En su sentencia,
el TSJB estima parcialmente el recurso de la patronal de las grandes cadenas
comerciales, la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución
(Anged), que desde un primer momento advirtió, amparándose
en la normativa europea, de la ilegalidad en que incurría el Consell.Los
jueces han dado la razón en parte a las grandes cadenas al considerar
que la norma insular excede el marco legal por «razones imperiosas
de interés general» que prevé la directiva Bolkenstein.
El TSJB considera
además excesivo el plazo de aplicación establecido y que
esta moratoria vulnera la legislación en materia de unidad de mercado
y de defensa de la competencia. De hecho, califica la moratoria de verdadera
«prohibición», en lugar de una mera suspensión.
Las restricciones a la actividad económica, recuerda, sólo
caben de forma excepcional y deben respetar los principios de necesidad
y proporcionalidad.
En este caso,
la moratoria del Consell no motiva las razones de esa limitación,
por eso ha sido declarada nula de pleno derecho y contraria a la legalidad.
En un comunicado, Anged celebró esta sentencia, que viene a confirmar
la «urgencia» de impulsar un marco normativo «moderno
y estable, que no genere desequilibrios entre formatos y canales, que ayude
al crecimiento del sector y, sobre todo, que responsa a los grandes desafíos
que la transformación digital y los nuevos consumidores plantean
a nuestro sector».
El Consell,
por su parte, justifica la moratoria por su intención de preparar
el nuevo plan sectorial «con tranquilidad» y para contar con
«una foto fija de cómo se encontraba territorialmente el comercio
en la isla».
|