendas
y actividades económicas de la ciudad de Cartagena que permita continuar
con su crecimiento socioeconómico.
EJECTOS
DE LA NULIDAD DEL PLAN URBANÍSTICO DE CARTAGENA
Las viviendas
y negocios ya tramitados, en fase de desarrollo o a punto de comenzar en
suelo urbano consolidado se ´salvan´ de la aplicación
de la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de
Murcia, que anula el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de
Cartagena de 2012.
La Comunidad
Autónoma y el Ayuntamiento de Cartagena coincidieron, al señalar
que el artículo 145.5 de la Ley regional del Suelo, permite el desarrollo
del planeamiento ya iniciado. En este sentido, la secretaria general de
la Consejería de Fomento, Yolanda Muñoz, señaló
que se trataría de emplear una medida recogida en la Ley del Suelo,
aprobada en 2015, y que consiste en «elaborar un documento que recoja
las necesidades inmediatas de los vecinos de Cartagena con el fin de darles
amparo legal y continuar con el crecimiento económico y el bienestar
social de la ciudad».
Muñoz,
quien, participó junto al alcalde José López, y técnicos
de la Comunidad y del Ayuntamiento, en la reunión de la comisión
de seguimiento del PGOU, señaló que el Gobierno regional
«respeta las decisiones judiciales en relación al Plan General»
y añadió que la Comunidad «mantiene una colaboración
absoluta con el Ayuntamiento, prestándole asesoramiento para que
dé solución a las cuestiones más urgentes».
Equipos
técnicos especializados de ambas administraciones «van a identificar
cuáles son las cuestiones más urgentes que hay que atender,
a propuesta del Ayuntamiento», precisó Muñoz. «Serán
tramitaciones muy justificadas para dar solución a propietarios
del suelo y de viviendas», añadió. La Comunidad marcará
una serie de normas transitorias, que estarán en vigor hasta que
no se apruebe un nuevo plan, para cuya elaboración el Gobierno regional
también dará un plazo al Ayuntamiento. Estas normas serán
relativas a suelo urbano, escombreras, protección de edificios fuera
del casco urbano y de arbolado.
Con esta
información se elaborará un documento «transitorio»
que analice la situación actual de los núcleos urbanos y
unifique la aplicación de las normas relacionadas con edificaciones
y actividades comerciales, los criterios de accesibilidad actuales y otras
condiciones técnicas, para dar las mayores garantías a los
propietarios de suelo o de viviendas y a aquellos que quieran abrir un
negocio, al margen de su tamaño. Tras este paso, se emitirán
los correspondientes informes técnicos, jurídicos y económicos
que serán estudiados por el Consejo de Gobierno. Este documento
estará en vigor hasta que no se apruebe el nuevo plan urbano y mientras
se trabajará en la aprobación inicial del mismo.
López
señaló su voluntad de seguir trabajando en el PGOU agotando
de forma simultánea las tres vías de las que actualmente
se dispone, como son el recurso judicial, el artículo 145.4 de la
Ley del Suelo de la Región de Murcia y empezar con la elaboración
de un nuevo plan. A su vez, Muñoz matizó que «ahora
hay que trabajar en el nuevo PGOU que consiste en recoger prácticamente
el mismo espíritu del anterior, ya que el motivo de su invalidación
se debe a «una nulidad formal», argumentó. De hecho,
la asesoría jurídica y los servicios de Urbanismo municipales
ya preparan el recurso de reposición ante el TSJ.
López
insistió en que «hay que empezar ya con una revisión,
con la tramitación de un nuevo plan, ya que todo lo que hay fuera
del casco histórico que estaba protegido, ahora no lo está».
En el valle de Escombreras «no se puede desarrollar nada. Hay empresas
que quieren instalarse y cuando depende la creación de empleo y
la generación de riqueza en la Comunidad de ese polo energético,
quedarnos ocho o diez años sin que nadie pueda acercarse es algo
que no cabe en la cabeza», dijo.