ANTECEDENTES
18 de marzo
de 2015
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REFORMA
DE LA LEY DEL SUELO DE NAVARRA
Convertir
conocimiento en valor añadido: Guía práctica inmoley.com
del urbanismo de Navarra. Ley Foral 5/2015, de 5 de marzo, de medidas para
favorecer el urbanismo sostenible, la renovación urbana y la actividad
urbanística en Navarra, que modifica la Ley Foral 35/2002, de 20
de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo El
Boletín Oficial de Navarra (BON) ha publicado la ley foral de medidas
para favorecer el urbanismo sostenible, la renovación urbana y la
actividad urbanística en Navarra. La nueva ley, que entrará
en vigor en tres meses, según indica el texto del BON, modifica
la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio
y Urbanismo.
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La nueva
norma aumenta la “flexibilidad del planeamiento”, de modo que manteniendo
las clases de suelo ya existentes, se procede a su redefinición,
eliminando las categorías en suelo urbano y distinguiendo entre
suelo urbanizado y suelo urbanizable. En cualquier caso, la ley pretende
hacer compatible este nuevo modelo con la preservación de los importantes
desarrollos urbanísticos “ya planificados o en procesos de ejecución,
de cara a contribuir, en la medida de lo posible, a la reactivación
económica en un sector tan necesitado como la industria de la construcción”.
Además, pretende avanzar en “transparencia, participación
social y simplificación y racionalización de los procesos
administrativos del planeamiento urbanístico”, según destacaron
sus defensores en la sesión plenaria de finales de febrero.
Asimismo
plantea medidas de simplificación y racionalización de los
procesos administrativos de tramitación y aprobación tanto
de los instrumentos de ordenación del territorio, como de los instrumentos
de planeamiento urbanístico y asimismo en los actos de edificación
y uso del suelo.
LEY FORAL
5/2015, DE 5 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER EL URBANISMO SOSTENIBLE,
LA RENOVACIÓN URBANA Y LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA EN NAVARRA,
QUE MODIFICA LA LEY FORAL 35/2002, DE 20 DE DICIEMBRE, DE ORDENACIÓN
DEL TERRITORIO Y URBANISMO.
Esta Ley
Foral pretende favorecer el cumplimiento de varios objetivos. Por un lado
la necesidad de adecuar la legislación urbanística de Navarra
a las vigentes leyes básicas estatales del suelo de 2008 -Real Decreto
Legislativo 2/2008, de 20 de junio Vínculo a legislación,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo- y de rehabilitación,
regeneración y renovación urbanas de 2013 -Ley 8/2013, de
26 de junio Vínculo a legislación, de rehabilitación,
regeneración y renovación urbanas-, pero no tanto por ser
ello una obligación legal, sino por lo que supone de cambio de paradigma
para el urbanismo y la ocupación del territorio, tras los pasados
años de ocupación expansiva y especulativa del territorio
que, en parte, condujeron a la “burbuja inmobiliaria” que hemos sufrido.
Así,
el nuevo modelo de urbanismo sostenible y ciudad compacta al que se aspira
requiere de una ocupación más racional del territorio, favoreciendo
las operaciones urbanísticas de renovación o regeneración
urbana frente a las de ensanche. Para ello, esta Ley Foral apuesta por
introducir instrumentos y medidas que favorezcan esas actuaciones en suelo
urbanizado frente a la casi exclusiva alternativa anterior de la expansión
de la ciudad en base a nuevas y caras infraestructuras y segmentación
de usos que definían un modelo difuso y consumidor de recursos.
Estas medidas se asientan en una novedosa regulación de las actuaciones
de renovación urbana en suelo urbano y en una clara apuesta por
la flexibilidad y autonomía municipal del planeamiento en esta clase
de suelo. Se ponen a disposición de este objetivo los patrimonios
públicos de suelo. Esta apuesta por la rehabilitación y la
renovación y regeneración urbanas y el establecimiento de
medidas para su consecución, pretende optimizar el suelo urbano
ya construido como forma más sostenible económica, ambiental
y socialmente de ocupación del territorio, ofreciendo asimismo una
alternativa viable de reactivación del sector inmobiliario a corto
plazo.
Este nuevo
cambio de modelo en la producción de la ciudad debe ser compatible
con la existencia de importantes desarrollos urbanísticos planificados,
y en algunos casos en proceso de ejecución, a los que se deba dar
respuesta facilitando su gestión y urbanización para contribuir,
en la mayor medida posible, a la superación de la crisis económica
actual, pues el principal esfuerzo de todas las modificaciones que se incluyen
va dirigido a contribuir, en la medida de lo posible, a la reactivación
económica de Navarra y a la generación de empleo, en sectores
tan necesitados de ello como es la industria de la construcción.
Otro aspecto
esencial del nuevo modelo son la transparencia y la participación
social. Decisiones tan trascendentales para la colectividad y la ciudadanía
deben contar con una participación más allá de los
periodos de información pública y alegaciones; una participación
efectiva y real en su elaboración a través de un proceso
transparente, ágil y conocido.
Junto a
ello, se plantean medidas de simplificación y racionalización
de los procesos administrativos de tramitación y aprobación
tanto de los instrumentos de ordenación del territorio, como de
los instrumentos de planeamiento urbanístico y asimismo en los actos
de edificación y uso del suelo, todo ello sin merma de los necesarios
documentos que deben acompañar su presentación y documentación
con la finalidad de lograr el mejor diseño y ejecución de
sus planteamientos.
Se fomenta
la presencia y protagonismo municipal en las actuaciones de transformación
y modificación del suelo urbano, ampliando sus facultades de intervención
sobre el suelo no urbanizable.
Por último,
como otro elemento esencial de la reforma legal, debe destacarse la incorporación
en la planificación de las determinaciones sobre desarrollo sostenible
en materia de eficacia y eficiencia energética, crecimiento compacto,
movilidad, accesibilidad y preservación del paisaje entre otros.
ANTECEDENTES
27 de febrero de 2015
REFORMA
DE LA LEY DEL SUELO DE NAVARRA
Guía
práctica inmoley.com del urbanismo de Navarra El Parlamento navarro
ha aprobado la Ley Foral para favorecer el urbanismo sostenible, la renovación
urbana y la actividad urbanística en Navarra. Es una ley que modifica
la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo. La Ley impulsada
por PSN busca adecuar la legislación urbanística de Navarra
a las leyes básicas estatales de suelo y de rehabilitación,
regeneración y renovación para, más allá de
la obligación legal.
También
pretende "impulsar un nuevo modelo que, frente a las políticas expansivas
y especulativas que condujeron en parte a la burbuja inmobiliaria, dé
prioridad a las actuaciones de renovación o regeneración
en terreno urbanizado".
A tal fin
y como principal novedad, se apuesta por la "flexibilidad del planeamiento",
de modo que manteniendo las clases de suelo ya existentes, se procede a
su redefinición, eliminando las categorías en suelo urbano
y distinguiendo claramente entre suelo urbanizado y suelo urbanizable.
En cualquier
caso, la Ley pretende hacer compatible este nuevo modelo con la preservación
de los importantes desarrollos urbanísticos "ya planificados o en
procesos de ejecución, de cara a contribuir, en la medida de lo
posible, a la reactivación económica en un sector tan necesitado
como la industria de la construcción".
Otro elemento
"esencial" de la reforma legal es la "preocupación por la eficacia
y eficiencia energética, también en las edificaciones existentes".
Además,
se pretende avanzar en "transparencia, participación social y simplificación
y racionalización de los procesos administrativos del planeamiento
urbanístico", al entender que se trata de "decisiones trascendentales
para la colectividad y la ciudadanía".
ANTECEDENTES
SEPTIEMBRE 2014
El pleno
del Parlamento de Navarra ha admitido a trámite con el apoyo de
todos los grupos salvo la abstención de I-E una proposición
de ley presentada por el PSN para un "urbanismo sostenible".
La iniciativa,
planeada por la Mesa para la reactivación económica, pretende
modificar la ley foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo
en un total de 64 artículos para favorecer la renovación
urbana y la actividad urbanística desde la sostenibilidad.
"En la tramitación
se podrán introducir modificaciones en el texto, pero los socialistas
no somos meros transmisores sino que estamos sustancialmente de acuerdo
con él", ha dicho Juan José Lizarbe, quien ha afirmado que
"la filosofía no es la tradicional" además "básicamente
coincide con el programa electoral del PSN".
Koldo Amezketa,
de Bildu, ha apoyado la iniciativa pero ha advertido de que "Guenduláin
es incompatible y, llegado el momento, UPN y PSN tendrán que posicionarse
y decir dónde están, si con esta ley o en contra de esta
ley" porque "ciudades más sostenibles y mejor aprovechamiento de
recursos" no encaja, a su juicio, con el proyecto de Guenduláin.
Desde Aralar
Txentxo Jiménez ha apoyado también una adecuación
de la normativa, pero ha indicado que la proposición "es la visión
de promotores y constructores" y ha mostrado su sorpresa por que el Gobierno
no haya tomado la iniciativa para una norma "más equilibrada" a
la vista de su "informe favorable" a ésta.
El PP ha
respaldado igualmente la tramitación del texto "para a partir de
él trabajar", mientras que I-E ha mostrado sus dudas y se ha abstenido.