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Los alumnos
deberán remitir a su tutor un análisis sobre la importancia
de la transparencia municipal en materia urbanística.
Los ayuntamientos
madrileños no están cumpliendo con a las exigencias de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información
Pública y Buen Gobierno, a la que se hace mención en el proyecto
de la nueva ley del suelo de Madrid. A día de hoy la Comunidad Autónoma
no ha impuesto esta obligación a pesar de las quejas y denuncias.
Lamentablemente el proyecto de nueva ley del suelo no trata en detalle
esta cuestión exigiendo la transparencia urbanística a los
ayuntamientos de Madrid. La situación actual permite el silencio
por respuesta a las solicitudes de información y no hay control
sobre los portales de transparencia en materia urbanística. El Título
I de la nueva ley del suelo de Madrid, dedicado a la «Información
urbanística y participación ciudadana», establece las
reglas relativas a la información urbanística y al derecho
a la participación ciudadana en la actividad urbanística
de la Comunidad de Madrid. Se trata de un título nuevo que responde
a los principios de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, y que cumple
con la nueva normativa estatal relativa a los procedimientos administrativos.
Sin embargo, al regular los derechos de los ciudadanos se limita a reconocer
el derecho a obtener de la Administración Pública competente,
copia de los documentos de que consten los instrumentos de planeamiento
territorial o urbanístico, de gestión urbanística,
o cualquier otra actuación urbanística en los términos
y condiciones dispuestos por la legislación sobre transparencia
administrativa. ¿Y si el ayuntamiento no da la información
o no la publica? Hay que regular las consecuencias y las obligaciones de
disciplina de la Comunidad Autónoma.
Desde que
se aprobó la Ley de transparencia en 2013 ya han pasado los dos
años para que los portales municipales se adapten y no ha sido así.
En la mayoría de los casos datos publicados no son suficientes en
las secciones de Sociedad y Ciudadanos; Economía y Presupuestos,
Ingresos y Convenios; o directamente no hay nada publicado en la sección
de Urbanismo y Medio Ambiente.
La respuesta
autonómica es la inacción y es esa actitud la que tiene que
prever la nueva ley del suelo de Madrid dejando claro que los ayuntamientos
deben cumplir y la Comunidad Autónoma tiene que vigilar que se cumple.
Si se repasa la nueva ley valenciana se verá que la Comunidad tiene
también obligaciones en el control urbanístico de los ayuntamientos.
La Comunidad
de Madrid no puede conformarse con una referencia genérica a la
ley de transparencia, sino involucrarse y vigilar el cumplimiento de la
ley de transparencia, que no olvidemos que una ley preventiva del fraude
urbanístico.