REQUISITOS
FINANCIEROS SOCIMI.
• Capital mínimo
de 5M€.
• No hay límite
superior de LTV (Loan to Value) para la SOCIMI.
• Reparto
de beneficios: deberán repartirse como dividendos el 100% de dividendos
de participadas, el 50% de las plusvalías de venta de inmuebles
o participaciones en otras SOCIMIs y el 80% de los beneficios obtenidos
por el alquiler de inmuebles.
Beneficios
Fiscales SOCIMI.
• Exención
ITP y AJD en constitución, aportaciones y transmisiones.
• Exención
plusvalía municipal.
• Impuesto
de Sociedades del 0%, siempre que los accionistas tributen en su “casa”
a un gravamen superior al 10% .
• Impuesto
de Sociedades del 19%, cuando los accionistas tributen en su “casa” a un
gravamen inferior al 10% y tengan >5% del capital social de la SOCIMI.
• IRPF o IS
accionistas del 21-27%
• Retención
del 0% para dividendos a no residentes en rentas cuyo origen estén
gravadas al 0% en la SOCIMI.
-
IS del 18% tanto para beneficios de explotación como plusvalías.
- Si
>50% del activo son pisos con inquilinos se obtendrá una deducción
sobre la base imponible(BI) del 20% de las rentas generadas por las mismas.
- Deducción
por reinversión de plusvalías del 6% de las mismas sobre
la cuota integra.
- Tributación
dividendos: persona física: 0%, persona jurídica +/- 14%
-Exención
AJD en operaciones de constitución, ampliación de capital
y aportaciones no dinerarias.
- Bonificación
95% ITP y AJD para adquisición de viviendas o terrenos para viviendas.
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Exención impuestos plusvalía y plusvalía municipal.
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