HUERMUR
La Asociación
para la Conservación de la Huerta y el Patrimonio de Murcia (HUERMUR)
ha conseguido otra victoria en el Tribunal Superior de Justicia de Murcia
en relación al Plan General de Ordenación Urbana. En concreto,
se trata de la modificación puntual número 87 cuyo objetivo
era la ampliación de naves industriales en plena huerta de la pedanía
murciana de El Raal.
Huermur han
asegurado que esta conversión "suponía la destrucción
de suelos fértiles y un atentado al paisaje de la huerta de Murcia",
al permitir la construcción de más de 9.000 metros cuadrados
naves frigoríficas de considerable altura en plana huerta.
El presidente
de Huermur, Sergio Pacheco, ha afirmado que “en las últimas décadas
estamos asistiendo a la proliferación de numerosas naves industriales
que se instalan de forma ilegal en suelos de huerta, para más tarde
ser legalizadas de forma irregular y por la vía de los hechos. Posteriormente
buscan su ampliación y conversión en auténticas zonas
industriales con modificaciones urbanísticas como la que se acaba
de tumbar. Un perverso circulo vicioso, que está convirtiendo la
huerta de Murcia, en uno de los mayores polígonos industriales de
naves ilegales del levante español”.
Asimismo, la
asociación ha explicado que "con aprobaciones como ésta a
lo que se está contribuyendo es a que los polígonos industriales
establecidos de forma legal, se queden vacíos y proliferen de forma
irregular las naves industriales por toda la huerta de Murcia, con el consecuente
caos urbanístico y falta de ordenación del territorio que
ello supone, colocando de esta forma naves industriales junto a zonas de
alto valor paisajístico, residenciales, etc".
La sentencia
del Tribunal Superior de Justicia de Murcia señala que “el suelo
que nos ocupa está en el Sector ZI (Económico- Dotacional
en sectores mixtos), de la pedanía de El Raal, razón por
lo que aquel estudio hidrológico-hidráulico se imponía
como necesario, tal y como informó la Confederación Hidrográfica
en la tramitación del Plan General y este no consta que se hubiera
llevado a cabo y que, sobre el mismo emitiera informe la Confederación.
De este modo, la ausencia de este informe por parte de la Confederación
sobre la disponibilidad de recursos hídricos y sobre el estudio
hidrológico-hidráulico y configurándose aquel como
preceptivo y, entendiéndose que, a falta de este su sentido es negativo,
va a determinar que su ausencia deba interpretarse en sentido negativo
y, por lo tanto, provocar la nulidad de esta Modificación Puntual.”
Así,
Huermur ha logrado que "se pongan de manifiesto una irregularidad de la
que hasta ahora no se ha hablado, pero que para esta asociación
siempre ha sido una circunstancia muy grave como es el carácter
de zona inundable de la huerta de Murcia, y la existencia de informes en
el Plan General que así lo determinan. Una circunstancia que el
Ayuntamiento ha pasado pasó por alto en la aprobación del
planeamiento urbanístico, entendiendo que se podría considerar
una grave negligencia de la administración no tener en cuenta la
necesidad de estos estudios e informes hidrológicos-hidráulicos,
pues la función de estos es evitar desastres en los que se pueden
llegar a perder vidas humanas".
Por último,
la asociación conservacionista también hacriticado "el cinismo
del grupo municipal del PP y del PSOE", que con sus votos a favor avalaron
esta actuación urbanística en la huerta de Murcia, y que
"ahora los tribunales han declarado ilegal por carecer de recursos hídricos
y de numerosos informes necesarios para su correcta tramitación".
Por todo ello, Huermur ha exigido la dimisión inmediata de todos
aquellos concejales que votaron a favor de desestimar el recurso de la
asociación y avalar así todo el rosario de ilegalidades que
arrastraba esta modificación del PGOU declarada ilegal.
EL AYUNTAMIENTO
DE MURCIA
El Ayuntamiento
de Murcia recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal
Superior de Justicia de Murcia (TSJ) que anula una modificación
del plan de urbanismo para permitir la construcción de naves industriales
en una zona de huerta de la pedanía de El Raal.
Así
lo ha indicado en un comunicado el concejal de Urbanismo, Medio Ambiente
y Huerta, Antonio Navarro, en relación con la sentencia que declara
irregular la modificación puntual número 87 del PGOU por
carecer de los pertinentes informes hídricos, en respuesta a una
denuncia presentada en 2014 por la asociación Huermur.
Sobre esa sentencia,
Navarro ha detallado que la modificación del PGOU sobre la que versa
la sentencia "no afecta al uso del suelo, que ya era industrial y donde
ya existían empresas asentadas", por lo que no se ha producido "ninguna
reclasificación de suelo no urbanizable".
La modificación,
ha puntualizado, "trataba de integrar una pequeña porción
de suelo dentro del suelo urbano", pero en ningún caso se incrementaba
el volumen de edificabilidad permitida.
Asimismo, el
edil ha asegurado que el fallo del TSJ reconoce que la modificación
"no ha afectado a elementos que conforman la estructura general y orgánica
del territorio, ni cambia el uso global del suelo, ni su intensidad, y,
por este motivo, es de naturaleza no estructural".
Además,
Navarro ha subrayado que la sentencia "quita la razón a Huermur
en 9 de 10 argumentos sobre los que planteó su recurso".
Por último,
respecto a la ausencia de informes hidrográficos de la Confederación
Hidrográfica del Segura, Navarro ha subrayado que "los servicios
técnicos municipales entienden que no era necesario solicitarlos
puesto que al no alterarse la edificabilidad ni el uso del suelo, tampoco
habrá nuevas demandas hídricas respecto a las contempladas
cuando se aprobó el PGOU con los informes preceptivos".
Por esos motivos,
Navarro ha anunciado que los servicios jurídicos municipales recurrirán
ante el Tribunal Supremo "esta discrepancia de criterios".
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