En Fomento
hicieron hincapié en que pleitear ante el Supremo está justificado
por «la importancia» del Plan General como «instrumento
clave para planificar el desarrollo y el crecimiento de la ciudad».
Y afirmaron que el recurso «se basa en doctrina y sentencias emitidas
por el Supremo en casos similares de planeamiento urbanístico anulado
por defecto de forma». Citaron «Gijón, Madrid y municipios
de Cataluña», a los que el Supremo permitió reactivar
con rapidez sus planes, anulados antes por defectos en el trámite
de información pública.
Respecto a
la normativa provisional, la Comunidad quiere aplicar el artículo
145.5 de la ley regional del Suelo, para autorizar proyectos en suelos
urbanos consolidados y otros con los trámites muy avanzados. El
Ayuntamiento, con la colaboración técnica de la Consejería,
está trabajando en un borrador de documento que dé respuesta
transitoria a la situación actual de los núcleos urbanos
y que unifique la aplicación de las diferentes normativas relativas
a edificación y urbanismo, para dar la mayor garantía a los
cartageneros», indicaron en la Comunidad. Y no dieron fechas para
esta fórmula urgente.
La Comunidad
está examinando, estudiando y valorando la documentación
básica presentada, en forma de borrador, por el Ayuntamiento, a
través de la Concejalía de Urbanismoz. El siguiente paso
será la Norma Transitoria, con todas las garantías de legalidad
exigibles y con vocación de resolver los problemas de Cartagena.
Este trabajo
conjunto se lleva a cabo a través de una Comisión Técnica
de Trabajo, creada para colaborar y resolver con la mayor celeridad las
cuestiones que se plantean en la tramitación del Plan General, y
paralelamente trabajar para impulsar el resultado de una norma transitoria».
Ésta, subrayaron en la consejería que dirige Pedro Rivera,
está pensada para «dar solución inmediata a las viviendas
y actividades económicas de la ciudad de Cartagena que permita continuar
con su crecimiento socioeconómico.
EJECTOS DE
LA NULIDAD DEL PLAN URBANÍSTICO DE CARTAGENA
Las viviendas
y negocios ya tramitados, en fase de desarrollo o a punto de comenzar en
suelo urbano consolidado se ´salvan´ de la aplicación
de la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de
Murcia, que anula el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de
Cartagena de 2012.
La Comunidad
Autónoma y el Ayuntamiento de Cartagena coincidieron, al señalar
que el artículo 145.5 de la Ley regional del Suelo, permite el desarrollo
del planeamiento ya iniciado. En este sentido, la secretaria general de
la Consejería de Fomento, Yolanda Muñoz, señaló
que se trataría de emplear una medida recogida en la Ley del Suelo,
aprobada en 2015, y que consiste en «elaborar un documento que recoja
las necesidades inmediatas de los vecinos de Cartagena con el fin de darles
amparo legal y continuar con el crecimiento económico y el bienestar
social de la ciudad».
Muñoz,
quien, participó junto al alcalde José López, y técnicos
de la Comunidad y del Ayuntamiento, en la reunión de la comisión
de seguimiento del PGOU, señaló que el Gobierno regional
«respeta las decisiones judiciales en relación al Plan General»
y añadió que la Comunidad «mantiene una colaboración
absoluta con el Ayuntamiento, prestándole asesoramiento para que
dé solución a las cuestiones más urgentes».
Equipos técnicos
especializados de ambas administraciones «van a identificar cuáles
son las cuestiones más urgentes que hay que atender, a propuesta
del Ayuntamiento», precisó Muñoz. «Serán
tramitaciones muy justificadas para dar solución a propietarios
del suelo y de viviendas», añadió. La Comunidad marcará
una serie de normas transitorias, que estarán en vigor hasta que
no se apruebe un nuevo plan, para cuya elaboración el Gobierno regional
también dará un plazo al Consistorio. Estas normas serán
relativas a suelo urbano, escombreras, protección de edificios fuera
del casco urbano y de arbolado.
Con esta información
se elaborará un documento «transitorio» que analice
la situación actual de los núcleos urbanos y unifique la
aplicación de las normas relacionadas con edificaciones y actividades
comerciales, los criterios de accesibilidad actuales y otras condiciones
técnicas, para dar las mayores garantías a los propietarios
de suelo o de viviendas y a aquellos que quieran abrir un negocio, al margen
de su tamaño. Tras este paso, se emitirán los correspondientes
informes técnicos, jurídicos y económicos que serán
estudiados por el Consejo de Gobierno. Este documento estará en
vigor hasta que no se apruebe el nuevo plan urbano y mientras se trabajará
en la aprobación inicial del mismo.
López
señaló su voluntad de seguir trabajando en el PGOU agotando
de forma simultánea las tres vías de las que actualmente
se dispone, como son el recurso judicial, el artículo 145.4 de la
Ley del Suelo de la Región de Murcia y empezar con la elaboración
de un nuevo plan. A su vez, Muñoz matizó que «ahora
hay que trabajar en el nuevo PGOU que consiste en recoger prácticamente
el mismo espíritu del anterior, ya que el motivo de su invalidación
se debe a «una nulidad formal», argumentó. De hecho,
la asesoría jurídica y los servicios de Urbanismo municipales
ya preparan el recurso de reposición ante el TSJ.
López
insistió en que «hay que empezar ya con una revisión,
con la tramitación de un nuevo plan, ya que todo lo que hay fuera
del casco histórico que estaba protegido, ahora no lo está».
En el valle de Escombreras «no se puede desarrollar nada. Hay empresas
que quieren instalarse y cuando depende la creación de empleo y
la generación de riqueza en la Comunidad de ese polo energético,
quedarnos ocho o diez años sin que nadie pueda acercarse es algo
que no cabe en la cabeza», dijo.
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