El ayuntamiento
recordó que a lo largo de la tramitación del expediente administrativo,
desde 2006, la Cotmac y el ayuntamiento entendieron "cumplido" el trámite
de evaluación ambiental del documento con el contenido ambiental
exigible a los Informes de Sostenibilidad, según las tesis avaladas
por los servicios jurídicos y técnicos tanto de la Cotmac
como de Pleno municipal.
Por ello, el
ayuntamiento avanzó que recurrirá el fallo en casación
ante el Tribunal Supremo (TS). Para ello dispone de 30 días.
Y en esta línea,
incidió en que tanto el Plan General de Ordenación como el
conjunto de planes especiales asociados "mantendrán plena vigencia",
sin generar la menor afección a la economía y a la sociedad
de la capital.
"La prudencia
aconseja aguardar a la resolución judicial definitiva por parte
del TS, ya que existen distintos precedentes análogos que afectan
a otros municipios, y, además, con anterioridad el ayuntamiento
ha ganado todos los recursos presentados contra la ordenación del
planeamiento municipal de la ciudad", subrayó.
Por el contrario,
el hasta hace pocas semanas concejal de Urbanismo Carlos Garcinuño
consideró un "disparate" la decisión de recurrir la sentencia,
porque eso significará que habrá que esperar unos dos años
por la resolución. El exedil indicó que en la Gerencia tenían
"tan asumido" que el documento urbanístico sería anulado,
como el de El Rosario por el mismo motivo, "que ya habíamos tomado
medidas".
En concreto,
sacar a concurso el pliego para adjudicar la redacción del plan
corrigiendo los errores que se han detectado y añadiendo la evaluación
ambiental.
El Ayuntamiento
de Santa Cruz de Tenerife recurrirá en casación ante el Tribunal
Supremo el fallo, de fecha 21 de julio, notificado hoy por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias
(TSJC) contra el acuerdo de 30 de julio de 2013 la Comisión de Ordenación
del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (COTMAC) y que ha conducido
a la anulación del Plan General de Ordenación de Santa Cruz
de Tenerife.
A lo largo
de la tramitación del expediente administrativo desde el año
2006 , la COTMAC y el Ayuntamiento entendieron cumplido el trámite
de evaluación ambiental del documento con el contenido ambiental
exigible a los Informes de Sostenibilidad, según las tesis avaladas
por los servicios jurídicos y técnicos tanto de la COTMAC
como del Pleno Municipal.
En ese sentido,
la ponencia técnica de la COTMAC emitió un dictamen de fecha
3 de junio de 2011, aprobado por unanimidad, en el que declara, sin el
menor género de dudas, “la inviabilidad del sometimiento del Plan
General de Ordenación de Santa Cruz de Tenerife al procedimiento
de evaluación ambiental en la forma autorizada por la Disposición
Transitoria Primera de la Ley 9/2006, de 28 de abril”.
El Ayuntamiento
comunica que dispone del plazo de 30 días para formalizar el recurso
de casación del que deberá entender posteriormente el Tribunal
Supremo.
Mientras tanto,
el Plan General de Ordenación, así como el conjunto de planes
especiales asociados, mantendrá plena vigencia, sin generar la menor
afección a la economía y a la sociedad de la capital.
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